Introducción
El presente artículo expone parte de los resultados obtenidos en el proyecto de investigación «Violencia y endeudamiento: mecanismos que coartan los derechos humanos de personas endeudadas en el sector informal costarricense», desarrollado en la Escuela de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Estatal a Distancia. Este surgió en primer lugar como inquietud de los vacíos investigativos y contextuales existentes en torno al endeudamiento informal que enfrenta parte de la población costarricense; en segunda instancia, ante la necesaria lectura de un objeto de investigación tendencialmente asumido por otras ramas del conocimiento (ciencias jurídicas y ciencias empresariales) a partir de una postura teórico-metodológica que, desde las ciencias sociales, visualice a las personas endeudadas como sujetos de derecho, las cuales se han visto privadas de formas que les permitan reproducir sus condiciones de vida y, por ende, acceden por solicitar dinero a prestamistas informales.
El estudio comprende el endeudamiento como una expresión de desigualdad en el modo de producción capitalista; recupera los aportes de Tambussi, quien reconoce que el dinero materializado a través del crédito y la figura del consumidor no se encuentran ajenas al enfoque de derechos humanos(1); y comprende la postura de García, quien posiciona el concepto de ciudadanía de consumo para entender el endeudamiento dentro de la sociedad globalizada en la que se vive actualmente(2).
A partir de lo anterior, se planteó la interrogante: ¿Cómo se expresa el endeudamiento informal en la reproducción de las condiciones de vida de seis familias costarricenses lideradas por mujeres? Como objetivo, se propuso caracterizar el fenómeno del endeudamiento informal experimentado por las mujeres participantes como violación de derechos de las personas sujetas a él.
Metodología
La investigación partió de un enfoque cualitativo, debido a que, a partir de la recolección y análisis de datos se desarrolló una acción indagatoria entre los hechos presentados y su interpretación, desde una noción circular del objeto de estudio(3). A su vez, fue de carácter exploratorio(4); ya que, con base en la revisión de antecedentes, se denotó la carencia de estudios suficientes que posibilitaran un conocimiento más amplio para la formulación de potenciales hipótesis.
En el proceso de acercamiento al objeto de estudio, se efectuó un Estado del Conocimiento asociado con la producción académica en torno al tema (revistas científicas y trabajos finales de graduación publicados principalmente a nivel internacional), se recopilaron estadísticas oficiales del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y se identificaron marcos normativos asociados con el sector formal e informal; lo anterior, en un periodo establecido entre 2003 y 2023.
Debido a la escasa producción académica mencionada previamente y ante la necesidad de comprender qué otras discusiones o potenciales puntos de acercamiento al tema se encontraban presentes, se optó por incorporar noticias nacionales e internacionales dentro de la investigación.
En aras de particularizar el objeto, durante el 2022 y 2023 se llevaron a cabo entrevistas a informantes clave institucionales considerados expertos/as en el tema(5) y se recuperaron los relatos de vida de seis mujeres endeudadas en el sector informal; las cuales, fueron referidas directamente por otras personas contactadas a lo largo de la investigación y quienes finalmente mostraron interés en participar.
Análisis y discusión
Con el fin de comprender el objeto de estudio planteado y su acercamiento, en los siguientes apartados se teoriza en torno al endeudamiento informal desde una postura de derechos humanos, se reconoce el alcance del tema estudiado por otras personas autoras y se exponen los hallazgos del trabajo de campo efectuado.
Hacia una lectura del endeudamiento desde los derechos humanos
En palabras de Lukács(6) el ser humano, como un ser social, requiere transformar la naturaleza para la satisfacción de sus necesidades básicas; dentro del modo de producción capitalista, hombres y mujeres venden su fuerza de trabajo a cambio de un salario o ingreso, configuración de la mercancía dinero que les permite efectuar un intercambio con otras mercancías que ostentan un valor de uso(7).
Sin embargo, a partir de las transformaciones del Estado Moderno, y bajo el desarrollo del capital financiero especulativo, el salario se ha vuelto insuficiente para reproducir las condiciones de vida a través del acceso a determinados bienes y servicios; por lo que, el ser humano busca satisfacer sus necesidades por medio de una serie de productos financieros, ofertados tanto por el Estado como por el mercado.
Dentro de la configuración del dinero se encuentra el crédito, figura que si bien antecede a las sociedades capitalistas(8), ostenta nuevas características que requieren una postura posicionada tanto en una lectura histórica como desde un enfoque de derechos humanos. Mientras que en el último siglo los Estados latinoamericanos han emprendido una serie de regulaciones a través de mecanismos supervisores y normativa en la materia, el mercado ha acrecentado su oferta e impactado lo que se puede denominar una ideología de consumo dentro del pensamiento neoliberal.
Como parte de la agenda estatal, el acceso al crédito y, por consecuencia, los niveles de endeudamiento de la población son temáticas que están en pugna, debido a la regularización y los espacios que el mercado encuentra para ofrecer alternativas a la población para la satisfacción de sus necesidades, como parte de una relación de oferta y demanda, sean que forman parte del sector formal (regulado) o informal (no regulado); el carácter de Estado moderno deviene, para Fallas(9), al ser un producto histórico que ha emergido en el proceso de plena maduración del capital, como forma de control metabólico social(10).
El efectuar una lectura del endeudamiento desde el enfoque de derechos humanos permite cuestionar la forma en la que se denomina al sujeto, en lugar de hacer referencia a cliente o consumidor, reconocemos el primer lugar el carácter de persona como sujeto de derechos, tal como lo establece la Declaración Universal de Derechos Humanos.
En palabras de Prieto Sanchís retomado por Tambussi(11), los derechos humanos son una categoría ética, cultural e histórica, no una concepción cerrada o acabada, que requiere leerse a la luz de las transformaciones que viven las personas. Para el autor, la articulación entre este enfoque y los retos asociados con la satisfacción de necesidades básicas a través del acceso al crédito -un componente fundamental dentro del consumo humano- se cataloga en los denominados derechos del consumidor:
Los derechos del consumidor, al igual que los derechos humanos, tuvieron origen en la necesidad de hacer valer el respeto a la persona frente al creciente poder del Estado y del mercado, en la creencia efectiva y con base fáctica que (sic.) de no oponerse derechos fundamentales a esos factores de poder, la debilidad del ciudadano aislado se transforma en indefensión y abandono.(12)
Para el autor, el derecho a la dignidad humana es el fundamento común entre los derechos humanos y el derecho al consumo, puesto que forman parte de un mismo sistema, son interdependientes y se involucran otros valores como la vida, la salud, el empleo, entre otros; a su vez, no pueden ser reducidos a una mera dimensión económica, son tendencialmente universales y exigibles frente al Estado. Con base en lo expuesto, la privación al consumo -en este caso de servicios financieros asociados con el crédito- coloca en tela de duda el respeto de la dignidad humana de determinados colectivos sociales.
Dentro de la noción de derechos humanos y en torno a la discusión del acceso al crédito, el Estado ostenta una dualidad: por un lado, como garante, y por otro, como reproductor de lo excluyente. Como garante al generar los mecanismos para que la población -principalmente la que se encuentra en situación de vulnerabilidad- acceda a mecanismos de crédito a través de una oferta institucional de índole inclusiva y abierta al reconocimiento de las diversas particularidades de las y los sujetos; como reproductor de lo excluyente, al representar una forma de violencia estructural que no posibilita que determinados colectivos vulnerables puedan satisfacer sus necesidades básicas humanas, al verse privados de mecanismos formales en torno al crédito y tener que buscar alternativas por otros medios.
La noción estructural queda evidente -al igual que acontece en otras formas de injusticia social, pobreza y desigualdad- tanto en las relaciones económicas como en los mecanismos dispares, evidentes para La Parra y Tortosa en la discriminación institucional, la legislación que excluye y las mismas políticas, entre otros aspectos(13).
Por otra parte, dentro de una sociedad de base capitalista no puede ser pasada por alto la influencia del mercado y la proliferación del consumo como parte de la construcción de la identidad humana. Según lo discute García «(…) el consumo es el conjunto de procesos socioculturales en que se realizan la apropiación y los usos de los productos»(14) en el cual, ante la proliferación de objetos, marcas, redes comunicacionales y acceso al consumo, intervienen tanto aspectos simbólicos como el estatus, las maneras de comunicarlos y las formas de reproducción de condiciones básicas de vida. Es decir, el consumo en el modo de producción actual no se reduce al intercambio económico únicamente; sino que, entabla relaciones y permite que las personas satisfagan sus necesidades.
Endeudamiento informal como objeto de estudio
Los escasos estudios que refieren a endeudamiento en Costa Rica se centran en el sector financiero formal; es decir, aquellas entidades fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), entre las que se encuentran: bancos públicos y privados, empresas financieras no bancarias, mutuales de ahorro y préstamo, cooperativas de ahorro y crédito, entre otros actores (art. 117 de la Ley No. 7558 Ley Orgánica del Banco Central).
Al enfatizar en investigaciones relacionadas específicamente con «endeudamiento informal» se detectó un vacío investigativo; puesto que, únicamente se logró identificar nueve investigaciones internacionales vinculadas con la temática y dos nacionales asociadas con sobreendeudamiento y créditos de consumo(15).
La producción de conocimiento internacional ha destacado la figura del gota a gota y su uso prevalente por parte poblaciones vulnerables, privadas del acceso al sistema financiero. El fenómeno del gota a gota emergió a finales de la década de 1990 en Medellín, Colombia -cuna también del narcotráfico- y paulatinamente se ha expandido a América Latina(16). A pesar de encontrarse en otros países, las cabecillas de gran parte de las redes criminales continúan siendo de nacionalidad colombiana(17).
Estudios realizados por Arias et al(18), Del Oro Sáez y Herranz(19) y Wilkis(20) recalcan que el endeudamiento obtenido a partir de financiamiento informal se ha constituido en una estrategia de contención habitual de algunas personas y sus familias para hacer frente a las dificultades financieras, al obtener dinero prestado de familiares, amigos/as, personas conocidas, entidades locales o prestamistas en general.
La preferencia de las personas por los créditos informales en comparación con los créditos de la banca tradicional se debe principalmente a los requisitos y demora para girar el dinero; sin tomar en cuenta, los costos mayores y que los métodos de cobranza no son los más adecuados ni legales. Siendo que, las personas que laboran en la informalidad presentan mayor riesgo para las entidades formales y por ende, menos posibilidades de acceder.(21) El énfasis en el costo elevado de intereses y créditos de menor cuantía en la oferta informal de crédito es sostenido también por Madera et al(22).
De la mano con lo explicado, Borráez refiere que los préstamos informales (denominados gota a gota, crédito exprés o paga diario) operan bajo estructuras en su mayoría ilegales que utilizan la rotación de capital para lavado de activos provenientes de otros delitos y conjugan prácticas violentas para recaudar el pago de las cuotas; así, se saca provecho de las necesidades económicas urgentes de personas de bajos recursos, en su mayoría amas de casa, conductores de servicio público, comerciantes informales y micro empresarios que ostentan pocas o nulas posibilidades de acceder de manera rápida a un crédito en el sistema financiero(23).
En Ecuador, la misma desigualdad en la distribución de la riqueza ha conllevado a persona empobrecidas a hacer uso de los préstamos informales en mayor medida que las personas de estratos económicos superiores(24). Para Martínez:
(…) aquellos prestamistas del mercado informal, son minuciosos conocedores de las necesidades de los demás y saben los grandes dividendos que generan las prohibiciones estatales. Se lucran de aquella escasez, e inoportunidad, pertenecen a un estrato social alto y están absolutamente seguros de que nunca (sic.) sus clientes los denunciarán.(25)
Las variables que influyen en la decisión de las personas de tomar créditos en el sector informal versus uno formal se centran en el ingreso, la educación, el estado civil, el género y el acceso a seguros; así como la edad. Para el caso de México, un 38.caso 2c6 % de la población participa en el mercado informal, con el fin de subsanar principalmente gastos de alimentación, personales o de servicios(26).
En Chile, las mujeres tienen mayor probabilidad que los hombres de tenencia de una deuda informal con familiares o prestamistas, por las mismas restricciones que genera el sistema financiero nacional(27); mientras que el gota a gota llega a impactar también las alternativas de microcréditos que los mismos Estados han fomentado para combatir la pobreza, por ejemplo(28).
Al carecerse de más investigaciones académicas vinculadas con el tema en Costa Rica y ante la necesidad de disponer de antecedentes de índole contextual relacionados con el objeto de investigación, se realizó una revisión de noticias nacionales y del contexto latinoamericano que hicieran referencia a endeudamiento informal.
En Colombia, se alude que la forma de hacer frente a los mecanismos violentos y amenazas para cobrar considerados usura en en dicho país involucra la denuncia en las entidades judiciales correspondientes(29); así como, esfuerzos para generar facilidades financieras a costos más bajos en entidades financieras.(30) Por su parte, en Perú se reconoce que son las pequeñas empresas(31) y los hogares empobrecidos(32) los que acceden a estos mecanismos de deuda informal.
Las alternativas para hacer frente se centran, según personas expertas, en una mayor bancarización y educación financiera(33); no obstante, se han dado regulaciones que, para algunas posturas, se constituyen en una llave para que las personas incrementen su participación en el sector informal(34).
Al aludir a los efectos del sobreendeudamiento, se ha notado una persistencia en síntomas depresivos(35); al enfatizar en los efectos de la pandemia por el virus SARS-CoV-2 (conocido como COVID-19), países como Chile destacan un aumento del 30 % de los hogares con deudas en el sistema informal(36) por el alza en las restricciones del crédito en entidades reguladas(37).
En Costa Rica, la población se ha visto expuesta a mayores riesgos y delitos que atentan contra su vida por no hacer frente a las deudas(38); el gota a gota se ha extendido hasta el país(39), donde las personas cobradoras dan alrededor de veinte a treinta días para devolver el dinero, con un interés que oscila entre el 10 % y el 40 %(40), además se han vinculado, ocultado, las acciones delictivas en otro tipo de organizaciones o empresas de venta de bienes y servicios(41) y el fenómeno ha mutado a nuevas formas de extorsión como el cobro de peaje por operación en comercios(42).
Las personas desempleadas y de menores ingresos presentan mayores dificultades para acceder a créditos en entidades reguladas(43) y, por ende, son más vulnerables ante el endeudamiento informal.(44) A su vez, personas residentes de zonas rurales que se encuentran en condición de pobreza destacan como víctimas, situaciones vulnerables, trabajos informales y excluidas del sistema financiero(45), así como, quienes se desenvuelven en labores asociadas con: taxistas informales, pulperos y amas de casa(46).
En síntesis, el análisis efectuado del objeto a nivel internacional destaca que el fenómeno del endeudamiento informal particularizado en el gota a gota se ha expandido paulatinamente a diversos países de América Latina; a su vez, reconoce el uso de créditos informales por parte de grupos vulnerables como mujeres, personas empobrecidas, taxistas, residentes de zonas rurales y micro empresarios; quienes como clase trabajadora, no solo se encuentran excluidos/as del sistema financiero nacional, sino también, en riesgo al desconocer las fuentes de financiamiento del dinero prestado y evidentes mecanismos coercitivos para el cobro de la deuda, con una posible articulación con fuentes no fidedignas vinculadas con el narcotráfico.
Tipificación del endeudamiento formal e informal
El acercamiento efectuado al estudio del endeudamiento informal en la presente investigación toma en consideración las categorías que median el endeudamiento formal; ya que, su comprensión requiere recuperar los marcos normativos que regulan al sistema financiero nacional y las diferencias que se gestan en los créditos ofertados desde las instancias prestamistas no reguladas.
Según The Economist Intelligence Unit Limited, para el 2016 Costa Rica se encontraba en el puesto número 27 -con un puntaje de 48 sobre 100- en una lista que muestra el progreso de 55 países en materia de inclusión financiera(47).
Más recientemente, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) recalca que la adhesión de Costa Rica ha propiciado reformas en corto plazo (reforma fiscal, fortalecimiento de la macro economía, entre otros aspectos); al aludir al fomento de la inclusión, destaca una desigualdad social que se agrava con disparidades en el acceso a productos financieros y una alta informalidad en el sector laboral(48). En este caso, recalca que «Los límites máximos de las tasas de interés no son efectivos para brindar alivio de la deuda a los prestatarios sobreendeudados»(49), con especial interés en que la fijación de límites estrictos también limita a las personas solicitantes de crédito de bajos ingresos que cuentan con poca solvencia a dirigirse a mercados informales.
En el 2017 Costa Rica destacó como uno de los diez países de América Latina con mayor cantidad de personas endeudadas (Chile con 42 %, Panamá en 38 %, Costa Rica 35 %, Brasil 27 %, Colombia 25 %, Bolivia 19 %, México 15 %, Uruguay 10 %, Paraguay 7 % y Argentina 4 %)(50).
Según datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos (ENIGH 2018-2019), en el 2018 el 59.9 % de los hogares costarricenses contaban con al menos una deuda; entre las cuales se incluían un 30.1 % con empresas comerciales, 28.7 % en créditos con entidades financieras (no hipotecarios), 14.2 % en préstamos de vivienda, 9.8 % en tarjetas de crédito y 9 % con prestamistas y otros(51).
A partir del 2020, resultado de los efectos de la pandemia por el COVID-19, el sobre endeudamiento en los hogares costarricenses creció a un 46 %(52); en el 2021, 74 % de las personas vivía con deudas y con base en la encuesta nacional realizada por la OCF, el 65 % de las personas endeudadas debía más de la mitad de sus ingresos mensuales futuros(53).
En los últimos años, diversos países han generado disposiciones en protección de las personas consumidoras; las cuales, para el caso de Costa Rica se evidencian en un conjunto heterogéneo de normas en diversos campos jurídicos (Constitucional, Civil, Comercial, Administrativo, Penal, de Competencia, Financiero, entre otros)(54). Previo al establecimiento de relaciones de consumo (concreción) -entre las que se encuentran los servicios de índole financiero-, el acceso al consumo como derecho se encuentra comprendido dentro de las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor(55).
En aras de tipificar el endeudamiento formal del informal, como antesala para comprender en mayor medida este último, se presenta la Tabla 1.
Categorías | Sector formal | Sector informal | ||
---|---|---|---|---|
Entidades financieras | Regulados no supervisados | Regulados | No regulados ni supervisados | |
Regulación / supervisión | Reguladas y supervisadas por SUGEF | Reguladas por MEIC | Reguladas por MEIC | Sin regulación ni supervisión |
Contrato | Escrito | Escrito | Escrito | Verbal |
Asociatividad | Entidades financieras | Sector comercial | Sector comercial | Ninguna |
Condiciones del préstamo (monto, plazo y tasa de interés) | Reguladas por normativa del sector financiero | Reguladas por normativa del Código Civil y Código Mercantil | Reguladas por normativa del Código Civil y Código Mercantil | No reguladas |
Garantía | Reguladas por normativa del sector financiero | Reguladas por normativa del Código Civil y Código Mercantil | Reguladas por normativa del Código Civil y Código Mercantil | No reguladas |
Tipo de relación | Financiera | Mercantil | Mercantil | Informal |
Partes | Persona jurídica (prestamista) y persona física o jurídica (consumidor) | Persona jurídica (prestamista) y persona física o jurídica (consumidor) | Persona física (prestamista) y persona física o jurídica (consumidor) | Persona física (prestamista) y persona física (consumidor) |
Fuente: elaboración propia, 2023.
Con base en la Tabla 1, se plantea dos agrupaciones para comprender el endeudamiento en la población costarricense: el referente al sector formal y el referente al sector informal.
Dentro del sector formal se encuentran tanto las entidades financieras como aquellas reguladas, pero no supervisadas. En Costa Rica, el artículo 140 bis) y 141 de la Ley No. 7558 Ley Orgánica del Banco Central establece la regulación y supervisión de los grupos y conglomerados financieros definidos por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF); a su vez, el artículo 117 de la supra citada ley establece que es responsabilidad de la SUGEF la supervisión de determinadas entidades financieras(56).
A diferencia de las entidades financieras reguladas por SUGEF, caracterizadas por su relación y asociatividad financiera, las entidades reguladas, pero no supervisadas, se gestan bajo una relación de tipo mercantil, ajustadas a lo estipulado por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) en un sentido abiertamente comercial dedicado al préstamo de dinero, fuera de la supervisión y regulación de SUGEF.
En ambos casos, existe una relación formal pactada entre las entidades (personas jurídicas) y los considerados consumidores financieros a partir de un contrato escrito, condiciones del préstamo y una garantía establecida que se encuentra protegida por los respectivos marcos normativos. Es decir, el Estado costarricense ha emprendido la regulación y ha creado instancias públicas para la protección tanto de las entidades como de las personas que acceden a un crédito en el sector formal.
Por otra parte, dentro del sector informal se encuentran aquellas personas físicas reguladas como las no reguladas ni supervisadas -énfasis por su vinculación con el gota a gota-. La denominación dentro del sector informal de personas reguladas refiere a una relación comercial mediada por un contrato escrito que lo dota de formalidad, en el cual se establecen las condiciones del préstamo y garantía; es decir, la regulación se encuentra establecida a partir de la existencia de un contrato formal entre las partes (personas físicas).
No obstante, la discusión principal para la presente investigación se encuentra dentro de los préstamos que se catalogan dentro de lo no regulado ni supervisado; ya que, al no existir un contrato escrito sino verbal, las condiciones del préstamo y garantía se encuentran a expensas de lo que la persona prestamista dicte. A su vez, en el caso de Costa Rica no existe normativa específica que proteja a las personas que solicitan este tipo de créditos.
Resulta interesante como, a pesar del alto endeudamiento e informalidad en los últimos años, ha habido esfuerzos para regular a organizaciones que históricamente han conformado el sistema informal de préstamos (tiendas departamentales, almacenes de electrodomésticos, prestamistas informales y otras entidades)(57) por medio de la supervisión de SUGEF(58) y potenciales programas de salvamento a través de la oferta de créditos dirigidos a personas sobre endeudadas(59).
Más recientemente, se encuentra en corriente legislativa el proyecto de ley expediente Nº 23 575 «Ley para la regulación y sanción del delito de préstamo gota a gota», que busca reformar el artículo 243 y agregar el artículo 243 Bis dentro del Código Penal Ley Nº 4573 con el fin de ampliar los motivos de las penas de prisión con la figura de la usura extorsiva(60).
Lo anterior, basado en la materialización del endeudamiento informal denominado gota a gota bajo la forma del delito; ya que, según datos del Organismo de Investigación Judicial (OIJ):
(…) desde enero del 2020 hasta finales de setiembre del 2022, se han presentado ante ese organismo 689 denuncias, de las cuales 169 se realizaron en el año 2020, 261 en el 2021 y hasta setiembre del 2022 ya llevan contabilizadas 259, presumiendo por la dinámica presentada que este año 2022 cerrará con la mayor cantidad de denuncias de este tipo, catalogadas por el OIJ por la modalidad de extorsión a través del método de préstamos gota a gota.(61)
Reproducción de condiciones de vida a través del endeudamiento informal
Los relatos recopilados refieren a experiencias singulares del fenómeno, ejemplificaciones que no se pueden generalizar al comportamiento del endeudamiento informal en Costa Rica. Con el fin de conocer parte del perfil socio-demográfico de la población participante, en la Tabla 2 se expone una breve caracterización de las mismas(62).
Persona | Género | Edad | Provincia | Nivel educativo | Labor económica principal al solicitar el crédito |
---|---|---|---|---|---|
Persona 1 | Mujer | 35 | Heredia | Primaria completa | Trabajadora sexual |
Persona 2 | Mujer | 44 | Cartago | Primaria completa | Trabajadora doméstica |
Persona 3 | Mujer | 33 | Puntarenas | Secundaria completa | Vendedora de comidas |
Persona 4 | Mujer | 31 | Puntarenas | Secundaria completa | Cuidadora de personas menores de edad, ventas ocasionales |
Persona 5 | Mujer | 31 | Puntarenas | Primaria incompleta | Trabajadora doméstica |
Persona 6 | Mujer | 37 | Alajuela | Primaria incompleta | Trabajadora doméstica |
Fuente: elaboración propia, 2023.
Resulta relevante como el endeudamiento informal en la población participante se presentó principalmente en familias lideradas por mujeres jóvenes que se encontraban a cargo de personas dependientes (hijos/as menores de edad), con un nivel educativo de primaria incompleta, labores económicas de baja remuneración e ingresos irregulares -incluidos apoyos estatales- que las cataloga en situación de pobreza o pobreza extrema. Incluso, en los casos en los que las personas participantes contaban con pareja u otras personas integrantes del núcleo familiar, estas se desempeñan en labores ocasionales o de baja remuneración:
Había días buenos y días malos. Mi papá es taxista informal, en aquel entonces tenía sus 65 años, tal vez. Y él de ahí traía a la casa lo necesario, el poquito de carne, el arroz, los frijoles. Él ya no pagaba luz y agua, me tocaba a mí. Entonces te puedo decir que somos familia donde no había alguien que generara dinero, de ahí una buena cantidad de dinero, porque no había nadie estudiado, no había nadie preparado dentro de la casa, mi papá pirata, una hermana mía no vivía en la casa. Yo me dedicaba a la prostitución; entonces, no era algo que yo le dijera a usted «no a mi casa nunca faltó nada». No, hubo sus momentos de escasez y por supuesto, había que resolverlo.(63)
Desde un enfoque de derechos humanos, lo expuesto hace referencia a una serie de privaciones en materia de educación y empleo; en las cuales, las personas consideradas consumidoras buscan maneras de reproducir sus condiciones de vida, encontrando en el mercado de préstamos informales las posibilidades de financiamiento.
(…) Al consumir (en cualquiera de sus niveles) procuramos satisfacer al menos, e insoslayablemente, nuestras necesidades elementales y alcanzar una adecuada calidad de vida. Ello nos lleva a procurar en el ámbito llamado mercado (como espacio de intercambio), los bienes y servicios que necesitamos. Somos, como consumidores, destinatarios finales de todos los bienes y del producto de la actividad comercial.(64)
En este sentido, se presenta una diferenciación fundamental con las finalidades de los préstamos formales; ya que, las mujeres participantes de la investigación no solicitaron préstamos informales con la finalidad de adquirir bienes que mejoren su estatus o calidad de vida (vivienda, vehículo), tal como lo menciona García:
Los hombres (personas) intercambiamos objetos para satisfacer necesidades que hemos fijado culturalmente, para integrarnos con otros y para distinguirnos de ellos, para realizar deseos y para pensar nuestra situación en el mundo, para controlar el flujo errático de los deseos y darles constancia o seguridad en instituciones y ritos.(65)
En su lugar, fueron requeridos para cubrir gastos asociados con servicios básicos (agua, electricidad), alimentación, educación y pago de alquiler de su núcleo familiar, práctica considerada riesgosa al ser gastos que se presentan de manera regular en las familias(66): «No estaba sola, alquilamos una casita, para eso fue, en el momento en que el muchacho se había quedado sin trabajo, tuvimos que adquirir esa plata para solventar lo del alquiler y unos días de comida, mientras que se colocaba en otro lado, pero no lo llamaron»(67).
Si bien, parte de las personas participantes contaban con préstamos en entidades reguladas o reguladas no supervisadas, el préstamo informal fue valorado una opción al considerarse que presentaba menos tramitología y al suponer(68) que carecían de requisitos para solicitar dinero en una entidad formal:
(…) si usted no tiene un seguro, si usted no tiene una orden patronal, a usted no le van a dar pelota a los 24 años. (…) Si usted llega nada más con la carita ahí a decir «ay, ¿me prestan?», no así no funciona, entonces yo creo que eso lo lleva a uno más a buscar y por fuera, verdad, a la gente que le facilita a uno el dinero. ¿Ellos no piden mucho, ellos solo quieren saber dónde vive usted y más o menos de su vida ¿Verdad? Como que la casa sea suya, conocer a alguien de su entorno.(69)
Lo anterior, sumado a un débil o nulo control presupuestario y poca práctica del ahorro de las mujeres participantes por motivo de los escasos e irregulares ingresos percibidos: «Prácticamente que el presupuesto es para gastos de recibos y alimentación de casa, después de ahí no hay ahorros»(70).
La figura del crédito no es un fenómeno reciente ni tampoco se encuentra necesariamente al margen de la normativa. En este caso, las personas prestamistas en la investigación fueron referidas por familiares o al ser abiertamente conocidas en sus comunidades; no obstante, la referencia de familiares se centró en discursos asociados con la facilidad de acceso al dinero, no en un reconocimiento real de quien operaba dichos préstamos.
Algunos de los prestamistas -identificados como hombres por las personas participantes- operaban bajo estructuras organizativas en las que, existen personas dedicadas al cobro (en persona, por llamada o mensaje de WhatsApp) y otras que a través de la cédula corroboran con contactos los antecedentes de pago de la persona. Aunado a ello, las mujeres participantes aludieron desconocer la fuente del dinero y determinados prestamistas llegan a denominarse empresas para dotar al proceso de cierta formalidad.
La verdad es que no sé ni cómo se llama, porque la que trabaja con ellos es mi sobrina, mi sobrina trabaja cobrándoles a ellos, a las personas por mes. Entonces, por medio de ellas aquello me di cuenta que ellos prestaban dinero. Sí, no lo vi como tan grave y está mal. (…) yo sinceramente no sé ni cómo se llaman ni quiénes son, porque los que los conoce es mi sobrina.(71)
La configuración del crédito informal en las personas participantes ostenta una serie de características, resumidas en la Tabla 3.
Persona | Cantidad de préstamos informales | Monto solicitado en colones | Plazo | Cuota / Tasa de interés | Garantía establecida | Contrato | Documentos solicitados |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Persona 1 | Reiterados | Entre 100 000 y 500 000 | Indefinido | 25 000 por cada 50 000 solicitados | Ninguna | Verbal | Ninguno |
Persona 2 | Reiterados | 300 000 | 3 meses | 5% aproximadamente | Ninguna | Escrito | Ninguno |
Persona 3 | 2 | 60 000 y 150 000 | Indefinido | 10 000 y 30 000 por quincena | Ninguna | Verbal | Cédula |
Persona 4 | 1 | 200 000 | Indefinido | 15 000 por mes | Ninguna | Verbal | Cédula |
Persona 5 | 2 | 50 000 y 300 000 | Indefinido | 7500 por semana y 10 000 por mes | Ninguna | Verbal | Cédula |
Persona 6 | 1 | 200 000 | 6 meses | 20 000 por quincena | Ninguna | Escrito | Cédula |
Fuente: elaboración propia, 2023.
A raíz de las características descritas, no todos los préstamos -en el caso del grupo participante- cumplen con las características del sector informal no regulado ni supervisado, tampoco pueden llegar a considerarse gota a gota.
Los montos solicitados se consideran microcréditos, destinados a actividades de subsistencia y, en casi todos los casos, otorgados en efectivo; no obstante, el plazo fue establecido en un periodo máximo de 6 meses o de forma indefinida, sujeto al momento en el que las personas lograsen subsanar el monto prestado: «nada más me ha dicho a mí, siempre y cuando usted tenga lo que yo le presto, me lo devuelve. Eso sí, con los intereses no me puede fallar»(72).
En aquellos casos en los que la deuda fue adquirida pero no saldada por las parejas de las personas participantes, los prestamistas se las adjudicaron a estas últimas sin posibilidad de no hacerles frente:
Que él quería la moto de mi novio para para pagar la plata y él llegó a mi casa y me dijo que si podía llevarse la moto y yo le dije que no. Él me dijo que «¿Entonces qué?» ¿Entonces quién le iba a pagar? Y yo le dije «no, si usted quiere, yo le pagó 10,000 por semana si quiere y si no, entonces espera que se resuelva usted con él».(73)
Por lo general, la deuda adquirida por las mujeres participantes fue cobrada en efectivo en el mismo domicilio de las personas que solicitan el crédito, lo que permite lavar el dinero en los casos asociados con fuentes no fidedignas; más recientemente, a algunas personas se les ha abierto la posibilidad a realizar transferencias por medio del Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE), a pesar de ser una transferencia fiscalizada por entidades financieras reguladas:
Me lo daban en efectivo y tenía unas tarjetitas. Usaba unas tarjetitas de colores y ahí anotaba, cuando venía yo le pagaba, anotaba. Era unas tarjetitas que usaban un bolsito en la comuna (…) ¿Cómo unas fichas ajá así y creo que eso lo venden? Sí, sí, sí, pero si anotaba la fecha, un lado, mi nombre y el monto que me presentó en una fichita de colores, recuerdo que eran celeste, rosa, beige, eran varias.(74)
Durante el tiempo que las personas participantes no lograron saldar su deuda, se mantuvo el cobro de las cuotas que refería únicamente a intereses; el establecimiento del monto de la cuota no involucró un cálculo formal de la denominada tasa de interés, sino a lo establecido por decisión meramente del prestamista: «No, no me explicaba nada, solo me decía «si yo le presto 50,000 le cobro 25,000. ¿Si quiere lo acepte y si no entonces?».(75)
Si bien, no existió ninguna garantía abiertamente establecida y el único documento solicitado a las mujeres participantes fue el documento de identidad (cédula), en algunos casos las personas llegaron a firmar un contrato escrito -lo que dota de formalidad al proceso de cobro de la deuda-:
(…) hasta un tiempo para acá creo que se lleva un control más así, pero él solo con eso, incluso solo firma él. (…) a veces llevaba, digamos, «el papel pagaré». ¿Para que una tía de nosotros le leyera, digamos, o le dijera cuánto fue esta fecha cuándo? (…) cuando ya pasó lo que nos pasó fue que él se espabiló más, digamos, empezó con otra a trabajar con un abogado.(76)
No obstante, la formalidad a nivel contractual no resta que algunas de las personas hayan experimentado mecanismos coercitivos, de presión y preocupaciones constantes para cumplir el pago de los compromisos financieros asumidos, caracterizándose por mensajes con contenido indirecto: «Él se me acercó una vez a la ventana de mi carro y me dijo: «¡Qué lindo está tu carro parce! No sé qué, pero tiene llavines Yale ¿Verdad?» Y yo sentí que de esa manera él me dijo a mí como que él sabía»(77); haber sido sujetas de engaños y confusiones(78), recibir mensajes de texto amenazantes o enviárselos a otros familiares: «Él le agarra por decirme que no le gustaba que lo agarraren de mona, que me iba a mandar los muchachos de él, que no me escondiera porque ellos siempre tienen gente en todos lados, esas cosas así»(79).
Resulta interesante como en ninguno de los casos, las personas participantes optaron por denunciar a los prestamistas ante las autoridades judiciales, debido a que consideran que han logrado negociar la deuda y cubrir al menos el pago de intereses.
Finalmente, fue común, entre las personas participantes, el asumir qué les podría pasar si no cumplían con el pago de la deuda, por hechos vividos no necesariamente por experiencia propia, sino a través de lo acontecido a otros/as familiares o por el temor de lo comentado en sus comunidades.
De hecho ellos eran vecinos de míos (…) Y sí, varias veces se oía el pleito del escándalo y una vez hasta balacearon la casa porque el muchacho no les pagaba y desaparecen a los adultos mayores y han llegado a cobrarles. «¿Pero y los señores que me van a pagar, verdad?» Y yo le dije que no estaban ahí, que no estaban ahí, no me creían y siempre decían «huyan» a los señores asustándolos y amenazándolos (…) pero sí he escuchado que tienen esa costumbre. De que si no pagan, entonces ellos mandan a alguien donde el cliente, armado, para que pague.(80)
Lo expuesto evidencia una afectación en la subjetividad de las personas entrevistadas, quienes, resultado del temor construido con base en los comentarios escuchados en sus espacios locales y no necesariamente la materialización directa del daño hacia ellas, se mantenían expectantes y tomaban las previsiones del caso.
Conclusiones
El endeudamiento informal es un fenómeno en boga dentro de las noticias nacionales e internacionales, pero poco estudiado en Costa Rica. Los antecedentes internacionales expuestos evidenciaron tendencias asociadas con la historia del gota a gota y vulnerabilidad de las personas que optan por solicitar dinero en el sector informal.
El préstamo es una práctica común en diferentes sociedades y antecede al contexto capitalista actual; no obstante, la reproducción de las condiciones de vida a través del dinero cobra mayor relevancia en un momento en que el salario o ingresos se tornan insuficiente para aquellos sectores vulnerables que se encuentran privados del mercado laboral o se han visto históricamente excluidos del sistema educativo.
Para las ciencias sociales, el endeudamiento informal se constituye en un espacio de estudio poco desarrollado; de manera somera, el artículo recupera reflexiones basadas en un enfoque de derechos humanos y ciudadanía de consumo, en aras de no caer en una lectura individualista o culpabilizadora que atañe total responsabilidad en las personas que optan por solicitar dinero a prestamistas informales.
En el caso de las mujeres costarricenses participantes de la investigación, el préstamo informal es una expresión más de los altos niveles de endeudamiento que enfrenta la población a nivel nacional y se constituye en el último eslabón de una serie de irregularidades, en las que las personas se encuentran a expensas de las decisiones y criterios del prestamista. Al centrarse los estudios estadísticos recopilados en datos asociados con el endeudamiento formal y existir investigaciones esporádicas de sector informal, se denota un subregistro de información que no puede dar cuentas de la magnitud del fenómeno en el caso costarricense.
La relación que se planteó permitió tipificar al sector formal en entidades financieras y reguladas no supervisadas, mientras al sector informal en regulados y no regulados ni supervisados. Más allá de los alcances en materia de protección al denominado consumidor financiero, la tipificación efectuada permitió comprender cómo, las personas participantes que se endeudaron en el sector informal no regulado ni supervisado, se encontraron a expensas de las relaciones y negociaciones que entablaron con los prestamistas.
Con base en el proyecto de ley expediente Nº 23 575, Ley para la regulación y sanción del delito de préstamo gota a gota, la única forma en la que el Estado costarricense pretende por el momento hacer frente al endeudamiento informal particularizado en el gota a gota, se constituye en una alternativa reactiva -más no preventiva- para la comprensión y tipificación de los actos en formas de delito, mas no para hacer frente a las situaciones que conllevan a las personas a optar por solicitar créditos en el sector informal.
La vivencia recopilada de las mujeres endeudadas en el sector informal es una ejemplificación singularizada de cómo se está reproduciendo el fenómeno en Costa Rica; en este caso, las personas participantes detallaron una serie de privaciones relacionada con la educación, empleo formal y conocimientos financieros.
Es decir, desde un enfoque de derechos humanos el acceso al consumo no se puede entender únicamente a partir del momento en el que las mujeres solicitaron en este caso el crédito informal; sino que, es resultado de una serie de privaciones, tanto desde la baja formación en el sistema educativo como de las escasas oportunidades de ingresar al mercado de trabajo, que conllevaron a que las personas participantes se encontraran en situación de pobreza o pobreza extrema.
Con base en los antecedentes investigativos como en la descripción del relato de las mujeres participantes se denotó una relación intrínseca entre pobreza y endeudamiento informal; dicha relación se gesta en una sociedad de base capitalista que fomenta el consumo por encima de la dignidad de las personas y denota el incumplimiento de una serie de derechos que desencadenaron en un momento determinado de su historia de vida, en la posibilidad de acceder al crédito informal como alternativa accesible de dinero requerido para reproducir sus condiciones de vida.
Si bien el género no fue una categoría central sino emergente durante el proceso investigativo -al haber sido únicamente seis mujeres las que mostraron interés en participar de la investigación-, fue posible evidenciar cómo los préstamos informales solicitados tenían la finalidad de cubrir servicios básicos (agua, electricidad) o gastos inmediatos requeridos por el núcleo familiar (alimentación, educación y pago de alquiler). Es decir, más que solicitar dinero para adquirir bienes que mejorasen su estatus o calidad de vida (vivienda, vehículo), las mujeres participantes los adquirieron como estrategia de sobrevivencia ante las carencias enfrentadas por otras personas integrantes de sus familias, principalmente su pareja o personas menores de edad dependientes.
En relación con la figura del crédito catalogada como micro crédito, esta se encontró sujeta a plazos y condiciones definidas únicamente por criterio de la persona prestamista; espacio en el cual, se evidenciaron mecanismos coercitivos de presión y violación a la integridad de la persona (amenazas, daño físico) para pagar la deuda.
Las alternativas para hacer frente al endeudamiento informal, según lo expuesto por organismos nacionales e internacionales, se encuentran asociadas a una mayor inclusión y educación financiera; no obstante, las privaciones de derechos que enfrentan las personas participantes que accedieron al sector informal van más allá del acceso a la bancarización y requieren comprender los retos que enfrenta la población para reproducir sus condiciones de vida, en una sociedad en la que prevalecen las relaciones a partir del dinero y en las que, sectores asociados a prácticas ilegales como el narcotráfico o mecanismos violentos, encuentran una forma de lucrar con las necesidades humanas.
Finalmente, la investigación abre paso al desarrollo de potenciales nuevas iniciativas al cuestionarse la proliferación del endeudamiento informal en sectores que sí acceden al sector regulado, niveles de conocimiento en torno a educación financiera en Costa Rica, la inclusión y exclusión de sectores vulnerables desde las entidades reguladas por la SUGEF y la necesidad de problematizar la responsabilidad del Estado costarricense en la proliferación del endeudamiento formal e informal.