SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.44A model in crisis: The case of Grupo Nación in Costa RicaCosta Rica, the Mosquito Kingdom, and the “mulato Interpretor” Francisco Corella (1711-1724) author indexsubject indexarticles search
Home Pagealphabetic serial listing  

Services on Demand

Journal

Article

Indicators

Related links

  • Have no similar articlesSimilars in SciELO

Share


Anuario de Estudios Centroamericanos

On-line version ISSN 2215-4175Print version ISSN 0377-7316

Anuario de Estudios Centroamericanos vol.44  San José Jan./Dec. 2018

http://dx.doi.org/10.15517/aeca.v44i0.34989 

Artículo

Desfile inesperado al progreso centroamericano: Contraste identitario del transitar afrodescendiente a la vuelta del siglo XX

Unexpected march to Central American progress: Identity constrast of the afrodescendants transit at the turn of the 20th century

Diana Senior Angulo1 

1Costarricense, con un Doctorado en Historia Contemporánea, por la Université Sorbonne Nouvelle-Paris 3 en el año 2015. Actualmente labora como docente para la Escuela de Estudios Generales, así como para la Sede del Atlántico de la Universidad de Costa Rica. Es autora del libro Ciudadanía afrocostarricense: El gran escenario comprendido entre 1927 y 1963. Participa activamente con la sociedad civil afrodescendiente a nivel nacional e internacional, además de dedicarse a temas relativos a derechos humanos en general. Contacto: diana.senior@ucr.ac.cr

Resumen

El presente artículo refiere a un análisis historiográfico y comparativo de las poblaciones afrodescendientes de la región, en términos censales, legales e identitario-nacionales. Posterior a la abolición de la esclavitud, la ficción de la raza negra, así como su connotación desfavorable no desaparece; antes bien se hace evidente con la incursión inesperada de la migración afrocaribeña en toda la región, a partir de la segunda mitad del siglo XIX. Aunque los migrantes deseados eran los blancos o europeos, las élites liberales y políticas de la región asumen el mestizaje de manera diferenciada, como núcleo integrador de sus identidades; además de servirse de leyes de inmigración para estimular dichos propósitos, mientras se iban modificando paulatinamente los marcos constitucionales para responder a los nuevos perfiles de nacionalidad en: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.

Palabras clave Centroamérica; afrodescendiente; identidad nacional; inmigrantes; leyes

Abstract

This article refers to a historiographic and comparative analysis of Afro-descendant populations in the region, in census, legal and national-identity terms. After the abolition of slavery, the fiction of the black race as well as its unfavorable connotation does not disappear; and rather it becomes evident with the unexpected incursion of Afro-Caribbean migration throughout the region, starting in the second half of the 19th century. Although the desired migrants were whites and/or Europeans, the liberal and political elites of the region assume the miscegenation in a differentiated manner, as the integrating nucleus of their identities; besides using immigration laws to stimulate these purposes, while the constitutional frameworks were gradually modified to respond to the new nationality profiles in: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica and Panama.

Keywords:  Central America; afrodescendants; national identity; inmigrants; laws

Introducción

Posterior a la independencia, obtenida para el conjunto de la Capitanía General de Guatemala en 1821, las otrora provincias del Reino siguieron procesos reorganizativos en términos políticos y sociales, tales como la abolición de la esclavitud; lo cual lograría el efecto simbólico de desaparición de “lo negro” y extinción imaginaria de “lo africano” dentro de las configuraciones nacionales. Sin embargo, las ambiciones de desarrollo y sostenibilidad económica, en medio de proyectos ferroviarios y del canalero en Panamá, traerían a una nueva diáspora africana asalariada; contrario a unas élites nacionales, nutridas hacia finales del siglo XIX, por los influjos europeizantes del: imperialismo, el liberalismo político, los ideales de progreso y el racismo científico.

La construcción de los Estados nacionales en Centroamérica encontraría un punto de inflexión frente a la reconfiguración de las identidades, también dada mediante el impulso de las plantaciones bananeras a la vuelta del siglo XX. De ahí que la progresión sociojurídica y económica imprimieran de una singularidad inédita a los procesos de incursión identitaria; los cuales las poblaciones afrodescendientes de Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá, hacia mediados del siglo XX, fueron estableciendo dentro de su respectivo tejido social y perfilamiento imaginario-colectivo.

De esta manera, el presente artículo parte de la construcción que se teje alrededor de lo africano, lo negro y lo afrodescendiente en términos identitarios, particularizando lo acontecido en el istmo centroamericano; para establecer los trayectos inmigrativos afrocaribeños a partir de la segunda mitad del siglo XIX, en el marco de las nuevas repúblicas centroamericanas, la ideología del progreso y factores agravantes de la condición humana tales como la consideración de las “razas”. Posteriormente, sobre todo a partir del siglo XX y hasta la década de 1940, el estudio se aboca al análisis identitario de lo jurídico-social y lo político-económico en: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá, frente a sus respectivas poblaciones afrodescendientes; tomando en cuenta leyes, censos y constituciones políticas, principalmente. Por último, el artículo se dedica a evidenciar los matices de los imaginarios nacionales y colectivos, en la manera en que terminan siendo confrontados durante dicho periodo, ante la inesperada presencia de las poblaciones afrodescendientes en la región centroamericana.

Un recorrido forzado: Triangulación identitaria de lo africano, lo negro y lo afrodescendiente al interior de la faja central del continente americano

La región que actualmente se conoce como Centroamérica hizo parte de un proyecto de expansión colonial e imperialista, liderado internacionalmente por potencias europeas. Dentro de dicho contexto territorial específico, España reinaba, como lo hacía sobre la mayor parte del territorio actualmente conocido como América Latina; luego de una devastadora conquista en términos sociales, políticos y económicos, para los habitantes del continente americano.

Es así como la Capitanía General de Guatemala o Reino de Guatemala se establece en 1540, como parte de dicha lógica expansiva, lo cual contribuyó en una jurisdicción que se extendió prácticamente desde la actual Guatemala y Belice (aunque incluía parte del actual territorio de México por Chiapas), hasta la aproximación del territorio de Costa Rica (que en aquel entonces incluía una porción del actual territorio de Panamá). Durante esa época y hasta 1821, la región fue insertada dentro de la lógica mercantilista, en el marco de una política económica dirigida a redituar la mayor cantidad de ganancias, pero para quienes se situaban al otro lado del Atlántico.

El comercio triangular, establecido por Portugal y ampliado a España, Francia, Inglaterra y Holanda principalmente, movilizaba no solo riquezas (metales preciosos y bienes de consumo), sino que pronto se especializó en extraer a millones de personas en condición de esclavitud para cumplir con sus ambiciones imperialistas; en un tráfico que terminó por convertirse en una institución que involucró a 3 continentes, en más de 4 siglos de saqueo sistemático de África, para generar riquezas en América, las cuales serían disfrutadas a partir de un intercambio desigual cuidadosamente diseñado en y desde Europa.

Para llevar a cabo tan onerosa empresa, se tuvo que recurrir a la construcción de una ficción que fue asumida como verdad irrefutable: las razas. Una “verdad” que convirtió en realidad un trágico y nefasto corolario: el racismo. Sin entrar en detalle, aunque especialistas remontan sus orígenes a la Biblia o a la tradición oral hebrea (Marín 1), posteriormente se llegaron a configurar cuatro razas claramente diferenciadas: “blanca”, “amarilla”, “roja” y “negra”. Cada una fue estrictamente definida en función de atributos y cualidades supuestamente inherentes, tanto en lo cultural como en lo biológico. En este sentido, la “raza negra” endosada a los africanos, con todo y su pormenorizada lista de características nocivas como reflejo y evidencia de su intrínseca “inferioridad”, fue lo que, con el aval de instituciones tales como la Iglesia católica (y la supuesta maldición de que eran herederos los africanos), junto a la colaboración de “notables intelectuales” (desde el inicio y a lo largo de dicho periodo, incluido el siglo XIX, con una elaboración “científica”, discursiva y filosófica extendida); en última instancia terminó por justificar y legitimar el trato prodigado a quienes fueron arrancados de África y esclavizados en América. Así, entre África y América, enormes contingentes humanos pasan de africanos a ser convertidos en “negros” y, con ello, cosificados, al ser equiparados como mercancías, por lo tanto, carentes de alma y sin la posibilidad de ser sujetos de derecho; ya que se les consideraba jurídicamente como objetos, frente a los cuales el uso de la violencia era legítimo ante los ojos de la sociedad dominante. De esta forma da inicio la comercialización a gran escala conocida como “comercio negrero” o “trata esclavista”, resultado del comercio triangular. Así, para el siglo XVII, se vio incrementado el número de la población africana en condición de esclavitud, debido a su importancia como mano de obra, primordialmente en labores agrícolas extensivas o plantaciones; con el consabido desarrollo económico a favor de las potencias imperialistas de la época, logrado a través de dicho tráfico.

Para administrar y cumplir con las disposiciones españolas, la Corona, a través de sus emisarios y luego representantes en el continente americano, implantaron el sistema de “castas”, en el cual los criollos, es decir, los descendientes de españoles nacidos en América, fueron los encargados de detentar el poder y salvaguardar los destinos de las posesiones político-económicas en el Nuevo Continente. Así, España se vio literalmente encarnada en América, a través de una jerarquía socioracial, concebida sobre una organización demográfica de “castas”, una pigmentocracia en la cual los criollos se ubicaban en la cúspide; dejando los subsiguientes escalafones a las poblaciones: mezcladas o mestizas, mulatas, indígenas, negras y zambas en el último peldaño de la estratificación socioracial. Al respecto, el historiador Ronald Soto plantea que:

En esta sociedad colonial, la legislación indiana trató de implementar medidas precisas para consolidar esa estructura estamentaria. De esta manera, los españoles, peninsulares y criollos tenían la hegemonía económica, política y social. Los indígenas eran vasallos de la Corona, por tal, debían pagar tributo y fueron organizados en estructuras, reducciones o pueblos de indios para ser controlados y explotados. Los negros, esclavos o libres, tenían poca posibilidad de movilización. Los mulatos tenían una posición social más favorable, pero con iguales restricciones. En tanto, los zambos tenían las mismas prohibiciones pero su status social era inferior. Los mestizos no podían tener cargos y oficios públicos, (y) en derecho penal eran iguales que mulatos y negros (4).

De esta forma, durante la época colonial existió una línea de color, relacionada a una supuesta minoridad, que implicaba la tutela de las poblaciones esclavizadas y su consecuente exclusión de la concepción ciudadana de aquel entonces.

Pese a dicha organización social, sin dejar de lado que el lastre provocado por la esclavitud y la consecuente explotación objetivada en las poblaciones indígenas y negras fuera parte de los desequilibrios y contradicciones sociales internas que estuvieron presentes a lo largo de todo el periodo; lo cierto es que también quienes se vieron al frente de las representaciones político-sociales en América comenzaron a cuestionarse la lealtad a un gobierno que, al otro lado del mar, parecía estar más preocupado por las ganancias económicas reportadas y recibidas desde sus colonias, que por las condiciones de vida de quienes allí se encontraban.

El intercambio desigual detonó el malestar acumulado por los criollos, quienes además no gozaban de un estatus civil equiparable a la de un similar nacido en la Península Ibérica. De ahí que la disconformidad surgida a partir de las disparidades sociales, políticas y económicas, en términos de costo-beneficio para las poblaciones ubicadas en la región, comenzaron a generar con mayor frecuencia movilizaciones y levantamientos tendientes a concretar una separación definitiva de las disposiciones monárquicas españolas. Así es como la independencia es finalmente alcanzada y proclamada en América Central en 1821, un 15 de septiembre desde la Capitanía General; mediante un Acta firmada en el Palacio Nacional de Guatemala y que poco a poco fue llegando a cada provincia integrante de la Capitanía; la última en recibirla fue Costa Rica el 29 de octubre de ese mismo año.

Paralelamente, Panamá formaba parte del Virreinato de Nueva Granada. Mediante el grito de independencia del 20 de julio, Nueva Granada comienza la lucha independentista de España en 1810. En 1811 se constituyen alrededor de las Provincias Unidas de Nueva Granada y, ocho años después, en 1819, mediante la Batalla Boyacá y el Congreso de Angostura, se sella finalmente la independencia de España. Panamá se une así a la ya constituida Gran Colombia (1819-1831). Sin embargo, aun formando parte de dicha circunscripción, Panamá proclama su independencia de España el mismo año que el resto de Centroamérica, alrededor de un par de meses después, el 28 de noviembre de 1821.1 A partir de ese momento, cada provincia de la Capitanía General de Guatemala se embarca en un ensayo republicano, interrumpido brevemente por la ambición de construir, tras la independencia, una Federación Centroamericana; calcada en principio, sobre la organización político-administrativa heredada de España.

Así pues, el 5 de enero de 1822, las autoridades centroamericanas se adhieren al Plan de Iguala mediante el Acta de Unión de las Provincias de Centro América al Imperio mexicano. Luego se instala el 24 de junio de 1823, en la ciudad de Guatemala, la Asamblea Nacional Constituyente de Centro América; y posterior a rebeliones libertarias, se proclama el 1.° de julio de 1823, la Independencia absoluta de Centroamérica, en un Congreso de la Asamblea Nacional Constituyente (Vásquez Vicente). Comenzaba así el verdadero proceso de emancipación regional, a través del Decreto de Independencia Absoluta de las Provincias del Centro de América del 19 de julio de 1823. Si bien con la instauración de este primer Congreso Constituyente se proclamaron las Provincias Unidas del Centro de América, toda la labor de la Asamblea concluyó el 22 de noviembre de 1824 con la promulgación de la Constitución de la República Federal de Centro-América y la denominación de la República como Federación de Centro América (Vásquez Vicente).2

Sin embargo, luego de la abolición de la esclavitud en la mayor parte de la región centroamericana, quienes anteriormente integraron la rigurosa estratificación socioracial impuesta desde la Colonia, y en particular, quienes de estos se veían mayormente expuestos a la connotación negativa de la etiquetación social; posterior a 1824, las élites políticas de la región se encargaron de efectuar el truco de hacerlos “desaparecer y escapar” (Gudmundson) a las categorizaciones socialmente impuestas en aras, no de su propio bienestar, sino de la homogenización sociocultural que dichos representantes políticos, desde sus propias perspectivas, habían entendido como necesarias para limar (aunque parcial y artificialmente), las discrepancias que pudiesen surgir durante los procesos de construcción de las respectivas Repúblicas en Centroamérica.

Conformación de rutas y focos inéditos de atracción inmigrativa afrocaribeña frente al establecimiento de los ordenamientos republicanos en Centroamérica

Es importante destacar que la faja central de América, debido a su posición geográfica, jugó desde muy temprano una posición estratégica y apetecida, tanto por los intereses de las potencias europeas, como de la estadounidense en ciernes. La presencia británica en el área se acrecentó tras la independencia regional, mediante la entrega en 1825 de un crédito a la Federación Centroamericana, cuyo pago se erogaron luego los cinco países (incluido El Salvador y sin contar a Panamá); así como la ocupación de zonas como la Mosquitia nicaragüense, declarada protectorado en 1843. Los Estados Unidos cuestionaron dicha hegemonía y en 1850, mediante el Tratado Clayton-Bulwer, lograron que Inglaterra supeditase sus intereses en el istmo a los suyos. Sin embargo, en 1852, los británicos tomaron la Mosquitia hondureña y, en 1859, consiguieron que Guatemala aceptase la creación de Belice. En el trasfondo de toda la disputa, siempre estuvo el proyecto de abrir un canal o ferrocarril interoceánico, que daría a quien lo realizase, el control de buena parte del comercio mundial (Santamaría).

De dicha situación se aprovecharon los intereses locales para solucionar asuntos internos, como lo fueron: el caso de Nicaragua con el tema de William Walker; resolver conflictos con sus vecinos, como lo fue la guerra hondureño-guatemalteca de 1853 (en la cual, el norteamericano E. G. Squire, quien planeaba construir el Ferrocarril Interoceánico de Honduras, entregó a ese país un préstamo en armas); u obtener reconocimiento exterior, como en 1846 cuando los Estados Unidos reconocieron a la República de Nueva Granada, formada tras disolverse la Gran Colombia y a la que se unió Panamá, a cambio del derecho de tránsito por su istmo; sin olvidar que en 1849 y 1856 Costa Rica y Honduras firmaron con Inglaterra Tratados de Amistad, Comercio y Navegación (Santamaría). Todo lo anterior no revela más que la complejidad y el nivel de relacionamiento interregional, extraregional, así como los intereses internos de cada país integrante del istmo centroamericano. Al ser fundamentalmente incorporada a la dinámica internacional como zona de paso, Centroamérica atrajo no solo la atención de los grandes intereses económicos de la época, sino que se convirtió en el escenario de la incursión de un nuevo e inesperado contingente humano: la población afrocaribeña.

El primer gran flujo migratorio de poblaciones de origen africano procedentes del Caribe se dio hacia Panamá, a propósito de la construcción del ferrocarril a mediados del siglo XIX. Dos décadas después, en el resto de la región y en el marco de las políticas liberales de la época tendientes a mejorar los vínculos internacionales, así como la comercialización del producto regional estrella de ese entonces: el café; comienzan a sucederse proyectos de construcción de ferrocarriles entre los Estados de la región y el capital extranjero, posibilitados en gran parte gracias a la mano de obra afrocaribeña. Una década más tarde siguió el ambicioso proyecto del Canal de Panamá, en su primera etapa de la mano de franceses; quienes a su vez echaron mano mayoritariamente de afrocaribeños. Con las posibilidades ofrecidas por la época y el contexto, uno de los cultivos de subsistencia que dichas poblaciones se encargaron de sembrar previo a las construcciones de las respectivas vías férreas, el banano, permitió hacer de este un producto con oportunidades económicas frente al cual, el capital extranjero, fundamentalmente norteamericano, aprovechó para colocar en los mercados internacionales; sirviéndose del sistema de transporte desarrollado en un principio para el café y extendiendo las plantaciones de la fruta con ventajas comparativas para la región en su conjunto.

Dentro de este marco, y desde el contexto de la época colonial para la región central de América, el historiador Carlos Meléndez plantea que:

El mayor poblamiento se daba en el lado del Pacífico centroamericano, pues en el lado del Caribe la población no solo era escasa, sino que vivía, en su mayor parte, al margen de la soberanía española. Se trataba de los pueblos como los zambos-mosquitos, garífunas o caribes-negros, esclavos negros llevados por los ingleses a sus asentamientos en Belice, etc. Casi todos ellos se vinculaban en sus actividades y comercio con los ingleses que libremente se desplazaban, tanto desde la isla de Jamaica como de Belice (30).

Es así como la diversidad de las poblaciones de origen africano en Centroamérica se reparte de la siguiente manera: en toda la región encontramos a los “afrocoloniales”3 (negros y mulatos; sus categorías y variaciones adscritas al sistema colonial de “castas”), incluyendo Costa Rica y Panamá; en Guatemala, Honduras y Nicaragua, los garífunas; y los zambos mosquitos (actualmente conocidos como misquitos) en Nicaragua, fundamentalmente.

Sin embargo, en el contexto del viejo y generalizado abandono de la costa Caribe de Centroamérica, aún con la existencia de la población afrocolonial y posterior a los procesos abolicionistas, los cuales también se encargaron de borrar el rastro de los negros y su parentela, en el marco de las nacientes conformaciones republicanas. La nueva dinámica económica, a través de las olas migratorias que le siguieron, reactivaron la conexión con aquella olvidada (por las autoridades gubernamentales), franja caribeña centroamericana; la cual ya contaba, en ciertos puntos específicos de su geografía, con una historia de poblamiento negro.

No obstante, tales antecedentes no impiden el hecho de que, el gran proceso migratorio suscitado a partir de la segunda mitad del siglo XIX, llegara a constituir la base mayoritaria a partir de la cual, se establecieron las poblaciones que actualmente son consideradas como los afrodescendientes de Centroamérica. Así, las poblaciones afrodescendientes de Centroamérica comenzaron a conformarse desde la particularidad dada por las sucesivas olas migratorias y gracias a la estimulación de redes que llegarían a afianzarse por medio de circuitos itinerantes, impulsados por trabajadores que arribarían procedentes de prácticamente todo el Caribe; la principal nacionalidad del contingente más numeroso es la jamaiquina. La nueva dinámica económica y política se encargó de traer a poblaciones resultantes de la esclavitud africana en el Caribe, ahora como mano de obra libre, al contexto de tierras centroamericanas donde, en términos generales, el imaginario colectivo se preciaba de la ausencia del referente africano posterior a la abolición de la esclavitud.

En Panamá, luego de planes para la construcción del ferrocarril en 1822, prosiguieron en los años treinta y se materializaron entre 1848 y 1855, tras el hallazgo de oro en California, cuando W. H. Aspinwall & Co. inauguró el Panamá Rd., paralelo al futuro canal (Santamaría). A partir de entonces, se inaugura la migración afrocaribeña propiamente dicha en suelo centroamericano. Le sigue Honduras, donde el primer proyecto ferroviario data de 1847. Entre 1850 y 1853 un norteamericano de apellido Squire elaboró otro proyecto, pero no consiguió capital para efectuarlo y finalmente el Estado asumió la obra en 1866, para luego comenzar a tender la línea (Santamaría).

Por su parte, Costa Rica arranca a inicios de la década de 1870, a propósito de las obras que conectarían la capital con la costa Caribe del país. Luego Guatemala, a finales de la misma década, pero con el propósito de conectar en un primer tramo la costa Pacífica con la capital, y en un segundo tramo hacia inicios de la década de 1890, la capital con la costa Caribe (Ellis 1942 37-38; Kepner Jr. y Soothill 1961 156).4

Finalmente, en Nicaragua, la compañía B. C. Travelyan Pym proyecta construir un Ferrocarril Interoceánico y logra la concesión del proyecto en 1864. Dos años después, en 1866 se crea en Londres la Nicaragua Railway Company para hacerse cargo de la concesión; la cual al disolverse propicia que hasta 1873 se le concesione la obra a H. M. Keith, dejando tras su muerte en 1875, paralizadas las obras. En 1876 el gobierno se responsabiliza de la obra y encarga a Mr. Norris en 1879, la construcción del Ferrocarril al Pacífico, momento en que finalmente comienzan los trabajos (Santamaría). De ahí que:

El café fue hacia finales del siglo XIX el principio ordenador de la ocupación capitalista, de la formación de clases y de la consolidación del Estado-nación en la mayoría de los países centroamericanos. Esto es cierto para Costa Rica, Guatemala, El Salvador, y en menor medida, para Nicaragua. Esto no es cierto para Honduras, donde el principio ordenador de la vida económica, de la formación de una estructura de clases moderna y de las dificultades de la consolidación del Estado-nación fue la plantación bananera controlada casi desde sus inicios por el gran capital norteamericano (Posas 111).

El aislamiento de las zonas bananeras desde el punto de vista geográfico, contribuyó de forma sustancial a hacer de la plantación un enclave sin mayores relaciones con la economía de los países huéspedes (Posas) y en toda la región centroamericana. De esta forma, la aspiración de las clases dominantes locales de disponer de líneas férreas que unieran las capitales de sus países, sobre todo con la costa “Atlántica”, abrió el camino a la inversión extranjera. En todos los Estados centroamericanos, los contratos que se suscribieron para la construcción ferroviaria, implicaron la concesión de grandes extensiones de tierra que fueron sembradas de banano, y dieron origen a plantaciones controladas por el gran capital de Estados Unidos, que trasladó para su explotación considerables cantidades de capital y tecnología (Posas). Sin olvidar que este escenario internacional, propició la incursión de personas procedentes de las islas, sobre todo de origen afrocaribeño, dentro de la dinámica geográfica, política, económica, social y cultural de las (ahora) respectivas Repúblicas centroamericanas.

Causalidad de factores y su progreso en detrimento de las poblaciones afrodescendientes de la región

Tomando la “bendición” inicial dada por la Iglesia católica, junto al decidido empuje colonizador de las monarquías europeas, la obra esclavista, así como la categorización de las poblaciones africanas y negras del mundo, no hubiera podido mantenerse vigente a través de los siglos XVIII y XIX inclusive, sin la deplorable ayuda de ciertos personajes; además de que el periodo anteriormente descrito corresponde grosso modo al del Iluminismo o Ilustración.

Así, hace su irrupción la primera teoría explícitamente racista, desarrollada por el francés Joseph Arthur de Gobineau, en su Essai sur l’inegalité des races humaines (1853-1855), el cual lo sitúa entre los padres de la teoría racialista; al considerar, entre otras cosas: la existencia de “razas superiores”, así como la degeneración biológica y racial propia del mestizaje.

El avasallante avance de las potencias mundiales se vio reforzado a través de la reapropiación tergiversada de las elaboraciones relativas a las razas. El “racismo científico”, extendido durante la segunda mitad del siglo XIX, continuó justificando la existencia de “razas”, su “consecuente” estratificación social y, por consiguiente, el “derecho” a la dominación racial de los grupos humanos considerados como “inferiores”. Independientemente de las guerras y los conflictos socioculturales que tales elaboraciones ayudaron a exacerbar, lo cierto es que tendrían resonancia con las extenuantes batallas, a las cuales se verían enfrentadas las poblaciones de ascendencia africana del mundo. De ahí que, posterior a los procesos independentistas en América Latina y a la construcción de los Estados nacionales luego de la abolición de la esclavitud, la configuración republicana en Centroamérica comenzó a dibujarse alrededor del resabio colonial de las castas, aunque la supuesta intención de las élites era dejar atrás la “pigmentocracia”; entronizada en el inconsciente colectivo de las antiguas colonias en el “Nuevo Mundo”.

Es en este momento, cuando irrumpe la ideología del “Progreso” en América Latina. Las obras de Domingo F. Sarmiento, Civilización y barbarie: Vida de Juan Facundo Quiroga (1845), así como Conflicto y armonías de razas en América (1883); legitiman la supuesta “superioridad racial” del “blanco” europeo con respecto al indígena y al negro; por lo que, se favorecía una suerte de “limpieza y mejoramiento” de la sangre americana, con el consecuente influjo de la inmigración europea (Amaya).

El también argentino Juan Bautista Alberdi, mediante su célebre frase “gobernar es poblar”, proponía:

Educar, mejorar, civilizar y engrandecer espontánea y rápidamente… (ya que) para civilizar por medio de la población es preciso hacerlo con poblaciones civilizadas; para educar a nuestra América en libertad y en la industria es preciso poblarla con poblaciones de la Europa más adelantada en libertad y en industria, como sucede en los Estados Unidos… Porque poblar, repito, es instruir, educar, moralizar, mejorar la raza (Alberdi 1852 14-18).

En otras palabras, en medio de la ideología del progreso, se instala la preferencia por las políticas del “blanqueamiento” poblacional, en la medida en que los “no-blancos” representaban un “obstáculo” ante el adelanto dado por el “blanco” (de resabio darwinista-evolucionista) y la civilización “europea”. Contrasta con estos planteamientos el de José Martí con Nuestra América, en el cual, una visión más consensual del mestizaje, es vista como la solución para borrar el conflicto “racial”. Mientras que la respuesta de José Vasconcelos y su planteamiento en La raza cósmica vendría dada al aceptar una quinta “raza”, resultante de todas aquellas participantes en la conformación poblacional de este lado del mundo. Se le une, para el caso de Brasil, Gilberto Freyre y el célebre mito de la “democracia racial” plasmado en Casa Grande & Senzala.

De este modo, las élites centroamericanas de mediados y finales del siglo XIX buscaron la consolidación nacional, vía crecimiento económico, a través de la inversión de capital extranjero. A través de las reformas liberales, se desarrolla la economía de agroexportación, generalizada en Centroamérica con el cultivo y la exportación del café; a excepción de Honduras y Nicaragua, que siguieron procesos reformistas diferentes y tardíos, lo cual se vio favorecido, por la fuerte presencia del capital inglés y estadounidense (Amaya).

Para todo lo anterior, las élites se sirvieron de la promulgación de leyes, tendientes a la atracción de cierto tipo de inmigrantes que estimularan los apetecidos ideales de progreso de aquel entonces (Pellegrino). Además, para el conjunto del istmo centroamericano, se escoge como ingrediente principal el mestizaje y así comienza a cocerse a fuego lento y de manera diferenciada, las respectivas identidades nacionales en: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.

Configuración identitaria de lo jurídico-social y político-económico en Guatemala versus las poblaciones afroguatemaltecas

Guatemala se mantuvo como un territorio mayoritariamente indígena durante toda la época colonial. Dicha conformación poblacional, junto al desarrollo nacional que las élites guatemaltecas quisieron imprimirle a la construcción del Estado nacional, requirió la puesta en marcha de un proceso identitario sui géneris, enfocado en excluir a la vez que minimizar la presencia de los pueblos indígenas; en un ejercicio donde la mayoría terminara convirtiéndose en ladina.

De ahí que la “ladinización”, a través de la reforma de instituciones locales como el cabildo, era solo parte de un proyecto mayor. Otra de las formas para lograr la “ladinización” fue a través de la inmigración extranjera. Desde los inicios, el Estado guatemalteco dirigió sus esfuerzos a ese fin atrayendo a su suelo, poblaciones a cambio de un virtual regalo de tierras y hombres. La ley de colonización de 1824 destaca claramente esa política de blanqueamiento. A todo extranjero que contrajera matrimonio en el país se le concedía un terreno de mil varas, pero si el matrimonio era con: “indígena aborigen del país, o con personas de color de las nacidas en el mismo, obtenía no solo la parte de territorio que va asignada, sino también otro tanto más” (Pinto Soria 1997 1-36).5

Para el caso guatemalteco, la migración extranjera no solo llevaría al deseado blanqueamiento, sino que también contrarrestaría el peso de la población indígena, cuyo predominio se temía hasta considerársele una potencial amenaza para la seguridad del país:

Las ventajas y aún la necesidad de solventar, lejos de repulsar la inmigración extranjera… (debido a las) difíciles y peligrosas circunstancias en que pone a Centro América una porción la más numerosa, inculta e inmoral de su actual población. Solo (la) inmigración extranjera puede librarnos de los peligros con que esta nos amenaza (Pinto Soria 11).6

Y es que, temprano en la época republicana, las élites guatemaltecas optaron por sostener una división artificial-dual de la población, entre indígenas y no indígenas, o propiamente, entre la mayoría indígena y el resto de la población etiquetada como ladina; muy a pesar de otras, como la población de origen africano, la cual se vio diluida al punto de desaparecer dentro del mestizaje.

Para lograr la efectividad de la “segregación”, sin aparentemente alterar la prescripción de los liberales del respeto a la ciudadanía universal y a la igualdad de derechos y obligaciones de todos los habitantes de Guatemala, ésta fue (y ha sido) legitimada por el poder, a través de leyes secundarias (decretos, reglamentos, códigos, etc.). De esa forma, por necesidad económica -más de mano de obra que de tributación-, los liberales mantuvieron de forma solapada la política “segregacionista” aplicada por el Estado conservador y la terminaron de legitimar con políticas educativas y de servicio público (Taracena 20).

De esta manera, en el último cuarto del siglo XIX, y a partir de la llamada reforma liberal, se fue desarrollando en Guatemala un lento proceso de modernización: se implantó y extendió una agricultura de exportación basada en el cultivo del café, -en la que participó una vigorosa inmigración alemana-, y se creó cierta infraestructura física, aunque poco se avanzó en cuanto a la urbanización y la alfabetización de un país que continuó siendo básicamente rural. En el campo, junto a una amplia economía de subsistencia indígena, predominaban condiciones de trabajo de tipo servil, pero la ciudad de Guatemala se iba convirtiendo, poco a poco, en una urbe más dinámica y socialmente diversificada, heredera de la importancia que había tenido como centro político desde tiempos coloniales (Sabino).

A su vez, el surgimiento del banano como producto de exportación, salvo los primeros momentos hacia 1901, siempre estuvo en manos extranjeras. La primera concesión de tierras nacionales, liberalización de impuestos y otras prebendas, se otorgaron a la United Fruit Company que, desde entonces, empezó a crecer en toda la región. La naturaleza de la plantación bananera fue la de un monopolio, con el rasgo de una economía de enclave que no podía contribuir al desarrollo del mercado interior. En efecto, la producción, transporte y exportación de la fruta era de una empresa extranjera, que también realizaba la venta al detalle en el exterior. La organización interna de la agricultura bananera se hacía conforme a la ley de los Estados Unidos y en el interior del enclave circulaba el dólar. Durante mucho tiempo, la empresa no pagó impuestos y el salario obrero, el único gasto en moneda local, no podía derramarse en el mercado nacional porque el consumo de los trabajadores era captado por la oferta de los comisariatos, que eran de la misma empresa (PNUD).

De ahí que el mismo capital bananero pasara a controlar la totalidad del sistema ferroviario, por intermedio de la International Railways of Central America (IRCA), la cual se hizo cargo de terminar líneas construidas con recursos nacionales, como el tramo que conectó la ciudad de Guatemala con Puerto Barrios; y también se le entregó el único puerto de aquella ciudad. Los intereses de la UFCo.-IRCA se convirtieron de inmediato en una poderosa fuerza política en la primera mitad del siglo XX; mientras que la Tropical Radio & Telegraph Co. producía toda la energía eléctrica que se consumía en el país. De esa cuenta, poderosos intereses extranjeros llegaron a ejercer dominio sobre alrededor del 40 % de la economía nacional (Handy; PNUD).

En ese contexto, en 1909 se decreta la Ley de Inmigración.7 Y luego de la larga dictadura de Estrada Cabrera, concluida en 1920, se abrió un periodo de inestabilidad que duró más de 10 años. El general Jorge Ubico Castañeda, finalmente logra triunfar en las elecciones de 1931. Se presentó como candidato único, encabezando el recién fusionado Partido Liberal Progresista; y contó con el amplio apoyo de una población que lo percibió, en su momento, como la persona capaz de sacar a Guatemala de la severa crisis, política y económica, en que se encontraba en aquel entonces (Gramajo; Sabino). En ese entonces, el Decreto N.° 1813, del 4 de mayo de 1936, prohíbe el establecimiento de:

Nuevos talleres, almacenes, tiendas de ventas y centros de negocios o comerciales, que pertenezcan o estén regentados por individuos de raza o nacionalidad: turca, siria, libanesa, árabe, palestina, armenia, egipcia, persa, afgana, hindú y polaca y los de razas nativas del continente africano.8

Así, el contexto poblacional guatemalteco hacia la cuarta década del siglo XX, registrada mediante el Censo de 19409 estimó el total de la población a nivel nacional en 3 283 209; de los cuales 3 264 800 eran guatemaltecos, 18 409 fueron extranjeros de diferentes nacionalidades, mientras que se contabilizaron 4011 negros. En la capital se contaron 319 197 personas, de los cuales 313 494 eran guatemaltecos, 5703 extranjeros y 254 negros. Y en Izabal, el total de la población ascendió a 83 153; con 79 250 guatemaltecos, 3903 extranjeros y 3427 negros. Aunado a lo anterior, cuando los sectores medios urbanos, impulsores de la Revolución de Octubre de 1944, se plantearon la caída del régimen liberal, las tensiones étnicas aparecieron bruscamente, mostrando la fragilidad de un proyecto nacional construido en torno a la “segregación” solapada de la mayoría indígena (Taracena 2013 21); así como a la de otros grupos humanos étnica y socialmente diferenciados. El 11 de marzo de 1945 se promulga una nueva Constitución Política, misma que estuvo vigente hacia 1948.10 El Título III, correspondiente a “Garantías individuales y sociales”, Capítulo I, sobre “Garantías Individuales”, establece en su artículo 21, que:

Toda persona goza de las garantías que establece esta Constitución, sin más restricciones que las que ella misma expresa. Con igual salvedad se declara ilegal y punible cualquier discriminación por motivo de filiación, sexo, raza, color, clase, creencias religiosas o ideas políticas.11

En el Capítulo II, sobre “Garantías sociales”, Sección 1, en materia de “Trabajo”, se destaca de su inciso 6 uno de los principios fundamentales de la organización del trabajo, que deberán reglamentar dichas leyes: “La igualdad de salario o sueldo correspondiente a trabajo igual y en idénticas condiciones, prestado en la misma empresa, sin distinción de edad, raza, sexo o nacionalidad, atendiendo únicamente a capacidad, eficiencia y honradez”.12 El punto anterior es el único que hace referencia a la diversidad poblacional aunque, pese a su reglamentación, la realidad social de las poblaciones afroguatemaltecas estuvo muy lejos de la “igualdad”.

Configuración identitaria de lo jurídico-social y político-económico en Honduras frente a las poblaciones afrohondureñas

El vacío ideológico y político legado por la Colonia fue llenado con las ideas y los modelos de organización política de la Europa republicana. A la Colonia siguió la imitación e implantación de modelos de organización política que no se ajustaban a la realidad hondureña de aquel momento, ni mucho menos eran el resultado de un proceso orgánico de desarrollo; lo cual profundizó el distanciamiento histórico entre los miembros de la sociedad “multirracial” en la que habían nacido (Bastide; Barahona).

A manera de resumen, entre los problemas heredados de la Colonia por el Estado hondureño independiente, Marco Carías Zapata señala cinco de ellos, a saber: la falta de integración de sus regiones; la persistente presencia extranjera en su territorio (especialmente de los ingleses en la Costa Norte); la debilidad institucional motivada por pugnas entre las dos principales ciudades del país: Comayagua y Tegucigalpa; la pérdida de prestigio de la autoridad, fruto de las excesivas complacencias del periodo anterior; y la debilidad del Estado como producto de la desintegración regional así como la influencia de los poderes locales controlados por las familias más poderosas de cada región (Carías 3).

A estos problemas habría que agregar los de la composición “racial” de la población y la ausencia de un régimen económico integrador en la sociedad postcolonial, heredados ambos del antiguo régimen (Barahona): “hasta donde había una nación era solo una nación criolla, porque las castas tenían solo un oscuro sentido de la nacionalidad, y los indios y negros ninguno en absoluto” (Lynch 35).

Al amparo de la Constitución Federal de 1824, se emite en 1825 la “Ley de Colonización”, la cual comienza a legislar en materia poblacional (Amaya Banegas)13 La idea fue introducida por José Cecilio del Valle: “la población podría aumentarse dando a conocer en otros países la benéfica Ley de Colonización, atrayendo extranjeros útiles para la agricultura, dándoles la protección que necesitan, y auxiliándolos en los gastos de viaje y primeros cultivos” (Oquelí y Meléndez 331).

Ahora bien, en 1854 llegaría el proyecto de construcción del ferrocarril interoceánico que conectaría el Océano Atlántico con el Pacífico, partiendo desde Puerto Cortés hasta el Golfo de Fonseca; el cual fue suscrito entre el cónsul de Estados Unidos en Honduras, Ephraim G. Squier y el gobierno del General José Trinidad Cabañas (1852-1855) (Amaya).

En medio de la gravitación inglesa y estadounidense, el proceso migratorio cobraría fuerza a partir del gobierno del General José María Medina (1866-1869), al promulgarse la Ley de Inmigración de 1866.14 De esa forma, se empieza a percibir la llegada de inmigrantes desde 1867; la mayoría a la Costa Atlántica del país (Amaya).

El proyecto político fortaleció la institucionalidad del Estado por medio de la legislación que actualizó el régimen, a lo que se agregó la emisión de códigos y leyes que establecieron un marco jurídico apropiado para estimular la orientación de la economía hacia la exportación. Sin embargo, el carácter excluyente asumido por el Estado en el ámbito político, social, económico y cultural se reflejó en la construcción de una nación de “notables”; dejando al margen del proceso nacional, a la mayoría de la población. Este fue el marco político e ideológico que configuró y dio vida al modelo de Estado liberal oligárquico que predominó en Honduras desde la reforma liberal hasta la primera mitad del siglo XX (Barahona).

Por su parte, el Estado amplió el régimen de concesiones desde 1912. Las empresas más beneficiadas fueron dos sucursales de la United Fruit Company, que se presentaron como compañías ferrocarrileras: la Tela Railroad Company y la Trujillo Railroad Company. El estadounidense Samuel Zemurray organizó su propia empresa, la Cuyamel Fruit Company (Kepner y Soothill), que poco después compitió con la United Fruit Company en la producción y exportación de bananos desde Honduras (MacCameron).

Las concesiones estatales a estas empresas fueron generosas; llegaron hasta 500 hectáreas de tierra por cada kilómetro de ferrocarril construido en los departamentos de Cortés, Yoro y Colón. A las concesiones de tierras se sumó el derecho a utilizar los recursos naturales adyacentes, la dispensa de impuestos para importar productos destinados a los ferrocarriles y las plantaciones bananeras, tarifas reducidas sobre la exportación de bananos y autorización para contratar fuerza laboral de otros países. El proyecto de Estado consistía en que los ferrocarriles unieran a las comunidades comprendidas en las concesiones de tierras nacionales. En algunos casos, las vías férreas debían llegar hasta la capital, Tegucigalpa (Posas).

Los beneficios y privilegios que estas empresas recibieron del Estado, sumados a su capital y competencia técnica, así como al monopolio que ejercían en la comercialización del banano, las convirtió en dueñas del negocio bananero. La ruina llegó pronto para los cultivadores nacionales de banano y, aquellos que no se arruinaron, asumieron una relación de dependencia con las grandes compañías extranjeras (Kepner y Soothill; Barahona).

Fue así como, a finales de la década de 1920 e inicios de 1930, aparece la propuesta sobre un “nuevo mestizaje”, la cual intentaba provocar una mezcla biológica de campesinos e indígenas hondureños con ciudadanos escandinavos, alemanes, franceses e ingleses. Dicha política discriminatoria alcanzó su punto más álgido en el gobierno del Presidente liberal Vicente Mejía Colindres (1928-1933), el cual ante presiones de sectores intelectuales del país (Euraque; Mendoza),15 se vio en la necesidad de reformar la legislación existente (Amaya). Ese sería el medio para construir una “nueva raza” de hondureños emprendedores, laboriosos, honrados, respetuosos de las leyes, ahorradores y dispuestos a invertir sus ingresos en el fomento de la agricultura y la industria; además de “moralmente intachables y físicamente bellos” (Barahona 82-83).

Para alcanzar semejante “obra maestra”, fue promulgada la Ley de Inmigración de 1929.16 A diferencia de sus predecesoras de 1866, 1895 y 1906, la ley de 1929 era extremadamente xenofóbica y racista, ya que establecía limitaciones al ingreso de extranjeros de algunas nacionalidades. Con ese fin, se elaboró una tabla que calificaba las clases de inmigrantes y las condiciones en que podían ingresar.17 En este nuevo patrón legal, varias nacionalidades fueron incluidas en una “segunda categoría” (Amaya). Así, se pretendía dificultar el ingreso de “razas” consideradas “indeseables” por los grupos hondureños opuestos a estos inmigrantes. Poco después, se agregó el Decreto N.° 14318 que introdujo la siguiente reforma con el fin de obstaculizar la entrada al país de:

Artículo 11. Los inmigrantes pertenecientes a las razas árabe, china, turca, siria, armenia, palestina, negra e individuos denominados colíes [SIC] deben traer cinco mil pesos plata, harán depósito de 500 pesos por persona, antes de transcurridos dos meses en el país (Amaya Banegas 13).19

En este contexto fue promulgada una nueva Ley de Inmigración de 1934, retomando muchos de los elementos de la legislación anterior (Centeno). En su artículo 14, dicha ley simplemente prohibió la entrada a negros, chinos y gitanos (Centeno; Euraque);20 medida paralela a la continuidad en materia de identidad nacional de exaltación mestiza a través de lo indígena, y desde la esfera gubernamental al decretarse en 1935, el “día de la consagración nacional en honor a LEMPIRA, héroe máximo defensor de la autonomía nacional” (Euraque 58).21

A esta altura, los censos de las décadas de 1920 y 1930 reconocían que poco más del 10 % de la población de la Costa Norte era considerada por el Estado como “negra”. Dicha población incluía a los descendientes de africanos mezclados con indígenas, trasladados de la isla de San Vicente desde fines del siglo XVIII, así como a los negros “ingleses” traídos a las plantaciones bananeras, particularmente por la United Fruit Co. Es más, el 95 % de la población negra del país residía en la Costa Norte. De hecho, es muy probable que gran parte de los trabajos en las bananeras los realizaran afrohondureños y los nuevos inmigrantes afrodescendientes (Euraque).

Así, el contexto poblacional hondureño hacia la cuarta década del siglo XX, registrada mediante el Censo de 1945,22 estimó el total de la población a nivel nacional en 1 200 542; de los cuales 1 161 517 eran hondureños, 39 025 extranjeros de diferentes nacionalidades, mientras que se contabilizaron 25 373 negros. En la capital se contaron 173 938 personas, de los cuales 171 285 eran hondureños, 2653 extranjeros y 113 negros. El total de la población ascendió a 100 054 en Cortés, 50 413 en Atlántida, 27 802 en Colón y 7314 en Islas de la Bahía; de los cuales eran hondureños 90 505 en Cortés, 46 908 en Atlántida, 26 449 en Colón y 7063 en Islas de la Bahía; extranjeros 9549 en Cortés, 3505 en Atlántida, 1353 en Colón y 251 en Islas de la Bahía; mientras que los negros fueron 2386 en Cortés, 7702 en Atlántida, 10 184 en Colón y 4116 en Islas de la Bahía.

Por su parte, la Constitución Política vigente en 1948 fue la 193623 con sus respectivas reformas. “De los derechos y garantías”, el Título III, en su artículo 30 consigna que: “La Constitución garantiza a todos los habitantes de Honduras, sean nacionales o extranjeros, la inviolabilidad de la vida humana, la seguridad individual, la libertad, la igualdad ante la ley y la propiedad”.24 Mientras que el artículo 69, en el Capítulo IV “De la igualdad”, garantiza que: “Todos los hondureños son iguales ante la ley”;25 aunque la presunta “igualdad” para las poblaciones afrohondureñas, estaba muy lejos de la realidad.

Configuración identitaria de lo jurídico-social y político-económico en Nicaragua versus las poblaciones afronicaragüenses

En la construcción de la población nicaragüense, es innegable el impacto que la conjugación de los intereses coloniales e imperialistas tuvo en las poblaciones que habitaron su territorio. Al respecto, Eddy Kühl se contrapone tanto a la idea de una nación compuesta por un grupo homogéneo de pobladores, como a la tensión creada entre dos grandes grupos humanos, o en última instancia, al “hombre dual” introducido por Pablo Antonio Cuadra, medio “indio” y medio “español”; para hacer incursionar una diversidad de grupos humanos, desde lo étnico, pasando por una pluralidad de nacionalidades. Por tal motivo, la “nicaragüanidad” no puede ser reducida y mucho menos generalizada a un único referente cultural (Cuadra; Kühl Aráuz). En este sentido, José Coronel Urtecho confirma la fragmentación sociocultural de la Nicaragua precolombina, al señalar que, al momento de la conquista, no había en este territorio “unidad política, ni étnica, ni religiosa, ni lingüística” (Coronel Urtecho 279-280). De ahí que, después de la independencia de España en 1821, las élites nicaragüenses enfrentaron el problema de cómo hacer “nicaragüenses” de las poblaciones para las cuales tal identidad apenas resonaba (Hooker).

El panorama se complejizaría aún más, yaque a mediados del siglo XIX, a las poblaciones negras existentes se les sumaría un nuevo grupo étnico en la Costa, los llamados “creoles”; formados por los descendientes de africanos emancipados del lugar y por inmigrantes procedentes del Caribe. En poco tiempo, los creoles desplazarían a los miskitos en la jerarquía étnica de la Costa y dentro del proyecto estatal que los ingleses mantenían en dicho territorio. Después de 1857, las élites conservadoras y liberales nicaragüenses trataron de forjar una identidad nacional común, pero el contenido de esta giraría, en principio, alrededor de la idea de Nicaragua como una nación “civilizada” tratando de incorporar a los “salvajes” negros e indígenas, entorno a lo “mestizo” per se (Wünderich; Herrera; Hooker).

De ahí que, el capitalismo y la dominación externa se desarrollaron de manera diferenciada en las regiones del Pacífico y Atlántico nicaragüense. Dos formaciones articuladas con distintas modalidades de inserción en el sistema internacional; adquiriendo su propia especificidad política, socioeconómica y cultural. En la región del Pacífico y en la Norte Central, donde estaría asentado el poder político, el capitalismo impulsó desde mediados del siglo XIX un progresivo proceso de transformación de las relaciones de producción; liquidando brutalmente las comunidades indígenas y expropiando drásticamente a los productores directos. La consolidación de la agricultura cafetalera y su conjugación con el latifundio ganadero tuvieron lugar en medio de un proceso de transformaciones capitalistas de la economía; protagonizado por productores locales, propietarios de tierras y con dominio de mano de obra. Así las cosas, el capital extranjero no desplazaría a la clase dominante, aunque llegaría a subordinarla a través de lo económico (CIDCA).

En ese sentido, el 7 de marzo de 1865 se aprueba la Cesión de Tierra y Ley de Colonización, para familias de “inmigrantes de los Estados Unidos o de cualquiera otra nacionalidad, que lleguen a la República con objeto de naturalizarse, hasta ciento veinte manzanas de tierras en los terrenos baldíos”.26 Ya para 1870, el café aportaba poco menos de 9 % a las divisas de Nicaragua; predomina la exportación de añil, hule, oro y una amplia variedad de productos agrícolas, artesanales y extractivos. Sin embargo, ante el creciente aumento en el precio del café en el mercado mundial, los agricultores nicaragüenses orientaron su producción al cultivo del llamado “grano de oro” (Kinloch 167). No obstante, la incapacidad de las élites conservadoras para visualizar las ventajas de un ferrocarril, explica que Nicaragua iniciara sus obras hasta 1878: los 130 kilómetros de vía férrea construidos por los gobiernos conservadores, creció muy lentamente hasta alcanzar un máximo de 378 kilómetros hacia la segunda mitad del siglo XX (Riguzzi; Juárez; Pérez Baltodano).

En el Atlántico, el capital extranjero, inglés primero y norteamericano después, adquirió la forma de enclave. A partir de la década de 1880, los norteamericanos se convirtieron en el grupo extranjero más poderoso en la Costa Atlántica. Llegaron a controlar más del 90 % de las inversiones y comercio en la zona, desplazando a los ingleses de su tradicional posición dominante (CIDCA; Kinloch Tijerino).

Los sucesivos gobiernos nicaragüenses justificaron la colonización regional interna de los pueblos negros e indígenas, sobre la base de ideologías nacionalistas “civilizatorias”. Juliet Hooker argumenta que “mientras los residuos de las ideologías nacionales del siglo XIX se pueden encontrar en los discursos nacionalistas del siglo XX, los últimos comparten dos características importantes que los distinguen de la anterior: ambos son oficial y mestizo” (17).

De ahí que los regímenes conservadores (1857-1893) y liberales (1893-1903) dirigieran sus esfuerzos a las actividades de reconstrucción socioeconómica. La “reincorporación” forzosa de la Costa de los Mosquitos en 1894 y el desmantelamiento de las comunidades indígenas en las regiones Pacífico y Central fueron elementos fundamentales de estos esfuerzos de construcción de la nación (Téllez), sobre todo, a partir del gobierno liberal de José Santos Zelaya. El Estado asumió la tarea de la construcción nacional, a través del fortalecimiento de las condiciones para un desarrollo capitalista más sostenido en el país; donde el Pacífico fuese el escenario de un proceso de modernización, que se serviría a su vez de la reincorporación de la Costa Atlántica (CIDCA; Ortega Hegg, Vélez y Boege).

Al año siguiente de la reincorporación, se dicta la Ley sobre Inmigración de 1895 (originalmente aprobada el 18 de febrero de 1861);27 mientras que un par de años después, se emite la Ley sobre Inmigración de 1898, similar a la de 1895.28 Pero ni así el nuevo Estado consiguió establecer una auténtica soberanía nacional. Para la Costa Atlántica, por ejemplo, la política de concesiones de tierras significó dejar en manos extranjeras el 10.3 % de la superficie del departamento de Zelaya; lo que significó la expansión de la economía de enclave en manos estadounidenses (Ortega Hegg, Vélez y Boege; Kinloch Tijerino). Mientras tanto, la “buena inmigración” seguía procurándose, por lo que fue promulgada la Ley de Inmigración de 1930; la cual sentencia en su artículo 5:

Queda asimismo prohibida la entrada al país de los individuos pertenecientes a las razas china, turca, árabe, siria, armenia, negra y gitana, cualquiera que sea la nacionalidad que los ampare y los individuos denominados “coolies”, aunque no estén comprendidos en las disposiciones del artículo anterior.

Además, el artículo 8 indica que:

Podrá asimismo el Ejecutivo en casos muy calificados otorgar licencia para entrar al país a los individuos pertenecientes a las razas mencionadas en el artículo 5, por un período que no exceda de seis meses, previo depósito de la suma de mil pesos oro americano, la cual será devuelta al beneficiado con el permiso, a su salida del país.29 Asimismo, el Reglamento a la Ley de Inmigración (1933) establece en su artículo 11 que:

La prohibición que establece el artículo 5º de la Ley, es por razón de raza; y en consecuencia dicha prohibición se mantendrá aun cuando los individuos que pertenezcan ostenten documentos que demuestren haber adquirido cualquier nacionalidad extranjera, inclusive la de cualquier República de Centro América… Se entenderá que un individuo pertenece a las razas prohibidas, cuando tenga por lo menos un 50 % de sangre.30

A esta legislación, le sucederían: el Decreto sobre la Ley de Extranjería de 1936;31 el Decreto N.° 318, el cual suprime la restricción del artículo 5 de la Ley de Inmigración de 1930 con respecto a los nacionales de China,32 fue, dicho sea de paso, el único grupo al que le fuera levantada oficialmente la prohibición de entrada; la reforma a los artículos 5, 15 y 16 del Reglamento de Inmigración de 1933, sobre turistas y prohibición de ingreso a ciertos grupos;33 y las modificaciones a la Ley de Inmigración de 1930, relativas a la permanencia y actividades a las que pueden dedicarse los extranjeros.34 Para entonces, la Constitución Política vigente en 1948 fue la 193935 con sus respectivas reformas. El Capítulo III “De las garantías individuales” establece lo siguiente:36 Artículo 107.- No hay privilegios por motivos de nacimiento, nobleza, raza o condición social, ni otra distinción que la de las capacidades o virtudes.

Por su parte, el régimen de Somoza se apresuró a patentizar su lealtad al bloque norteamericano. El Congreso promulga así la nueva Constitución Política de 1948,37 elaborada sobre la base de la 1939, mantuvo buena parte de sus artículos, aunque la organización con respecto a títulos varió; como lo fue el Título IV de “Derechos y garantías”; el cual consagra en su artículo 109: “Todos los nicaragüenses son iguales ante la ley. No hay privilegios por motivo de nacimiento, nobleza, raza o condición social”.38 Dos años más tarde, fue promulgada la Constitución de 1950, la cual tomó como base la de 1939, y las modificaciones hechas a la de 1948; en esta se destaca: el Título IV sobre “Derechos y garantías”, que en su artículo 36 establece que: “Todos los nicaragüenses son iguales ante la ley. En Nicaragua no se reconoce privilegio por razón de nacimiento, condición social o raza, ni por otra causa que no sean la capacidad o la virtud”.39

Cabe destacar que Nicaragua es el único país de Centroamérica que no cuenta con registros censales para la población negra anterior a 1950. Curiosamente, previo al levantamiento del Censo de 1950, se publicitaba su realización en la Costa mediante hojas sueltas en español, mosquito e inglés: “En Nicaragua se debe efectuar un Censo de Población cada 10 años, el año de 1950, es “el año del Censo” y esta vez no solo para Nicaragua, sino que se trata de… EL CENSO DE LAS AMERICAS”.40 Así, el contexto poblacional nicaragüense registrado hacia mediados del siglo XX, mediante el Censo de 1950,41 estimó el total de la población a nivel nacional en 1 057 023; de los cuales 1 046 830 fueron nicaragüenses y 10 193 fueron extranjeros. En la capital se contaron 161 513 personas, de los cuales 159 061 eran nicaragüenses y 2452 extranjeros. En Zelaya, el total de la población ascendió a 56 497; de los cuales 55 127 fueron nicaragüenses y 1370 extranjeros.

Pese a la falta de datos en términos de filiación étnica, “se estima que la población creole era en promedio de unas 10 400 personas en 1950. Varios miles… hablaban solamente español. Las generaciones más jóvenes fueron adoptando dicho idioma y mucho de la cultura hispana dominante” (Robb Taylor 11). Esto último fue en parte resultado de las dos tareas fundamentales con respecto a la Costa Atlántica: su integración física al Pacífico y su integración cultural, es decir, la “hispanización” de la Costa (Vilas 130).

Configuración identitaria de lo jurídico-social y político-económico en Costa Rica versus las poblaciones afrocostarricenses

La homogeneidad de la raza que constituyó desde el principio la población costarricense… entraña un elemento concorde, que tiene una alta importancia en la vocación de los pueblos a altos destinos… En casi todas las comarcas de Hispano-América hallaréis los mismos hechos producidos por idéntica causa. Allí, además de promiscuo elemento latino, se han combinado el indígena y el africano, fomentando así el antagonismo de las clases sociales, y la confusión y la guerra en unas partes y el despotismo más humillante sobre las razas débiles en otras… Otra de las causas de que en nuestro país el progreso haya sido relativamente más rápido en los cortos años recorridos desde su independencia es: que Costa Rica no heredó el cancro de la esclavitud de los africanos, pues que el pequeño número de esclavos que poseía al independizarse bien pronto los declaró libres, sin el peligro y sin las funestas consecuencias que esta justa y humanitaria declaratoria ha corrido en las naciones americanas que poseían un gran número de siervos, y que hicieron pesar más tiempo sobre ellos su ominoso yugo. La esclavitud aquí no pudo ser pues ni un elemento de confusión ni un germen de la guerra de castas. Lo escaso y débil de las relaciones de Costa Rica con la madre patria durante el coloniaje, también fue el origen del espíritu pacífico y fraternal de los costarricenses… Preparados pues a la libertad porque casi no conocieron la esclavitud; creados en la igualdad como extraños a nobiliarias preocupaciones, y a la fraternidad por la homogeneidad de la raza y la uniformidad de las costumbres, poseían y practicaban aún antes de conocerlas, las tres verdades políticas de LIBERTAD, IGUALDAD, FRATERNIDAD, que constituyen el fundamento del derecho público romano. Sin hondas divisiones, sin luchas estériles por ejecutorias y baratijas de jerarquía, sin reacciones demoledoras, Costa Rica ha empleado su vida de independencia en labores útiles, en trabajos positivos y beneficiosos que la colocan hoy a la altura de las naciones más productoras, más ricas y más esperanzadas del nuevo mundo. Mientras este venturoso país no olvide sus tradiciones de buen sentido, de circunspección y de infatigable laboriosidad, tiene asegurado un porvenir que será dentro de pocos años objeto de emulación de muchos pueblos más antiguos y más grandes, y el orgullo de la América Latina (Senior 35-36).

El anterior planteamiento formó parte de la ideología racial imperante en la sociedad, basada en el mito de la Costa Rica “blanca e igualitaria”, muy a pesar de su heterogénea población nacional constituida desde la época colonial. Sus artífices fueron las élites liberales, quienes “se propusieron salvaguardar el orden social y la moralidad nacional mediante la exclusión y represión selectiva, con base en criterios ligados a: raza, cultura, moralidad e higiene” (Putnam 140). Tales estrategias facilitaron la ampliación de las acciones políticas, sobre todo porque advirtieron la inminente degeneración de la salubridad nacional “blanca”, por parte de “razas” consideradas “inferiores”; y procurando así, la contención efectiva de sus integrantes (Senior, 2007; Senior, 2011).

En este sentido, “lo ‘europeo’ era lo buscado, lo soñado, lo asimilable a aquel modelo eurocéntrico e imaginario que la mentalidad nacionalista de la élite costarricense había difundido como natural” (Soto 86).

De ahí que, tanto las medidas restrictivas relacionadas con la migración de ciertos contingentes humanos, como la regulación contractual transitoria implementada para efectos de la construcción ferroviaria posterior, vinieron a formar parte de las reglas del juego, dentro de las cuales la población afrocaribeña tuvo que sobrellevar y agenciar su permanencia en suelo costarricense; inicialmente, con el carácter temporal del trabajo arraigado en sus mentes (Senior, 2011).

Por tanto, durante la administración de José María Montealegre (1859-1863) y manteniendo la política de atracción de inmigrantes europeos, se promulga el 9 de octubre de 1862, la “Ley de Bases y Colonización”.42 Con esta ley, se presentó la primera regulación en materia de inmigración al estipularse, en el artículo 3°, que no se permitiría la colonización por parte de las “razas africanas y chinas” y en caso de considerarse necesario, se impediría o limitaría la introducción al país de individuos que pertenecieran a dichos grupos (Víctor; Senior, 2011).

Años después, mediante la Constitución de 1871, en términos generales y dentro de la concepción liberal de ciudadanía en la cual fue concebida, no fueron extendidas las garantías (derechos y deberes); además que mantuvo la irregularidad del estatus extranjero-nacional, de quienes nacieron en Costa Rica, hasta la promulgación de una nueva Constitución (Zeledón; Peralta; Senior, 2011).43

Con el propósito de contribuir a la concreción de una obra de infraestructura de envergadura para la Costa Rica de finales del siglo XIX, como lo era un ferrocarril que facilitara el transporte del principal producto de exportación de la época: el café; el gobierno del General Tomás Guardia (1870-1876) recurre a un préstamo en libras esterlinas, para dar en concesión la obra al empresario norteamericano Henry Meiggs Keith (Senior, 2011).

Así, durante los primeros años de la construcción del ferrocarril, la opinión del gobierno con respecto a la población afrocaribeña cambió, aunque no de manera definitiva. Si bien la Ley de Bases y Colonización de 1862 prohibía específicamente la inmigración africana y china; pasada una década, y dadas las nuevas circunstancias de paro de labores en 1874, el gobierno más bien trató de establecer a los trabajadores jamaiquinos (Koch).44Sin embargo:

La posibilidad de contar con mano de obra en número suficiente para la construcción ferrovial en el Atlántico costarricense se llegó a dificultar a partir de 1880, debido a los altos salarios ofrecidos por los concesionarios franceses que iniciaron en esa misma fecha los trabajos del Canal en Panamá (Conniff 16).

A la vuelta del nuevo siglo y ya para 1934, el gobierno ordenó que no se entregarían visas de ingreso a los “negros” (Purcell y Sawyers; Senior, 2011).45 En otras palabras, mientras el gobierno y la UFCo. todavía regateaban los términos y condiciones del contrato para la industria bananera en la zona del Pacífico, el Poder Ejecutivo enviaba una circular a sus Cónsules en la cual les informaba que la población afrocaribeña no debía ser admitida en el país (Senior).46

Pese a que dicha población envió una misiva a los diputados representantes de la provincia limonense el 1.° de diciembre de 1934; 9 días después fue aprobada la ley que impidió la contratación de afrocaribeños en la zona sur, posteriormente conocida como la “prohibición por color” (Senior, 2011, 66).47 De esta manera, el gobierno costarricense concedió “sanción oficial a las reclamaciones racistas” en 1934, como parte del Contrato Bananero y de su Ley Reglamentadora;48 contrato nacido a consecuencia de la disputa con la UFCo., en relación al cumplimiento del contrato previo de 1930 (Senior, 2011, 69).

Durante la administración de Rafael Ángel Calderón Guardia (1940-1944), y en cumplimiento del artículo 4º de la Ley N.° 37 del 4 de junio de 1940, en junio de 1941, se decretaba un nuevo y restrictivo Reglamento de Extranjeros, que establecía una serie de medidas dirigidas al control de los extranjeros en el territorio costarricense; y a la vez, en cumplimiento de la Ley N.° 37, se emitió el Decreto N.° 4 del 26 de abril de 1942; a través del cual se le cierran las puertas a individuos de “raza negra”, chinos, árabes, y otros; por considerárseles “indeseables en razón de las pestes y conductas” supuestamente contrarias a las de los costarricenses. Así, en ese año a la “raza negra” se le sumó por primera vez a la larga lista de contingentes humanos con prohibición de entrar a Costa Rica (Senior Angulo 2011 96-97).49

Así, el contexto poblacional costarricense hacia mediados del siglo XX, registrado mediante el Censo de 1950 (Senior, 2011)50 estimó al total de la población a nivel nacional en 800 875; de los cuales 766 054 fueron costarricenses, 33 251 extranjeros y 15 118 negros. En la capital se contaron 281 822 personas, de los cuales 275 554 fueron costarricenses, 6 268 extranjeros y 694 negros. En Limón, el total de la población ascendió a 41 360; de los cuales 30 260 fueron costarricenses, 11 100 extranjeros y 13 749 negros.

A la altura de 1948, la Constitución Política vigente fue la 187151con sus respectivas reformas, luego de la breve existencia constitucional de 1917. En la Sección II “De las garantías individuales”, en su artículo 25 indica que: “Todo hombre es igual ante la Ley”.52 Poco tiempo después, entre el 8 de mayo de 1948 y el 8 de noviembre de 1949, Costa Rica fue gobernada por la Junta de Gobierno presidida por José Figueres Ferrer (Víctor; Senior).53 En este contexto, sería promulgada la Constitución Política de 1949 (Peralta; Zeledón; Aguilar).54 En el Título IV de “Derechos y Garantías Individuales”, Capítulo Único en su artículo 33, sentencia que: “Todo hombre es igual ante la ley y no podrá hacerse discriminación alguna contraria a la dignidad humana”.55 Lo anterior seguiría permaneciendo en el papel con relación a la población afrocostarricense.

Configuración identitaria de lo jurídico-social y político-económico en Panamá frente a las poblaciones afropanameñas

Lo panameño, al contrario de lo que sucede en sociedades quizás “más estructuradas y sedimentadas desde hace tiempo, es algo que deviene, que se está fabricando constantemente ante nuestros ojos”. Para Omar Jaén Suárez, esta característica de indefinición por excelencia, que sustenta también una cierta “indiferencia” fruto de la “desconfianza”, no se opone a la creación de una comunidad de destino. Más bien señala que uno de los rasgos más sobresalientes de la identidad cultural panameña, consiste en ese “mecanismo de ajuste continuo”, en una sociedad “muy compleja”, que permite la “integración”, pero no solamente como fenómeno de pérdida y olvido, sino también como convivencia pacífica de una comunidad nacional que hasta cierto punto, cultiva “la diferencia generadora de riqueza espiritual: una de las originalidades de Panamá en el concierto de naciones del Nuevo Mundo” (Jaén Suárez 218-219).

Para la comprensión “existencial” del ser panameño, conviene acudir a la noción de disponibilidad. Rodrigo Miró, uno de los pensadores panameños “más agudos” que ha tratado el tema, lo resume de la siguiente manera:

Desde ese siglo (XVI) tan cargado de peripecias, testigo de un intenso proceso de transculturación y un rápido mudar de personas y acontecimientos, arrancan, nuestro cosmopolitanismo y mestizaje, nuestra tolerancia, nuestra certeza de relatividad de todas las cosas… Siglos de intenso mestizaje biológico y espiritual, el espectáculo siempre recomenzado de triunfos y fracasos, forjaron el temple de su espíritu (del panameño) que es integración y tolerancia, pacífica convivencia, equilibrio y universalidad (Jaén Suárez 219).

En este orden de cosas, para Eddir Oscar Poveda, hubo “una rápida asimilación por parte del negro, de las formas hispánicas, especialmente a través de la mezcla racial. Como resultado de dicha convivencia racial, un enorme número de mulatos podía encontrarse a todo lo largo de la ruta Transístmica” (Poveda 61-62).

Así, el “negro” y el “mulato” reemplazaron a los indígenas en cuanto a su ubicación en la escala y consideración social; debido posiblemente, a su rápido crecimiento numérico, a la vez que al decrecimiento de la población nativa a inicios de la colonización. De hecho, los “negros” llegaron a convertirse en el grupo genéticamente dominante en relación a la cantidad de “blancos” e indígenas (Poveda).

Para Luis Pulido Ritter la posterior construcción del “sancocho”, como representación de la nación panameña, fue una estrategia discursiva y pragmática, que si bien no discutía directamente la identificación de la nacionalidad como una forma “homogénea” culturalmente, “neutralizaba su carácter excluyente”, al incluir la variante del sentimiento y consciencia (en plural) para definir la “panameñidad”, es decir, la pertenencia al “crisol de razas” o nación panameña, de todo individuo independientemente de su origen y lengua (Pulido Ritter; Maloney).

El pueblo panameño ha tenido, como el sancocho, elementos nuevos. Es pues un conglomerado heterogéneo de diversas gentes, razas y culturas que se agitan, alternan, entremezclan y disgregan en un mismo hervidero social y que en esencia ha dado por resultado una mixtura rica y bien aderezada, que ya tiene un carácter propio de creación. Panamá es, por tanto, un pueblo “mestizo” (Maloney 295).

En el plano económico y paralelo a las obras del Canal hacia finales del siglo XIX, la United Fruit Co. monopolizaría la producción, transportes y comercialización del banano en 1899 (Méndez). A la vuelta del siglo, se promulgaría la Constitución Política de la República de Panamá de 1904,56 en la cual, no se hacía diferencia alguna entre panameños por nacimiento o naturalización (Tejeira; Fábrega).

Por su parte, la progresión restrictiva del siglo XIX en materia de inmigración continuaría primero en el siglo XX, por medio de la Ley N.° 20 de 1908, la cual, establece en el artículo 1.°: “Destínese la suma de diez mil balboas [B. 10,000.00] para el establecimiento de Colonias agrícolas de inmigrantes en todas las provincias que componen la República, especialmente en aquellas que ofrezcan mejores ventajas”;57 así como el Decreto N.° 17 de 1917, que establece en su artículo 2:

Además de las personas mencionadas en el artículo 8º. del Decreto N° 4 de 1916, quedan exceptuados de efectuar el depósito de inmigración antes referido, a su regreso al país, los súbditos británicos naturales de las Antillas que hayan sido o fueren en lo sucesivo enrolados en la República para tomar las armas en el actual conflicto de guerra, siempre que sus nombres figuren en las listas que al efecto remitirá a la Secretaría de Relaciones Exteriores, dentro de la semana siguiente a la partida de cada contingente militar.58

En segundo lugar, sobresale particular y especialmente la Ley N.° 13 de 1926:

Artículo 1°: Queda prohibida la inmigración de chinos, japoneses, sirios, turcos, índico-orientales, indo-arios, dravidianos y negros de las Antillas y de las Guayanas, cuyo idioma original no sea el castellano, al territorio de la República. Parágrafo 1°: Los extranjeros a que se refiere este artículo no serán admitidos como inmigrantes aunque se hayan nacionalizado en otro país. Artículo 2°, Parágrafo 2°: Exceptúense a los extranjeros que, con anterioridad a la vigencia de esta ley, estén casados con panameña o que posean bienes raíces inscritos a su nombre… o que acrediten… que han permanecido en la República por diez años o más... Artículo 23°: La prohibición de que trata el artículo 1° de esta ley no comprende a los funcionarios diplomáticos y consulares de los países respectivos. Artículo 24°: Los extranjeros cuya inmigración se prohíbe y que, de acuerdo con las leyes vigentes hayan obtenido permiso para venir al país, podrán hacerlo dentro de un término de seis meses, a partir de la vigencia de esta ley.59

Lo anterior no era de extrañar, ya que las limitaciones jurídicas seguirían ampliándose, sobre todo en contra de las poblaciones negras. Al respecto, se destacan 3 legislaciones relevantes. En primer lugar, la Ley N.° 16 de 1927, que establece en su artículo 3:

El Poder Ejecutivo podrá autorizar la inmigración de extranjeros originarios de las Antillas, siempre y cuando que el solicitante compruebe los siguientes hechos: a) Que no existen en la República obreros en número y de calidad requeridos para llevar a cabo la obra o trabajo en proyecto; b) Que la obra o trabajos referidos sean de utilidad pública o de carácter agrícola; y c) Que el salario ofrecido a los inmigrantes no sea menor del establecido para los obreros nacionales o extranjeros residentes.60

En segundo lugar, el Decreto N.° 91 de 1929, el cual establece en su artículo único: El cupo de que trata el artículo 12 de la Ley 6ª de 1928, para el año de 1930, será de tantas unidades como a continuación se detallan, para cada una de las razas de inmigración restringida: “Negra, 10 inmigrantes”.61

En tercer lugar, el Decreto N.° 3 de 1933 y su artículo 12º: Queda prohibida la inmigración de chinos, libaneses, palestinos, sirios, turcos y negros cuyo idioma original no sea el español. Parágrafo 1.°. La restricción a que se refiere este artículo comprende a todos los inmigrantes mencionados aunque se hayan nacionalizado en otro país.62 Es así como se llega a la promulgación de la Constitución Política de 1941.63 En dicha Carta Magna, el Título II de “Nacionalidad y Extranjería”, en su artículo 12, establece que son panameños por nacimiento (Fábrega; Tejeira; Barrow):64 a) Los nacidos bajo la jurisdicción de la República, cualquiera que sea la nacionalidad de sus padres, siempre que ninguno de estos sea de inmigración prohibida; b) Los nacidos bajo la jurisdicción de la República, aunque uno de los padres fuere de inmigración prohibida, siempre que el otro sea panameño por nacimiento. Esta disposición no se aplicará cuando el padre que fuere de inmigración prohibida pertenezca a la raza negra cuyo idioma originario no sea el Castellano; c) Los nacidos fuera de la jurisdicción de la República, de padre o madre panameños por nacimiento, siempre que uno de ellos no sea de inmigración prohibida; d) Los nacidos con anterioridad al 3 de noviembre de 1903, dentro del territorio que forma hoy la República de Panamá.

Al mismo tiempo, establece mediante el artículo “transitorio” 13 que:

El Presidente de la República podrá reconocer la calidad de panameño por nacimiento a los hijos nacidos bajo jurisdicción de la República, de padre o madre que pertenecen a razas de inmigración prohibida, siempre que acrediten haber pertenecido hogares establecidos bajo jurisdicción de la República durante toda su minoría de edad o la parte de ella que haya transcurrido, y que su idioma usual es el Castellano. Esta disposición se aplicará también cuando uno de los padres sea de inmigración prohibida y el otro no sea panameño por nacimiento. El Presidente de la República solo podrá ejercer esta facultad si el interesado presenta su solicitud dentro del término de tres meses contados desde la fecha en que esta reforma comience a regir.65

Por medio del artículo 23:

La inmigración de extranjeros será reglamentada por Ley, de acuerdo con esta Constitución y con los Tratados Públicos. El Estado velará por que inmigren elementos sanos, trabajadores, adaptables a las condiciones de la vida nacional, y capaces de contribuir al mejoramiento étnico, económico y democrático del país. Son de inmigración prohibida: la raza negra cuyo idioma originario no sea el Castellano, la raza amarilla y las razas originarias de la India, el Asia Menor y el Norte de África.66

Con la caída del gobierno del Dr. Arnulfo Arias, y en virtud del Decreto N.° 1 del 15 de junio de 1945, fue suspendida la Constitución de 1941 y convocadas nuevas elecciones para la designación de una Convención Constituyente.67 Por su parte, en el Decreto N.° 827 de ese mismo año se indica:

Considerando: Que el artículo 21 de la Constitución Nacional estipula en parte que “todos los panameños y extranjeros son iguales ante la Ley. No habrá fueros o privilegios personales ni distingos por razón de raza, nacimiento, clase social, sexo, religión o ideas políticas, pero la Ley podrá, por razones de salubridad, moralidad, seguridad pública y economía nacional, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinadas actividades a los extranjeros en general; Que la República de Panamá por su especialísima situación geográfica es cruce obligado de individuos de todas las nacionalidades y todas las razas, quienes vienen en tránsito.68

También el gobierno de la Zona del Canal continuó considerando como “extranjeros” a los obreros procedentes del Caribe, para lo cual, puso en vigencia ciertos reglamentos; dentro de un marco de discriminación basado, en primer término, en la nacionalidad, y segundo, en el “color” de la persona. Así, el contexto poblacional panameño hacia la cuarta década del siglo XX, registrada mediante el Censo de 1940,69 estimó el total de la población a nivel nacional en 631 549; de los cuales 580 836 fueron panameños, 50 713 extranjeros de diferentes nacionalidades, mientras que se contabilizaron 82 871 negros. En la capital se contaron 173 328 personas, de las cuales, 149 649 eran panameños, 23 679 extranjeros y 38 770 negros. El total de la población ascendió a 78 119 en Colón y 25 496 en Bocas del Toro; de los cuales fueron panameños 59 347 en Colón y 22 618 en Bocas del Toro; extranjeros 18 772 en Colón y 2878 en Bocas del Toro; y negros 28 703 en Colón y 5857 en Bocas del Toro.

Con posterioridad al Censo de 1940, la población de la provincia de Bocas del Toro comenzó a aumentar mediante obreros centroamericanos “temporales”, debido a los grandes trabajos que estaba realizando la Compañía Bananera, una vez controlado el “mal de Panamá” (Cedeño 110). La Constitución Política vigente en 1948 fue la de 194670 con sus respectivas reformas. En el Título III, de “Derechos y Deberes Individuales y Sociales”, Capítulo 1 de “Garantías Fundamentales”, el artículo 21 establece que:

Todos los panameños y extranjeros son iguales ante la Ley. No habrá fueros o privilegios personales ni distingos por razón de raza, nacimiento, clase social, sexo, religión o ideas políticas, pero la Ley podrá, por razones de salubridad, moralidad, seguridad pública y economía nacional, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinadas actividades a los extranjeros en general (Fábrega 56).71

En este contexto fue realizado el Censo de Población de 1950,72 el cual registró un total de la población a nivel nacional de 805 285; de los cuales 755 296 fueron panameños y 49 989 extranjeros. En la capital se contabilizaron 248 335 personas, de los cuales 224 343 fueron panameños y 23 992 extranjeros. El total de la población ascendió a 90 144 en Colón y 22 392 en Bocas del Toro; de los cuales fueron panameños 74 304 en Colón y 18 266 en Bocas del Toro; mientras que extranjeros, 15 840 en Colón y 4126 en Bocas del Toro. Para este censo, las autoridades políticas desestimaron el conteo de la población negra en Panamá, a diferencia de su predecesor de 1940; y curiosamente, el censo registró 14 198 desempleados entre las provincias de Panamá (9828) y Colón (4370);73 de los cuales, siguiendo la tendencia de los conteos poblaciones previos, buena parte pudieron tratarse de antillanos, en un contexto donde, al menos en el papel, no se admitía ningún tipo de discriminación.

Imaginarios nacionales y colectivos contestados ante la coincidencia de un singular desfile humano en Centroamérica

En un estudio sobre los orígenes nacionales de Centroamérica, Francis Merriman Stanger constituía la siguiente diferenciación:

En Costa Rica, como ha sido establecido, no había virtualmente contacto y por lo tanto mezcla de las razas, y la población, en el área de asentamiento español, se ha mantenido casi integralmente blanca… En Guatemala, los blancos y mestizos estaban todavía lejos del excesivo número de indios puros… En el distrito del Salvador, había todavía un gran número de indios de sangre pura pero menos en proporción con Guatemala. En Nicaragua y Honduras, sin el área de asentamiento español, la gente sin sangre india sin mezclar ha casi toda desaparecido, dejando la población mestizo casi enteramente, aparte del pequeño pero influyente grupo de blancos (Stanger 19-20).

Como lo señala Suzanne Bost, algunas ideologías nacionalistas aprobaban la mezcla como un medio para crear ciudadanías híbridas homogéneas y eliminar la división racial (Conniff y Davis; Soto). Se trataba, como lo argumenta Soto, de “un culto” al mestizaje que colocaba al “mestizo” como un ideal racial, y que surge al mismo tiempo que el “indigenismo” que exaltaba al indígena -unas veces señalando la superioridad del “indio”, otras que éste debía desaparecer definitivamente dentro de una “raza de bronce”-.

Ambos discursos no eran necesariamente incompatibles pues sus promotores a veces jugaban en los dos campos, y ambas perspectivas consideraban que había que preparar a los indígenas a la ciudadanía a través de la integración, educación y modernización para el progreso nacional (Soto 21).

“Sin embargo, el peso del ideal de blanqueamiento racial estaba patente en muchas de estas intenciones culturales de homogeneización” (Appelbaum, Macpherson y Rosemblatt, citado en Soto 19). En dicho contexto, el mestizo como “raza” de vanguardia de la nación, “tenía que ser definido como una contribución positiva” (Soto 19).

Así, el retrato de familia escogido para cada país centroamericano, incluido Panamá, varió desde el mestizo (Santa Cruz Gamarra), 74 pasando por el “blanco” y aquellos que reivindicaron la herencia indígena; para terminar coincidiendo en una homogenización de sus respectivos pueblos, donde la diferenciación “racial” existente a la luz de la construcción nacional era “mínima”.

Para George Reid Andrews, José Martí fue optimista al creer que los años de 1900 serían para los afrolatinoamericanos, “no el siglo de la lucha de razas sino de la afirmación de derechos” (Ferrer 202). Lo anterior debido a que las sociedades que, durante el siglo XIX, habían aceptado con desagrado sus rasgos “racialmente mixtos”, luego buscarían “rehacerse y transformarse” en la nueva era del “blanqueamiento” (Reid Andrews 115). No obstante, en el marco de proyectos económicos e infraestructurales de la época, los “nuevos arribados” se impusieron al prestigio y poder de la “ciencia” europea y norteamericana; por lo que el racismo científico, el darwinismo social y las leyes Jim Crow en los Estados Unidos hicieron eco entre las élites latinoamericanas; específicamente, en lo relativo a convertir sus naciones en repúblicas “civilizadas” (Hobsbawm; Banton, 1977; Banton, 1987; Stepan; Maio y Santos; Reid Andrews).

Por tanto, las identidades nacionales en Centroamérica refieren a una compleja historia, con espacios comunes a todos los países, las cuales fueron construidas sin proponérselo inicialmente y de manera diferenciada, en oposición a las posteriores migraciones internacionales de afrocaribeños; quienes llegaron temporalmente para luego establecerse definitivamente en la franja Caribe de la región, hacia la segunda mitad del siglo XIX y principios del siglo XX.

Es por ello que, en medio de dicha construcción nacional, se inauguran leyes de colonización o similares en los años de: 1824 en Guatemala, 1825 en Honduras, 1862 en Costa Rica, 1865 en Nicaragua y 1908 en Panamá. A la vez, se inscriben una serie de prohibiciones migratorias, así como restricciones legales en cada país de la región centroamericana, hechas a la medida de las poblaciones negro-extranjeras y con sus puntos álgidos en: 1936 para el caso de Guatemala; 1929, 1930 y 1934 para el caso de Honduras; 1930, 1933 y 1936 para el caso de Nicaragua; 1942 para el caso de Costa Rica; y 1926, 1927, 1929, 1933 y 1941 para el caso de Panamá. Lo anterior puede visualizarse mejor en la Tabla 1.

Tabla 1 Año de las leyes de colonización o similares a nivel centroamericano, así como de las leyes de inmigración con prohibiciones para las poblaciones negras 

Países de la región Centroamericana Año de la ley de colonización o similar Año de las leyes de inmigración con prohibiciones para las poblaciones negras
Guatemala 1824 1936
Honduras 1825 1929, 1930 y 1934
Nicaragua 1865 1930, 1933 y 1936
Costa Rica 1862 1942
Panamá 1908 1926, 1927, 1929, 1933 y 1941

Fuente: Elaboración propia a partir de las fuentes legales analizadas.

Las leyes de colonización tanto en Guatemala como en Honduras se encuentran inscritas tanto dentro del proceso federativo centroamericano, como de la reciente abolición de la esclavitud para el conjunto regional; lo cual implica un ánimo por superar el imaginario poblacional colonial. Por su parte, Costa Rica y luego Honduras se encontrarían más en un proceso republicano orientado hacia un liberalismo político posterior. Para el caso de Panamá, lo que ocurre a partir de su independencia y constitución como país en 1903, es una sucesión de medidas para administrar el deseado influjo poblacional, desde una óptica parecida a la instaurada en los Estados Unidos.

En cuanto a las leyes restrictivas que oficial y expresamente prohíben la entrada o permanencia en suelo nacional de las poblaciones negras, estas oscilan entre 1926 para el caso de Panamá, la década de los treinta para los casos de Honduras, Nicaragua y Guatemala, y el cierre en 1942 para el caso de Costa Rica; se inscriben dentro de las prácticas que los Estados de la región hacia 1926, buscaron implementar para controlar el desplazamiento a través de sus fronteras (Putnam). Al mismo tiempo, responden a una serie de eventos internacionales, tales como: el fortalecimiento de las ideas de Marcus Garvey en la región y las reivindicaciones laborales y sindicales encausadas contra las poblaciones negras en los diferentes países, la realización de la Primera Conferencia Panamericana de Eugenesia y Homicultura en 1927 (Putnam), la Gran Depresión de 1929, la política internacional y de seguridad estadounidense del “Gran Garrote” en Centroamérica hacia 1933, así como los corolarios propios de la II Guerra Mundial a partir de 1939.

Frente a todos los dispositivos de control o restricción implementados, dentro de su justificación se argumentaba la existencia de una gran cantidad de negros en los diferentes países, asumidos en principio como extranjeros, y que amenazaban la continuidad de sus respectivos marcos identitario-nacionales. Para visualizar su distribución numérica y geográfico-espacial, se presenta la Tabla 2:

Tabla 2 Cantidad de negros en los países centroamericanos y su proporción numérica con respecto a la población nacional y extranjera, según su concentración geográfica interna 

Censos de población Población nacional Población extranjera Negros a nivel nacional Negros en la capital Negros en provincia(s) / departamento(s) de la Costa Caribe
Guatemala 1940 3 283 209 18 409 4011 254 3427 (Izabal)
Honduras 1945 1 200 542 39 025 25 373 113 24 38875
Nicaragua 1950 1 057 023 10 193 s. p.76 s. p. s. p. (Zelaya)
Costa Rica 1950 800 875 33 251 15 118 694 13 749 (Limón)
Panamá 1940 631 549 50 713 82 871 38 770 34 56077

Fuente: Elaboración propia a partir de las fuentes censales analizadas.78

Entre otras cosas, mediante la Tabla 2 interesa destacar, en primer lugar, cómo la cantidad de negros a nivel nacional llega a alcanzar siquiera el 10 % de la población nacional, a excepción de Panamá, a propósito del ferrocarril, primero, y del Canal, después. En segundo lugar, la cantidad de extranjeros siempre supera a la de negros a nivel nacional, a excepción nuevamente de Panamá; lo cual también representa un dato significativo con relación a la cantidad de afrocentroamericanos inscritos en las diferentes nacionalidades; si se contrasta con el resto de los demás extranjeros en cada país. En tercer lugar, otra vez a excepción de Panamá y a diferencia de lo señalado en la prensa escrita de la época, la cantidad de negros presentes en la capital de los distintos países era realmente ínfima. Por último, Panamá vuelve a ser la excepción, pero para todos los demás, se evidencia que la mayor cantidad de negros en cada país, se encontraban ubicados en las provincias o departamentos de la costa Caribe centroamericana.

Lo anterior hace patente el hecho de que miles de afrocentroamericanos lograron sortear las sucesivas limitantes para su inmigración, permanencia y desplazamientos local/regional; los cuales les fueron impuestos paradójicamente en un contexto en que, a nivel internacional, comenzaba a delinearse una nueva era para los Derechos Humanos.

Conclusiones

Con todo y el hecho de constatarse el grado de diferenciación étnica, así como la variabilidad que esta fue gestando al interior de los países centroamericanos, cada una de las delimitaciones territoriales de la región decide privilegiar y reforzar el mito de una estructura poblacional, entre mediados y finales del siglo XIX, así como principios del siglo XX, motivado bajo la doble e intrínseca lógica de las ideologías liberal y del progreso; las cuales desde la perspectiva étnica fueron canalizadas y materializadas fenotípicamente, variando de: visiblemente indígena en Guatemala; a mestiza en Honduras, Nicaragua y Panamá inclusive, estos tres últimos con sus diferencias de grado y alcance; y todas contrapuestas a la supuesta mayoría “blanca” de Costa Rica.

Los Estados nacionales en Centroamérica siguieron grosso modo el patrón social jerárquico establecido durante la época colonial, pasando de criollos a una élite mestiza (en muchos casos considerada como “blanca”); la cual, a excepción de los periodos de inestabilidad social, golpistas, de ocupación o militaristas sufridos en diferentes momentos de la historia regional de los siglos XIX y XX, continuaron detentando la concentración del poder político o económico.

Por tanto, a través de los mitos fundantes de cada nación, las élites de la región intentaron no menos que resolver las contradicciones internas de cada país, para así aglutinar en torno a un imaginario sociocultural presumiblemente “homogéneo”, el proyecto político de su respectivo Estado nación; tendiente a propiciar un clima de entendimiento social, como parte de una ontología digna de ser atribuible al sentido de nacionalidad deseado.

En este contexto, las poblaciones afrodescendientes arribarían para imprimir el contraste de la heterogeneidad en la configuración nacional de cada país. Ciertamente foráneos al principio, con el pasar del tiempo, el arraigo y sentido de pertenencia fueron disminuyendo la cantidad de tales en el rubro de “extranjeros”, mientras que el de “negros” se consolidaba en nacionales, en cada país de Centroamérica.

Por ello, las restricciones legales a nivel nacional y la exclusión social de la región caribeña del Istmo, no impedirían en última instancia, el desfile inesperado de las poblaciones afrodescendientes en Centroamérica; así como la posterior reconfiguración identitario-nacional de los perfilamientos imaginario-colectivos que caracterizarían a: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.

Bibliografía

Acuña, Víctor Hugo. “Concepciones de la comunidad política en Centroamérica en tiempos de la independencia, (1820-1823)”. En: Francisco Colom, (Ed.), Relatos de nación. La construcción de las identidades nacionales en el mundo hispánico. Madrid-Frankfurt: Editorial Iberoamericana-Vervuert, 2 Vols., 2005: 251-274. [ Links ]

Aguilar Bulgarelli, Oscar. Evolución Político-Constitucional de Costa Rica (Síntesis Histórica). San José: Librería Lehmann, 1976. [ Links ]

Alberdi, Juan Bautista. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, derivados de la lei que preside al desarrollo de la civilización en América del Sud y del Tratado Litoral de 4 de enero de 1831. Valparaíso: Imprenta del Mercurio, Santos Tornero y Cía, 1852. [ Links ]

Amaya Banegas, Jorge A. Los Judíos en Honduras. Tegucigalpa: Guaymuras, 2011. [ Links ]

Amaya Banegas, Jorge A. Los Árabes y Palestinos en Honduras (1900-1950). Tegucigalpa: Guaymuras, 2012. [ Links ]

Amaya Banegas, Jorge A. “Los negros ingleses o creoles de Honduras: Etnohistoria, racismo, nacionalismo y construcción de imaginarios nacionales excluyentes en Honduras”. Boletín AFEHC N° 13, 2005. Recuperado de http://www.afehc-historia-centroamericana.org/ index.php?action=fi_aff&id=377Links ]

Anna, Timothy. “La Independencia de México y América Central”. Leslie Bethell, (Ed.), Historia de América Latina. Barcelona: Editorial Crítica, Vol. 5, 1985: 41-74. [ Links ]

Anna, Timothy. “Casos de continuidad y ruptura: Nueva España y Capitanía General de Guatemala”. Germán Carrera Damas y John Lombardi, (Eds.), Historia General de América Latina. La crisis estructural de las sociedades implantadas. París: UNESCO/ Editorial Trotta, Vol. 5, 2003: 207-238. [ Links ]

Appelbaum, Nancy, Macpherson, Anne y Rosemblatt, Karin Alejandra, (Eds.). Race and Nation in Modern Latin America. Chapel Hill: University of Carolina Press, 2003. [ Links ]

Araúz, Celestino A. “La independencia de Panamá en 1821: antecedentes, balance y proyecciones”. Panamá: Academia Panameña de la Historia, 1980. Recuperado de http:// www.historia.ucr.ac.cr/cmelendez/handle/123456789/827Links ]

Asamblea Constituyente de la República de Guatemala (ACRG). Constitución Política de la República de Guatemala. Guatemala: Tipografía Nacional, 1945. [ Links ]

Avendaño, Xiomara. “Las instrucciones para elegir diputados al primer congreso constituyente mexicano: un intento para controlar a las provincias”. Boletín AFEHC, Nº 34, 2008. Recuperado de http://www.afehc-historiacentroamericana.orgLinks ]

Banton, Michael. The Idea of Race. London: Tavistock, 1977. [ Links ]

Banton, Michael. Racial Theories. London: Cambridge University Press, 1987. [ Links ]

Barahona, Marvin. Evolución histórica de la identidad nacional. Tegucigalpa: Guaymuras, 1991. [ Links ]

Barrow, Alberto. La variable étnica en el marco legal de Panamá. Panamá: Editorial Fuga Editor, 2012. [ Links ]

Bastide, Roger. El prójimo y el extraño, el encuentro de las civilizaciones. Buenos Aires: Amorrortu, 1973. [ Links ]

Benson, Nettie Lee y Berry, Charles. “The Central American delegation to the First Constituent Congress of Mexico, 1822-1824”. Hispanic American Historical Review 49/4 (1969): 679-701. [ Links ]

Carías Zapata, Marco. Bosquejo de la historia de Honduras. Tegucigalpa: UNAH, 1982. [ Links ]

Cedeño Cenci, Diógenes. “El Idioma Nacional y las causas de su Degeneración en la Provincia de Bocas del Toro”. Revista Lotería 54 (1960): 92-128. [ Links ]

Centeno García, Santos. Genes y músculos negros en los renglones histórico antropológicos de Honduras. Tegucigalpa: Editorial Universitaria de la Universidad Autónoma de Honduras, 2008. CIDCA. Elementos de la contradicción Etnia-Estado Nacional. [ Links ]

Tercera Asamblea Regional CRIES (Alajuela, 8-10 diciembre 1984). Managua: Centro de Investigaciones y Documentación de la Costa Atlántica, 1984. Constitución de la República Federal de Centro-América de 1824. Recuperado de http://www.sica.int/ cdoc/publicaciones/mem_odeca/sg1/union_ca_odeca_1956.pdfLinks ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR). Constitución Política de la República de Costa Rica. San José: Tipografía Nacional, 1871. [ Links ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR). Constitución Política de la República de Costa Rica . San José: Imprenta, 1949. [ Links ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR). Constitución Política de la República de Honduras. Tegucigalpa: Talleres Tipográficos Nacionales, 1936. [ Links ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR).). Constitución Política de la República de Nicaragua. Managua: Talleres Nacionales, 1939. [ Links ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR). Constitución Política de la República de Nicaragua . Managua: Talleres Nacionales, 1948. [ Links ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR). Constitución Política de la República de Nicaragua . Managua: Tipografía Nacional, 1950. [ Links ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR). Constitución Política de la República de Panamá. Panamá: Imprenta Nacional, 1904. [ Links ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR). Constitución Política de la República de Panamá . Panamá: Imprenta Nacional, 1941. [ Links ]

Congreso Nacional de la República de Costa Rica (CNCR). Constitución Política de la República de Panamá . Panamá: Imprenta Nacional, 1946. [ Links ]

Conniff, Michael L. Black Labor on a White Canal: Panama, 1904-1981. Pittsburgh: University of Pittsburgh Press, 1985. [ Links ]

Conniff, Michel L. y Davis, Thomas J. Africans in the Americas: A History of the Black Diaspora. Caldwell, N.J.: Blackburn, 2002. [ Links ]

Coronel Urtecho, José. Reflexiones sobre la historia de Nicaragua: de la Colonia a la Independencia. Managua: Fundación Vida, 2001. [ Links ]

Cuadra Cardenal, Pablo Antonio . El Nicaragüense. Madrid: Ediciones Cultura Hispánica, 1969. [ Links ]

Euraque, Darío. Estado, poder, nacionalidad y raza en la historia de Honduras: ensayos. Tegucigalpa: Ediciones Subirana, 1996. [ Links ]

Euraque, Darío. “The Banana Enclave, Nationalism and Mestizaje in Honduras, 1910s-1930s”. En: Aviva Chomsky y Aldo Lauria-Santiago, (Eds.), Identity and Struggle at the Margins of the Nation-State: The Laboring Peoples of Central America and the Hispanic Caribbean. Durham: Duke University Press, 1998: 151-168. [ Links ]

Euraque, Darío. “Los discursos de la identidad etno-racial”. En: Rina Cáceres Gómez, (Ed.), Del olvido a la memoria. Nuestra herencia afrocaribeña. San José: Oficina Regional de la UNESCO para Centroamérica y Panamá, Vol. 5, 2012: 58-64. [ Links ]

Fábrega F., Ramón E. Constituciones de la República de Panamá: de 1904-1941-1946. Panamá: Agencia Internacional de Publicaciones, 1969. [ Links ]

Ferrer, Ada. Insurgent Cuba: Race, Nation, and Revolution, 1868-1898. Chapel Hill: University of Carolina Press, 1999. [ Links ]

Gobierno de Costa Rica. Colección de Leyes y Decretos de 1941. San José: Tipografía Nacional, 1942. [ Links ]

Gramajo Morales , Héctor A. Alrededor de la bandera: un análisis praxiológico del enfrentamiento armado en Guatemala 1960-1996. Guatemala: Tipografía Nacional, 2003. [ Links ]

Gobierno de Costa Rica. Colección de Constituciones de Costa Rica. Del Pacto de Concordia a la Constitución Política de 1949. San José: Imprenta Nacional, 2000. [ Links ]

Gobierno de Costa Rica. Secretaría de Seguridad Pública. “Reglamento del Departamento de Migración”. San José: Imprenta Nacional, 1942. [ Links ]

Gudmundson, Lowell. “De ‘negro’ a ‘blanco’ en la Hispanoamérica del siglo XIX: la asimilación afroamericana en Argentina y Costa Rica”. Mesoamérica 12, (1986): 309-329. [ Links ]

Handy, Jim. Gift of the Devil: A History of Guatemala. Boston: South End Press, 1984. [ Links ]

Herrera, Miguel Ángel. “Nacionalismo e historiografía sobre la Guerra del 56: Nicaragua, 1850-1889”. Revista de Historia 2, (1992-1993): 27-39. [ Links ]

Hobsbawm, Eric J. The Age of the Empire: 1875-1914. New York: Pantheon Books, 1987. [ Links ]

Hooker, Juliet. The Myth of Inclusion: Mestizo Nationalism, Identity Politics, and Citizenship in Nicaragua. Doctoral Dissertation in Political Science. University of Cornell, New York, 2001. [ Links ]

Hooker, Juliet. “Beloved Enemies: Race and Official Mestizo Nationalism in Nicaragua”. Latin American Research Review 40/3, (2005): 14-39. [ Links ]

Juárez, Orient Bolívar. El Ferrocarril de Nicaragua: Historia y Liquidación. Managua: Comisión de Liquidación del Ferrocarril de Nicaragua, 1997. [ Links ]

Kepner, Charles David y Soothill Jay Henry . El Imperio del banano: Las compañías bananeras contra la soberanía de las naciones del Caribe. La Habana: Imprenta Nacional de Cuba, 1961. [ Links ]

Kinloch Tijerino, Frances. Historia de Nicaragua. Managua: IHNCA-UCA, 2012. [ Links ]

Kühl Aráuz, Eddy. Nicaragua: historia de inmigrantes. Managua: Editorial Hispamer, 2007. [ Links ]

Long W., Rodney. Railways of Central America and the West Indies. Washington, D.C.: Department of Commerce/Trade Promotion Series N° 5, 1925. [ Links ]

Luján Muñoz, Jorge. La independencia y la anexión de Centroamérica a México. Guatemala: Editorial Serviprensa Centroamericana, 1982. [ Links ]

Lynch, John. Las revoluciones hispanoamericanas (1808-1826). Barcelona: Editorial Crítica, 1976. [ Links ]

MacCameron, Robert. Bananas, Labor, and Politics in Honduras: 1954-1963. Foreign and Comparative Studies/Latin American Series N° 5. Syracuse: Syracuse University Press, 1983. [ Links ]

Maio, Marcos C. y Santos, Ricardo V. Raça, ciência, e sociedade. Rio de Janeiro: Editora FIOCRUZ/CCBB, 1996. [ Links ]

Maloney, Gerardo. Armando Fortune: obras selectas. Panamá: Instituto Nacional de Cultura, 1993. [ Links ]

Marín Gonzáles, José. Las “razas” biogenéticamente, no existen, pero el racismo sí, como ideología. Revista Diálogo Educacional 4/9, (2003). Recuperado de http://www.redalyc.org/ articulo.oa?id=189118067008 Links ]

Meléndez Chaverri, Carlos. La Independencia de Centroamérica. Madrid: Mapfre, 1993. Recuperado de http://www.historia.ucr.ac.cr/cmelendez/handle/123456789/407 Links ]

Méndez, María. “Panamá, el Canal y la Zona del Canal”. Nueva Sociedad 26, (1976). Recuperado de http://www.nuso.org/upload/articulos/265_1.pdfLinks ]

Mendoza, Breny. “La desmitologización del mestizaje en Honduras: Evaluando nuevos aportes”. Mesoamérica 42, 2001: 256-278. [ Links ]

Miró, Rodrigo. “Integración y Tolerancia, los Modos de Panamá”. Conferencia, Escuela de Temporada. Universidad de Panamá, 1965. [ Links ]

Oquelí, Ramón y Meléndez Chaverri, Carlos. José del Valle, dos semblanzas. Tegucigalpa: Editorial Universitaria, 1982. [ Links ]

Ortega Hegg, Manuel, Vélez, Jaime y Boege, Eckart. “El conflicto etnia-nación en Nicaragua”. Nueva Antropología 20, 1983: 53-66. [ Links ]

Palmer, Steven. “Hacia la ‘auto-inmigración’. El nacionalismo oficial en Costa Rica 1870-1930”. En: Arturo Taracena y Jean Piel , (Eds.), Identidades nacionales y Estado moderno en Centroamérica. San José: EUCR, 1995: 75-85. [ Links ]

Pellegrino, Adela. “Inmigración y movimientos internos en América Latina y el Caribe en los siglos XIX y XX”. En Birgita Leander, (Coord.). Europa, Asia y África en América Latina y el Caribe. México-D.F.: Siglo XXI, 1989. [ Links ]

Peraldo, Giovanni y Rojas, Ernesto. “La deslizable historia del ferrocarril al Caribe de Costa Rica”. Anuario de Estudios Centroamericanos 24/1-2, 1998: 97-128. [ Links ]

Peralta, Hernán. Las Constituciones de Costa Rica. San José: Instituto de Estudios Políticos, 1962. [ Links ]

Pérez Baltodano, Andrés. Entre el Estado Conquistador y el Estado Nación: providencialismo, pen-samiento político y estructuras de poder en el desarrollo histórico de Nicaragua. Managua: Instituto de Historia de Nicaragua y Centroamérica-IHNCA/UCA, 2008. [ Links ]

Pineda de Montt, Manuel. Recopilación de las leyes de Guatemala. Guatemala: Publicaciones del Ministerio de Finanzas, 7 Vols., 1979-1980. [ Links ]

Pinto Soria, Julio César. “Reformismo Liberal, régimen municipal, ciudadanía y conflicto étnico en Guatemala (1821-1824)”. Centro de Estudios Urbanos y Regionales de la USAC Boletín 32, (1997). Recuperado de http://www.ceur.usac.edu.gt/pdf/Boletin/Boletin_CEUR_32.pdfLinks ]

PNUD. Guatemala: Hacia un Estado para el desarrollo Humano. Informe nacional de desarrollo humano 2009/2010. “Capítulo 2: La formación del Estado nacional en Guatemala: etapas decisivas (1821-1985)”. Guatemala: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, 2010. Recuperado de http://www.desarrollohumano.org.gt/sites/default/files/docs/informes/capitulos/AF_capitulo_2.pdf Links ]

Posas, Mario. “La plantación bananera en Centroamérica (1870-1929)”. En: Víctor Hugo Acuña, (Coord.), Historia General de Centroamérica: Las repúblicas agroexportadoras (18701945). Madrid: FLACSO/Comunidades Europeas/Sociedad Estatal Quinto Centenario España, Tomo IV, 1993: 111-165. [ Links ]

Poveda, Eddir Oscar. “Políticas de Exterminio”. Revista Lotería 288, (1980): 56-70. [ Links ]

Pulido Ritter, Luis. “Panamá es un sancocho: Armando Fortune y el mestizaje en la identidad cultural panameña”. Palara 15, Publication of the Afro-Latin/American Research Association, 2011. Recuperado de http://www.naveconsulting.de/luis/images/ pdf/21_pulido_luis_form.pdfLinks ]

Purcell, Trevor y Sawyers, Kathleen. “Democracy and ethnic conflict: blacks in Costa Rica”. Ethnic and Racial Studies 16/2, (1993): 298-322. [ Links ]

Putnam, Lara. Radical Moves. Caribbean Migrants and the Politics of Race in the Jazz Age.Chapell Hill: University of North Carolina Press, 2013. [ Links ]

Reid Andrews, George. Afro-Latin America, 1800-2000. New York: Oxford University Press, 2004. [ Links ]

Riguzzi, Paolo. “Los caminos del atraso: tecnología, instituciones e inversión, en los ferrocarriles mexicanos, 1850-1900”. En: Sandra Kuntz Ficker y Paolo Riguzzi , (Coord.), Ferrocarriles y vida económica en México. Del surgimiento tardío al decaimiento precoz (1850-1950). México: El Colegio Mexiquense/Universidad Autónoma MetropolitanaXochimilco/Ferrocarriles de México, 1996. [ Links ]

Robb Taylor, Deborah. The Times & Life of Bluefields: An Intergenerational Dialogue. Managua: Academia de Geografía eHistoria de Nicaragua , 2005. [ Links ]

Santa Cruz Gamarra, Nicomedes. “El negro en Iberoamérica”. Cuadernos Americanos 451/52, (1988): 7-46. [ Links ]

Santamaría García, Antonio. “Canales, cafetales y banano. Historia del ferrocarril de servicio público en Centroamérica y Panamá”. En: Jesús Sanz, (Ed.), Historia de los ferrocarriles de Iberoamérica (1837-1995). Madrid: Fundación de los Ferrocarriles Españoles, 1998. Recuperado de http://www.digital.csic.es/handle/10261/63980. [ Links ]

Sarmiento, Domingo F. Conflicto y armonías de razas en América. Buenos Aires: S. Ostwald (Imp. de Túñez), 1883. [ Links ]

Sarmiento, Domingo F. Facundo: Civilización y barbarie. Buenos Aires: Espasa Calpe Argentina, S. A., 1951. [ Links ]

Senior, Diana. La incorporación social en Costa Rica de la población afrocostarricense durante el siglo XX, 1927-1923. Tesis de Maestría en Historia. Universidad de Costa Rica,. 2007 [ Links ]

Senior, Diana. Ciudadanía Afrocostarricense: el gran escenario comprendido entre 1927 y 1963. San José: EUNED/EUCR, 2011. [ Links ]

Senior, Diana. “La conformación de Limón al margen del imaginario social e identidad nacional costarricense”. En: Quince Duncan y Victorien Lavou Zoungbo , (Eds.), Puerto Limón, Costa Rica. Formas y prácticas de auto/representación. Apuestas imaginarias y políticas. Perpignan, France: Presses Universitaires de Perpignan, 2012: 31-44. Recuperado de http://www.sitedugrenal.e-monsite.com/medias/files/la-confrontacion-de-limon-almargen-del-imaginario-social-e-identidad-nacional-costarricense-1.pdf Links ]

Senior, Diana. “¿Cómo se cuenta y por qué? Institucionalización censal y poblaciones afrocentroamericanas, 1940-1960”. Revista de Estudos & Pesquisas sobre as Américas 8/1, (2014): 112-148. Recuperado de http://www.periodicos.unb.br/index.php/repam/article/ view/11453/8117Links ]

Sibley, David. Geographies of Exclusion, Society and difference in the West. New York: Routledge, 1995. [ Links ]

Soto Quirós, Ronald. “Un intento de historia de la inmigración en Costa Rica. El discurso sobre la inmigración a principios del siglo XX: una estrategia nacionalista de selección autovalorativa”. Revista de Historia 40, (1999): 79-105. [ Links ]

Soto Quirós, Ronald. “Reflexiones sobre el mestizaje y la identidad nacional en Centroamérica: de la Colonia a las Repúblicas liberales”. Boletín 25 AFEHC-Asociación para el Fomento de los Estudios en Centroamérica. Boletín 25, “Mestizaje, Raza y Nación en Centroamérica: identidades tras conceptos, 1524-1950”, (2006): 1-40. Recuperado de http://www.ress.afehchistoria-centroamericana.org/_articles/portada_afehc_articulos29.pdfLinks ]

Stanger, Francis Merriman. “National Origins in Central America”. The Hispanic American Historical Review 12/ 1, (1932). [ Links ]

Stepan, Nancy. The Hour of Eugenics: Race, Gender, and Nation in Latin America. Ithaca, N.Y.: Cornell University Press, 1991. [ Links ]

Taracena Arriola, Arturo. Etnicidad, estado y nación en Guatemala, 1808-1944. Antigua: CIRMA, 2002. [ Links ]

Taracena Arriola, Arturo. Guatemala: del Mestizaje a la ladinización, 1524-1964. Guatemala: CIRMA, 2007. Recuperado de http://www.lanic.utexas.edu/project/etext/llilas/vrp/arriola.html Links ]

Tejeira de Quirós, Olimpia. “Nacionalidad y extranjería”. Revista Lotería 270-271, (1958): 105-115. [ Links ]

Tilley, Virginia Q. “Mestizaje and the “Etnicization”of Race in Latin America”. En: Paul Spickard, (Ed.). Race & Nation. Ethnic Systems in the Modern World. New York & London: Routledge, 2004. [ Links ]

Toussaint, Mónica , Rodríguez, Guadalupe y Vásquez , Mario. Vecindad y diplomacia. Centroamérica en la política exterior mexicana 1821-1988. México: SER, 2001. [ Links ]

Vasconcelos Calderón, José. La raza cósmica. Misión de la raza iberoamericana. Madrid: Agencia Mundial de Librería, 1925. [ Links ]

Vásquez Vicente, Guillermo. “Nacimiento y ocaso de la Federación de Centro América: entre la realidad y el deseo”. Revista Complutense de Historia de América 37, (2011). Recuperado de http://www.revistas.ucm.es/index.php/RCHA/article/view/38248/37005 Links ]

Víctor, María Eugenia. “Historia de la Dirección General de Migración y Extranjería”. Ministerio de Gobernación y Policía. 150 años de historia. San José: Imprenta Nacional, 1994: 250-309. [ Links ]

Vilas, Carlos M. Del colonialismo a la autonomía: Modernización capitalista y revolución social en la costa atlántica. Managua: Editorial Nueva Nicaragua, 1990. [ Links ]

Wortman, Miles. “Legitimidad política y regionalismo: el Imperio mexicano y centroamericano”. Historia Mexicana 26/2(1976): 238-262. [ Links ]

Wünderich, Volker. “La unificación nacional que dejó una nación dividida: el gobierno del Presidente Zelaya y la “reincorporación” de la Mosquitia a Nicaragua en 1894”. Revista de Historia 34(1996): 9-44. [ Links ]

Zeledón, Marco Tulio. Digesto Constitucional de Costa Rica. San José: Colegio de Abogados, 1946. [ Links ]

59La Gaceta, N.° 4977 del 28 de octubre de 1926. Ley N.° 13 del 23 de octubre de 1926, “Sobre inmigración”, 16669-16770.

1La Gran Colombia se constituye mediante la Ley Fundamental de Colombia del 17 de diciembre de 1819 (Araúz).

2Constitución de la República Federal de Centro-América de 1824, Guatemala. Dicha Carta Magna estuvo influenciada por la Constitución Política estadounidense, así como por las Cortes de Cádiz.

3La población africana en condición de esclavitud también tuvo presencia en El Salvador; sin embargo, para efectos de este artículo, nos abocaremos al análisis de los países de la región que comparten la franja costera del Caribe centroamericano.

4Esos bananos eran producidos por propietarios locales que los vendían a diversas compañías comerciales y navieras que operaban desde Nueva Orleans. Entretanto, casi se encontraba terminado un sistema ferroviario que vinculaba a las costas del Pacífico y el Atlántico con la Ciudad de Guatemala, ubicada en la meseta central. En 1898, una línea que partía de Puerto Barrios, en el Caribe, penetraba 219 kilómetros en el interior del país y llegaba a 98 kilómetros de la capital. Otra línea unía a la capital con el puerto de San José, en el Pacífico.

5Asamblea Nacional Constituyente de Centro América, Decreto del 22 de enero de 1824, contenía disposiciones sobre inmigración y colonización.

6El Amigo de Guatemala, “Extranjeros”, 31 de agosto de 1838.

7Decreto Legislativo N.° 792, del 30 de abril de 1909.

8A menos que se indique, el subrayado es nuestro. Decreto Gubernativo N° 1813 del 4 de mayo de 1936.

9Dirección General de Estadística. Censo de Población de Guatemala. 7 de abril de 1940. Ciudad de Guatemala, Guatemala: Imprenta Nacional, 1942, 15, 23, 27, 214, 862, 863.

10ARCG, Constitución de 1945.

11ARCG, Constitución de 1945 5.

12ARCG, Constitución de 1945 11-12.

13Constitución de la República Federal de Centro-América de 1824.

14Congreso Nacional de Honduras, Ley del 26 de febrero de 1866.

15Entre los que destacan por su posición antinegra se encuentran: Alfonso Guillen Zelaya, Froylan Turcios, Macedonio Laínez y Paulino Valladares.

16Ley de Inmigración, Decreto N.° 101, La Gaceta N.° 7860 del 2 de abril de 1929; Gobierno de Honduras. Reglamento para la Ley de inmigración, 1929. Tegucigalpa: Tipografía Nacional, 1930.

17Ley de Inmigración, Decreto N.° 101, La Gaceta N.° 7860 del 2 de abril de 1929, 1. Esta legislación establecía tres categorías de extranjeros que podían ingresar bajo ciertas condiciones, las cuales tenían como objetivo afectar la inmigración de árabes, turcos, armenios, palestinos, egipcios, sirios, libaneses, chinos, negros, etc.

18Decreto Ley del 19 de marzo de 1930.

19La Gaceta, N.º 8170, del 11 de abril de 1930.

20Ley de Inmigración, La Gaceta, N.° 7860, del 2 de abril de 1929.

21Decreto Ley del 20 de julio de 1935.

22Dirección General de Estadística. Censo de Población de Honduras. 24 de junio de 1945. Ciudad de Tegucigalpa, Honduras: Talleres Tipográficos Nacionales, 1947, 5, 9, 10, 23, 24, 45, 46, 167, 168, 177, 187, 188.

23 CNRH, Constitución de 1936.

24CNRH, Constitución de 1936 6.

25CNRH, Constitución de 1936 10.

26La Gaceta, N.° 685, del 24 de diciembre de 1898. Artículos 1 y 2.

27La Gaceta, N.° 298 del 8 de noviembre de 1895.

28La Gaceta, N.° 658 del 24 de diciembre de 1898. Aprobada el 18 de febrero de 1861.

29La Gaceta, N.°117 y 118, del 30 y 31 de mayo de 1930. Aprobada el 25 de abril de 1930.

30La Gaceta, N.° 81 del 7 de abril de 1933. Aprobada el 29 de diciembre de 1930.

31La Gaceta, N.° 205 del 19 de septiembre de 1936, Decreto N.° 12, aprobado el 2 de septiembre de 1936.

32La Gaceta, N.° 201 del 25 de septiembre de 1944. Aprobado el 4 de septiembre de 1944.

33La Gaceta, N.° 186 del 2 de septiembre de 1946. Acuerdo Presidencial N.° 3, aprobado el 21 de agosto de 1946.

34La Gaceta, N.° 210 del 1.° de octubre de 1946. Decreto Legislativo N.° 407, aprobado el 17 de agosto de 1946.

35CNRN, Constitución de 1939.

36CNRN, Constitución de 1939 14.

37CNRN, Constitución de 1948.

38CNRN, Constitución de 1948 6, 15.

39CNRN, Constitución de 1950 6.

40La Noticia, “Hojas sueltas en español, mosquito e inglés, distribuidas en la Costa Atlántica para el Censo de este año”, Año XXXV, N.° 9183, jueves 23 de febrero de 1950, 2; La Información, “La Costa Atlántica y el Censo de las Américas”, Año XXXII, N.° 1510, sábado 18 de junio de 1949, 1, 4.

41Dirección General de Estadística y Censos. Censo de Población de Nicaragua. 31 de mayo de 1950. Ciudad de Managua, Nicaragua: Imprenta Nacional, 1954, 41, 109, 110, 111.

42ANCR, Serie Congreso, N.º 5722, 1862.

43Gobierno de Costa Rica, Colección de Constituciones de Costa Rica 290.

44ANCR, Serie Congreso, N.º 5722, 1862.

45La Tribuna, del 10 abril 1934.

46La Tribuna, del 10 de abril de 1934.

47ANCR, Serie Congreso, N.º 16927, f. 150, Decreto N.° 31, del 10 de diciembre de 1934.

48ANCR, Serie Congreso, N.° 17004, 10 de diciembre de 1934.

49Gobierno de Costa Rica, Colección de Leyes y Decretos de 1941; Decreto N.º 5 de 14 de junio de 1941, “Reglamento de Extranjeros”, 335-341; Gobierno de Costa Rica, Secretaría de Seguridad Pública 13; La Gaceta, N.º 94 de 5 de mayo de 1942, Decreto Ejecutivo N.º 4 de 26 de abril de 1942.

50Dirección General de Estadística y Censos, Censo de Población de Costa Rica, 22 de mayo de 1950, San José, Imprenta Nacional, 1975, 7, 34, 105, 106, 108, 170, 182, 183.

51CNCR, Constitución de 1871.

52CNCR, Constitución de 1871 7.

53Decreto Ley N.º 689 del 31 de agosto de 1949; Ley N.º 809 del 2 de noviembre de 1949.

54CNCR, Constitución de 1949.

55CNCR, Constitución de 1949 7.

56CNRP, Constitución de 1904.

57La Gaceta, N.° 715 del 21 de noviembre de 1908. Ley N.° 20 del 2 de noviembre de 1908, “Sobre colonias agrícolas de inmigrantes”, 1.

58La Gaceta, N.° 2639 del 4 de junio de 1917. Decreto N.° 17 del 2 de junio de 1917, “Por el cual se reforma y adiciona el decreto N° 4 del 1° de marzo de 1916, sobre inmigración y naturalización”, 7248.

60La Gaceta, N.° 5058 del 28 de febrero de 1927. Ley N.° 16 del 31 de enero de 1927, “Por la cual se reforma y adiciona la ley 13 de 1926 de 23 de octubre”, 1.

61La Gaceta, N.° 5663 del 6 de enero de 1930. Decreto N.° 91 del 31 de diciembre de 1929, “Por el cual se fija el cupo de personas de inmigración restringida que pueden entrar a Panamá en el año de 1930”, 1.

62La Gaceta, N.° 6494 del 19 de enero de 1933. Decreto N.° 3 del 17 de enero de 1933, “Reglamentario de las disposiciones legales vigentes sobre inmigración”, 25229.

63CNRP, Constitución de 1941.

64CNRP, Constitución de 1941 5. El artículo 13 (transitorio), se refiere a la condición de las “razas de inmigración prohibida”.

65CNRP, Constitución de 1941 5; Barrow 2012, La variable étnica 28.

66CNRP, Constitución de 1941 7.

67La Gaceta, N.° 9760, del 27 de julio de 1945. Decreto N.° 1 del 15 de junio de 1945, “Sobre derogatoria del Acto Legislativo de 1941, formación del Gobierno Provisional y otras disposiciones pertinentes”.

68La Gaceta, N.° 10066 del 8 de agosto de 1946. Decreto N.° 827 del 31 de julio de 1946, “Por el cual se modifica el artículo cuarto del Decreto 779 de 20 de mayo de 1946 sobre “Turismo e Inmigración””, 1.

69Oficina del Censo. Censo de Población de Panamá. 8 de septiembre de 1940. Ciudad de Panamá, Panamá: Imprenta Nacional, 1943, Informe Preliminar, 23; Volumen I, Darién, 44, 49; Volumen II, Panamá-Provincia, 42, 57; Volumen III, Colón, 45, 53; Volumen IV, Chiriquí, 65, 83; Volumen V, Coclé, 47, 57; Volumen VI, Veraguas, 67, 85; Volumen VII, Los Santos y Herrera, 47, 57, 161, 171; Volumen IX, Bocas del Toro, 41, 47.

70CNRP, Constitución de 1946.

71CNRP, Constitución de 1946 12.

72Dirección de Estadística y Censo. Censo de Población de Panamá. 10 de diciembre de 1950. Ciudad de Panamá, Panamá: Imprenta Nacional, 1954, 1, 2, 214.

73La Nación, “Census shows Panamá, Colon, Jobless 14, 198”, Vol. V, N.° 99, jueves 14 de diciembre de 1950, 1.

74Esta curiosa tabla se complica mucho más en América, cuando el mestizaje entra a tallar la etnia nativa en combinación con la indoeuropea y la negroafricana, dando toda la gama de “indoblanquinegros, blanquinegrindios y negrindoblancos” que forman nuestro mestizaje.

75Corresponde a la sumatoria de las poblaciones negras contabilizadas en: Cortés, 2386; Atlántida, 7702; Colón, 10 184 e Islas de la Bahía, 4116.

76Para el caso de Nicaragua, ante la no preservación de datos en un censo anterior, y la ausencia de la categoría étnica en el Censo de 1950, no hay datos oficiales en cuanto a la cantidad de población negra.

77Corresponde a la sumatoria de las poblaciones negras contabilizadas en: Colón, 28 703 y Bocas del Toro, 5857.

78El estudio pormenorizado relativo a censos y poblaciones afrocentroamericanas entre las décadas de 1940 y 1960 se encuentra en: Senior 2014.

Recibido: 21 de Julio de 2018; Aprobado: 16 de Octubre de 2018

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons