[article pii=nd doctopic=oa language=es ccode=br1.1 status=1 version=3.1 type=tab order=03 seccode=RD020 sponsor=nd stitle="Rev.Diálogos" volid=10 issueno=02 dateiso=20100000 fpage=83 lpage=108 issn=1409-469X][front][titlegrp][title language=es]Consideraciones sobre el mercado laboral en Costa Rica y Colombia: una aproximación a los casos Nacionales[/title][/titlegrp]

 

[authgrp][author role=nd rid="a01"][fname]Francisco[/fname] [surname]Torres Gómez[/surname][/author][/authgrp]

[aff id="a01" orgname="Universidad de Medellín"]Francisco Torres Gómez. Profesional en Comunicación y Relaciones Corporativas, Universidad de Medellín, Colombia. Máster en Estudios Latinoamericanos por la Universidad Nacional de San Martín, Argentina. Correo electrónico:[email]ftorres24@gmail.com[/email][/aff]


Dirección de correspondencia.



[bibcom]Abstract

[abstract language=en]This paper analyzes the work situation in Costa Rica and Colombia through the review of the labour law’s of each country. At the same time, it takes some of the statistics of International Labour Organization (ILO) build for the region about this topic. The purpose of that is to count with element that allow to compare the reality of the labour market, learn lessons, and understand in a clear way how it shows the phenomenon in the this countries and find out If Colombia and Costa Rica are advancing to the gold of decent labour conditions for the workers.[/abstract]

Keywords: [keygrp scheme=decs][keyword type=m language=en]Labour market[/keyword], [keyword type=m language=en]labor scene[/keyword], [keyword type=m language=en]laws[/keyword], [keyword type=s language=en]Colombia[/keyword], [keyword type=s language=en]Costa Rica[/keyword], [keyword type=m language=en]Decent Labour[/keyword][/keygrp]

Resumen


[abstract language=es]Este artículo analiza la situación del mercado laboral en Costa Rica y Colombia a través de la revisión de los marcos legales existentes en dichos países. Al mismo tiempo se tomará los resultados estadísticos que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) elabora para la región respecto al tema, esto con el fin de contar con elementos de comparación que permitan interpretar la realidad del mercado laboral, extraer lecciones y comprender de manera clara cómo se presenta este fenómeno en los países seleccionados. Así las cosas contar con suficientes elementos que indiquen si en Colombia en Costa Rica se avanza hacia la obtención por parte de los trabajadores del Trabajo Decente.[/abstract]

Palabras claves: [keygrp scheme=decs][keyword type=m language=es]Mercado laboral[/keyword], [keyword type=m language=es]panorama laboral[/keyword], [keyword type=m language=es]legislación[/keyword], [keyword type=s language=es]Colombia[/keyword], [keyword type=s language=es]Costa Rica[/keyword], [keyword type=m language=es]Trabajo decente[/keyword][/keygrp][/bibcom][/front]



[body]Presentación

Las reformas estructurales de principios de los 90 fueron denominador común en los estados latinoamericanos, sin embargo la aplicación y profundidad de su ejecución presentó varianzas significativas en cada uno de los países de la región. Entre estas, un tema de la mayor importancia fueron las reformas a la normatividad laboral. A partir de la parcial eliminación, o en algunos casos supresión, del Estado de Bienestar, y la emergencia del mercado como eje central, los estados nacionales modificaron sus leyes con el fin de adaptarse a este nuevo panorama.

La aplicación de dichas reformas se realizó inicialmente con el fin de mejorar las condiciones laborales al tiempo que se creía posible aliviar la carga fiscal de los estados que, bajo la lógica neoliberal, se habían vuelto insostenibles financieramente, todo esto vía privatización, fomento a la inversión extranjera directa y promoción de las pequeñas y medianas empresas. Los años han demostrado que dicho propósito no fue alcanzado. En mayor o menor medida el panorama laboral actual en la región dista mucho de la calidad esperada por los trabajadores. Por el contrario, a medida que pasan los años y las reformas se profundizan cada vez más, la calidad en el empleo y por ende la calidad de vida se precariza. Hasta el 2008, si bien la región se encontraba en un lustro de expansión económica y algunas cifras laborales empezaron a mostrar mejoría, no es posible afirmar que la tendencia acrecentada en los 90 presente signos reales de cambio estructural, ahora bien, habrá que evaluar con fuerte atención los impactos que la crisis económica mundial de 2009 traerá a los trabajadores de la región.

El propósito de este artículo es analizar la situación del mercado laboral en Costa Rica y Colombia a través de la revisión de los marcos legales existentes en dichos países. Al mismo tiempo se tomará los resultados estadísticos que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) elabora para la región respecto al tema, esto con el fin de contar con elementos de comparación que permitan interpretar la realidad del mercado laboral, extraer lecciones y comprender de manera clara cómo se presenta este fenómeno en los países seleccionados. Así las cosas contar con suficientes elementos que indiquen si en Colombia o en Costa Rica se avanza hacia la obtención por parte de los trabajadores del Trabajo Decente.

Colombia y Costa Rica

Estos países fueron seleccionados porque es posible encontrar elementos de análisis que permiten realizar comparaciones: tanto Costa Rica como Colombia presentan, en términos formales, unas de las democracias más consolidadas de América Latina y han mantenido una buena estabilidad política pese a las dificultades en el plano económico y social de las últimas dos décadas. Al mismo tiempo presentan diferencias profundas. Costa Rica fue el primer país en abolir el ejército (1948), mientras que Colombia aún vive bajo un conflicto social de carácter armado que se encuentra entre los más antiguos del mundo y que no presenta indicios claros de finalizar en el mediano plazo. Asimismo, si bien son economías que en términos macroeconómicos han funcionado de manera afortunada en los últimos años, también presentan diferencias sociales importantes. Costa Rica cuenta con uno de los mejores Índices de Desarrollo Humano de Latinoamérica, en contraste, Colombia muestra un IDH bajo, lo cual ofrece un primer diferenciador importante en la calidad de vida comparada entre estos países.

Los datos iniciales empiezan a marcar algunas diferencias en términos generales. A continuación, se desarrollará bajo el mismo esquema los aspectos en materia laboral reseñados previamente (normatividad y panorama) con el fin de encontrar similares hallazgos.

Normatividad laboral: Colombia y Costa Rica

Los códigos laborales costarricense y colombiano son contemporáneos (1943 y 1950). La promulgación del Código del Trabajo en Costa Rica se dio bajo la presidencia de Rafael Ángel Calderón (1940 - 1944), bastante polémica porque si bien tuvo un carácter reformista es innegable el papel histórico que el mandatario terminaría desarrollando en la historia costarricense al llevar a cabo un rol protagónico en la guerra civil de 1948. En el caso colombiano, el Código Sustantivo del Trabajo sale a la luz durante la administración conservadora de Laureano Gómez en plena época de la violencia, luchas partidistas y conformación del conflicto armado moderno.

En este aparte se identificaran elementos medulares de cada uno de los códigos laborales costarricense y colombiano1, con el fin de establecer posibles diferencias entre ambos marcos jurídicos. Por limitaciones de espacio, el texto se centrará de manera general en los siguientes aspectos: Principios generales del derecho, contrato de trabajo, jornada de trabajo, vacaciones, salario, suspensión y/o terminación del contrato laboral, riesgos profesionales, trabajo adolescente, libertad sindical, negociación colectiva, conflictos colectivos y sindicalización en empleados públicos.

En términos generales la filosofía que inspira los códigos es similar. Fundamentalmente buscan la armonía en las relaciones de trabajo y favorecen el mínimo de derechos y garantías para los trabajadores. Es significativo el hecho de que Costa Rica reconozca, dentro de sus posibilidades jurídicas, el proteger a trabajadores costarricenses fuera del país bajo las condiciones previas establecidas.

Para efectos jurídicos no existen diferencias sustanciales en la concepción de lo qué es un contrato de trabajo. La revisión de la normatividad muestra que se conciben de manera similar y que las diferencias son mínimas. No obstante, se presenta un tema crítico: el caso de los contratos de servicios y por outsourcing. Más allá de la definición normativa que muestra similitud, tanto en el caso colombiano como en el costarricense existe un alto de riesgo de mala utilización del contrato de tercerización propiciando su uso para evadir la responsabilidad prestacional de los empleadores. En la misma línea, el contrato de aprendizaje colombiano, si bien es una alternativa interesante para insertarse al mercado laboral, el hecho de que su duración máxima sea de 3 años puede redundar en abuso de esta forma de contratación para evitar pagar salarios altos a profesionales calificados.

Respecto a la jornada de trabajo, Costa Rica y Colombia mantienen una jornada estándar de 8 horas diarias y 48 horas a la semana. Sin embargo, y esto no es un tema menor, es significativo el caso colombiano donde se concibe la jornada diurna hasta las 10 p.m. (reforma laboral 20022), pues esta medida lejos de favorecer las condiciones laborales de los trabajadores propicia su detrimento al eliminar al asalariado la posibilidad de recibir el pago de horas que históricamente fueron consideradas nocturnas.

En este caso es claro que en Colombia, al referirse en términos de días hábiles y no por semanas le da al trabajador la oportunidad de contar con mayor tiempo de descanso. Con todo, el permitir la acumulación de periodos de vacaciones a los trabajadores atentaría contra su calidad de vida al no propiciar el descanso necesario tras el año laboral.

Se concibe de manera similar la noción de salario y salario mínimo. Sin embargo, Costa Rica regula el pago del salario mínimo y ofrece garantías jurídicas a los trabajadores para restituir este derecho en caso de ser violentado. El código laboral colombiano presenta vacíos en esta materia. Sobre los montos actuales del salario mínimo en Colombia y Costa Rica se volverá en la siguiente sección del texto.

En cuanto a la suspensión y/o terminación del contrato laboral, las regulaciones son suficientes para trabajadores y empleadores, sin mostrar diferencias significativas.

En el caso de los riegos profesionales se observan grandes diferencias entre el caso colombiano y el costarricense. El régimen laboral del país centroamericano ofrece mayor cobertura de los riesgos en el trabajo, protegiendo incluso el trayecto hacia el sitio de labores, lo cual corrobra el hecho de que Costa Rica tenga un régimen de bienestar de alta calidad y que su Índice de Desarrollo Humano sea considerado alto por Naciones Unidas. Por el otro lado, el caso colombiano, si bien muestra cobertura, muestra también ambigüedad. Esto se corrobora en el hecho de que la administración de la salud en Colombia venga en franco deterioro a partir de la promulgación de la Ley 100 de 1993, que bajo los parámetros neoliberales privatizó un sector neurálgico para el país como fue la salud, pensiones y, en general, todo lo relacionado con la seguridad social de los colombianos.

Si bien los dos países permiten el trabajo adolescente y establecen regulaciones sobre cómo debe ser conducido para evitar abusos. A diferencia del caso costarricense, que establece un límite claro con respecto a la edad mínima de trabajo (15 años), Colombia no lo hace dejando un umbral incluso menor a los 14 años dependiendo de las circunstancias, lo cual plantea un tema serio en la agenda, no solo de estos países, sino a nivel internacional: el trabajo infantil.

El tema sobre las libertades sindicales cobra importancia en los dos países seleccionados, si bien la normatividad legal establecida en los códigos laborales está diseñada para proteger y preservar el derecho de asociación, la realidad muestra indicios que no concuerdan con lo promulgado en las normas. Tanto los códigos costarricense como colombiano tienen en su contenido la protección positiva de los sindicatos y sus miembros, el libre derecho de asociación, el fuero sindical, los mecanismos para la resolución de conflictos y el derecho a la huelga, sin embargo es evidente que, más allá de la norma, existe un sesgo estigmatizador hacia el sindicalismo que se presenta con mayor o menor fuerza en los países objeto de estudio.

En Costa Rica por ejemplo, es clara la tendencia a ejercer presión sobre la conformación de sindicatos, si bien en 1992 el sindicalismo logró la aprobación de la Ley 7360 sobre fuero sindical y lograron incluir el tema de las libertades sindicales en la agenda de la Concertación Nacional en 1993, muchas medidas no fueron aprobadas o ni siquiera fueron redactadas en proyectos. Así, hacia 2001 una Comisión de la OIT subrayó que “desde hacía años, la Comisión de Expertos y el Comité de Libertad Sindical venían constatando divergencia entre la legislación nacional y las prácticas nacionales -encontrando que - existen grandes deficiencias en materia de protección efectiva del derecho, en muchos casos por ausencia de procedimientos adecuados para tal efecto, o bien por regulaciones deficientes o confusas.”3

El caso colombiano es aún más preocupante. “Colombia atraviesa por una muy particular situación política que contribuye a consolidar un ambiente hostil para el ejercicio de los derechos laborales y las libertades sindicales: En primer lugar, el proceso de reestructuración de los grupos paramilitares y la crisis por la que atraviesa el proceso de paz con estos grupos, mantiene el nivel de amenazas y hechos violentos contra el sindicalismo, lo que se ve agravado por una práctica cada vez más común y recurrente del Presidente de la República y de altos funcionarios y funcionarias del gobierno, que realizan declaraciones en contra de la legitimidad del sindicalismo, vinculándolo con los grupos guerrilleros, o justificando la violencia antisindical como una violencia entre los actores armados del conflicto, señalando de paso que el sindicalismo es parte de alguno de ellos”4. Con todo, no es gratuito que la OIT y varios organismos internacionales hayan declarado al país como el lugar más peligroso del mundo para ejercer la actividad sindical.

La recurrente amenaza a las libertades sindicales que caracterizan a estos países afecta la negociación colectiva. Al estar insertos en un entorno que busca coartar la libertad sindical y desestimular la proliferación de movimientos de trabajadores es claro que, más allá de lo expresado en las normas, la negociación colectiva se encuentra en franco declive. El caso colombiano se agudiza más debido al conflicto armado del cual los sindicatos son víctimas importantes. Asimismo figuras legales como el Pacto Colectivo, cuya finalidad misma se traduce en el desestímulo a la afiliación a movimientos sindicales atentan contra la negociación colectiva. La figura del Contrato Sindical, si bien está presente, es casi inexistente en la práctica.

Basado en lo anterior, la consecuencia lógica es asumir que los conflictos colectivos y, esencialmente, la facultad de los trabajadores para reclamar por la restitución de sus derechos presenta importantes fracturas en la práctica. Con todo, la supresión del esquirolaje, típico varias décadas atrás, es una importante victoria de los trabajadores. Por otro lado, la figura del paro en Costa Rica es interesante, pues regula de manera explícita la posibilidad de los empleadores a parar por sus derechos, el caso colombiano no muestra ninguna reglamentación al respecto.

En última instancia, la observación de las normas como la realidad laboral de los dos países permite reafirmar la existencia de un fuerte sesgo antisindical, por desgracia, no es posible profundizar sobre el tema en este texto, así que se marcan algunas líneas generales al respecto.

Por último, en el tema de los servidores públicos no existen diferencias significativas en cuanto a su regulación. En Colombia y Costa Rica estos se guían por disposiciones distintas a los códigos laborales y, si bien tienen posibilidad del derecho de asociación, la huelga y el reclamo de sus derechos no tienen las mismas libertades que el resto de la base trabajadora.

Panorama laboral: Colombia - Costa Rica

Una vez revisados los aspectos generales de la normatividad laboral para Colombia y Costa Rica se pasa a la segunda parte de este texto que busca interpretar la situación actual del mercado laboral en los países seleccionados. Para esto, se recurre principalmente a los datos estadísticos que ofrece la OIT en su texto anual Panorama Laboral 2007. Esta publicación recoge de manera sistemática los resultados de la Encuesta Nacional de Hogares elaborada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) en Colombia y por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos en Costa Rica (INEC).

Salario mínimo

En Colombia el salario mínimo legal vigente5 está fijado actualmente alrededor de USD$ 230 por mes, ubicándose dentro de la media de la región. Costa Rica es el país que más alto paga el salario mínimo6 en Centroamérica, USD$ 243 por mes. Ahora, si bien comparativamente Colombia y Costa Rica muestran un salario mínimo similar, es importante tener en cuenta la ventaja en la paridad del poder adquisitivo (PPA) del país Centroamericano. A los costarricenses les alcanza más con su salario mínimo que a los colombianos. Con todo, los salarios siguen estando muy por debajo de los más altos en la región (Argentina y Venezuela).

Costo de vida

En términos del costo vida, los dos países muestran un claro descenso en los últimos once años, siendo más regular en Colombia, quien a partir del año 2000 muestra una inflación de solo un dígito.

Indicadores de desempleo

El caso costarricense muestra que en materia de desempleo ha mantenido un nivel de estabilidad en las últimas décadas sin presentar oscilaciones fuertes al alza o la baja en la tasa del desempleo nacional. Por el contrario, Colombia muestra un fuerte nivel de desempleo a finales de la década del 90, duplicando en 1999 la tasa de de 1990. Actualmente, si bien dista de la situación de Costa Rica, el caso colombiano ha presentado disminución en su tasa de desocupación. A nivel latinoamericano, Costa Rica siempre ha estado por debajo del promedio de la región. Colombia se ha ubicado por encima del promedio, a una distancia considerable de la media continental.

Ahora, es importante identificar dentro de este indicador el grado informalidad en el empleo. Se entiende por empleo informal aquel que “comprende a los trabajadores cuya relación de trabajo no está sujeta a la legislación laboral nacional, el impuesto sobre la renta, la protección social o determinadas prestaciones relacionadas con el empleo, ya se ocupen estos en empresas del sector formal, empresas del sector informal, o en hogares.”7 De acuerdo a la OIT el caso colombiano muestra una población de aproximadamente 51.5%, hacia el año 2006, que se encontraba en este sector de la economía. Costa Rica, hacia el año 2000, mostraba que un 32.8% de la población económicamente activa se encontraba en este sector.8 Por otro lado, el nivel de sindicalización en la población trabajadora de estos países es casi insignificante. De acuerdo a estadísticas del DANE (datos aproximados a 2005) de las 17’288.703 personas que componen la base trabajadora colombiana, sólo un 4,6% de ellas (831.047) pertenecían a un sindicato.9 En Costa Rica se presenta una situación similar, de los 1.8 millones de personas que componen la base trabajadora, solo 165.000 (9%) se encuentran sindicalizadas.10 Las cifras demuestran la fuerte renuencia hacia los sindicatos que se había mencionado en la primera parte del texto.

Conviene ahora centrar la atención en asuntos de género y empleo juvenil, temas de complejo manejo en los dos países.

Si se examina la tasa de desempleo por género es común a los dos casos que las mujeres terminen siendo las mayores perjudicadas por la falta de oportunidades laborales al ubicarse siempre por encima del promedio nacional.

La situación no presenta mejoría paras los jóvenes trabajadores, en ambos casos las tasas de desocupación para la población menor de 24 años es excesivamente elevada respecto al promedio nacional, llegando en algunos años de la muestra a superarlo casi en un 100%.

Indicadores de ocupación

En términos de participación y ocupación, la relación entre la población económicamente activa y el número de personas que integran la población en edad de trabajar que se encuentra buscando su ingreso al mercado laboral (participación) o que ya está ocupada en el mismo (ocupación) no presenta diferencias sustanciales entre Colombia y Costa Rica. En términos generales, desde el 90 a la actualidad, las tasas presentan una evolución similar siendo ligeramente más altas en Colombia en términos de participación más no en ocupación. En ambos casos están muy cerca del promedio latinoamericano.

La observación del empleo urbano según la rama de actividad económica y sexo permite corroborar tendencias similares para ambos países. Inicialmente se observa un leve aumento en el sector de la agricultura, sin embargo no es significativo y se sostiene la tendencia a ser un trabajo esencialmente masculino. Los datos muestran también una disminución considerable en el empleo en el sector industrial; en este caso existen diferencias en cuanto a género en Colombia y Costa Rica, el caso colombiano muestra una distribución similar durante todo el periodo, el costarricense muestra que a partir de la reducción general se ha presentado una mayor reducción en el empleo femenino. El comercio, al igual que la agricultura, muestra un leve aumento pero en este caso la distribución en el empleo es similar entre hombres y mujeres. Transporte, almacenamiento y telecomunicaciones muestran un incremento sustancial de las cifras de 1990 tanto en Colombia (hasta 1995) como en Costa Rica (hasta 2000), a partir de este momento el empleo en este sector se estabiliza. Por último, es significativo el sector de los servicios que ubica la mayor cantidad de población en los dos países y que muestra un marcado crecimiento de más de 12 puntos porcentuales entre 1990 y 2006; este sector tiene una mayor participación del sector femenino al ubicarse por encima del 40% en los dos países y al mostrar reducción en la participación masculina al ubicarla aproximadamente en un 15%. El dato es relevante, pues aquí es donde se encuentran la mayor cantidad contratos por servicios profesionales o de outsourcing, lo cual serviría de indicio para pensar que la población ubicada en esta categoría hace parte de un sector casi informal, sin mayores protecciones a su seguridad social y que nuevamente las mujeres son las más afectadas por este problema.

Indicadores de Protección Social

En el caso de los trabajadores con protección de salud y/o pensiones se presentan las mayores diferencias. Si bien Colombia muestra un incremento sustancial en la protección de la salud, el caso de las pensiones es extremadamente preocupante: en 2006, 7 de cada 10 colombianos que hacían parte de la población económicamente activa no contaban con un programa de pensiones. Costa Rica, corroborando el hecho de contar un sistema de seguridad social líder en la región, muestra mejores cifras de protección, no obstante el nuevo siglo indica leves disminuciones en la protección social de los trabajadores. En ambos casos el sector no asalariado de la población económicamente activa (independientes) presenta signos preocupantes en seguridad social, claro está que es mucho más crítica la situación colombiana en comparación con la cobertura costarricense.

Conclusiones: ¿Avanzan Colombia y Costa Rica hacia el trabajo decente?


De acuerdo a la OIT, el trabajo decente se resume en “las aspiraciones de las personas en su vida laboral, aspiraciones en relación a oportunidades e ingresos; derechos, voz y reconocimiento; estabilidad familiar y desarrollo personal; justicia e igualdad de género.”11 En la misma línea este “puede ser sintetizado en cuatro objetivos estratégicos: principios y derechos fundamentales en el trabajo y normas laborales internacionales; oportunidades de empleo e ingresos; protección y seguridad social; y diálogo social y tripartismo.”12 Bajo esta concepción se concibe la importancia del trabajo decente como mecanismo para reducir la pobreza y lograr espacios más equitativos, inclusivos y sostenibles para los trabajadores sin importar el género, el sector de la economía al cual pertenecen ni la rama en la cual se desempeñan. Basado en lo anterior se pueden se pueden formular las siguientes conclusiones del ejercicio:
•    En primer lugar se debe marcar el carácter general nacional con que se aborda el texto. Sin lugar a dudas un estudio más profundo de carácter intranacional resultaría útil para una mejor comprensión del fenómeno que se ha tratado de describir.
•    En materia de normatividad laboral Colombia y Costa Rica presentan legislación similar con aparente mayor protección en el caso costarricense. Un elemento importante en este aspecto son las reformas que han sufrido los códigos en las últimas dos décadas respecto a la aparición de nuevas formas de contratación que, al buscar la flexibilización en el empleo, afectan de manera directa la calidad de vida de los trabajadores.
•    Si bien la concepción de los códigos laborales es de norma mínima para los derechos, se presentan algunos vacíos que afectan la forma de contratación y las libertades sindicales.
•    En cuanto al desempleo, es claro que se evidencia una mejor situación de lado costarricense que en el colombiano. Sin embargo, en ambos casos es contundente que los principales afectados por este tema son las mujeres y los jóvenes profesionales.
•    El elevado número de trabajadores en el sector informal es preocupante. Si bien en Costa Rica esta proporción es menor, los dos países tienen un porcentaje alto de trabajadores informales, lo cual lo ubica lejos del concepto de trabajo decente impulsado por la OIT.
•    La libertad sindical no es un tema menor en ambos países. El fuerte sesgo antisindical ha propiciado una baja tasa de asociación, limitaciones al derecho de huelga y, en general, importantes violaciones al libre derecho de asociación.
•    Costa Rica tiene una ventaja importante en cuanto al tema de la protección social al mostrar altos indicadores de protección para su base trabajadora. Este es un tema crítico en Colombia que afecta a la mayoría de su población económicamente activa.[/body]



[back]Citas y notas

1 Para evitar dificultades en la lectura. En este aparte no se citará todos los ítems que se consignarán. Sin embargo se aclara que las fuentes en este caso son: Código de Trabajo de Costa Rica (1943) y Código Sustantivo de Trabajo de Colombia (1950). En ambos casos se tendrán en cuenta las reformas posteriores.

2  Para mayor información puede ver la Ley 785 de 2002.

3  Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados -ANEP-. “Cronología de hechos sobre libertad sindical a partir de la Concertación Nacional”. [en línea]. Disponible en: http://www.anep.or.cr/leer.php/751

4  Central Unitaria de Trabajadores de Colombia. “Los derechos laborales y las libertades sindicales en Colombia”. Gente Nueva, p. 15

5  Decreto 4965 de 2007. Presidencia de la República de Colombia.

6  Decreto 34114-MTSS de 2007. Presidencia de la República de Costa Rica.

7  Organización Internacional del Trabajo. Panorama Laboral 2007: América Latina y el Caribe. OIT. p. 27.

8  Davis, Shelton; Estanislao Gacitúa y Carlos Sojo (Edits.) .2004. Desafíos del desarrollo social en Centroamérica, San José: FLACSO, Proyecto Estado de la Región. “El desafío de la equidad social”. En: El Proyecto. Segundo Informe sobre Desarrollo Humano en Centroamérica y Panamá, San José: El Proyecto, 2003, p. 67.

9  Central Unitaria de Trabajadores de Colombia, “Los derechos laborales”…p. 82.

10  Diario Nación. Disminuye afiliación de trabajadores ticos a sindicatos. [en línea] Disponible en: http://www.nacion.com/ln_ee/2007/junio/21/pais1140362.html. Junio 21 de 2007.

11  Organización Internacional del Trabajo. “Trabajo decente para todos”. [en línea] Disponible en: http://www.ilo.org/global/About_the_ILO/Mainpillars/WhatisDecentWork/lang--es/index.htm

12  Organización Internacional del Trabajo. Trabajo decente…


Correspondencia a: Francisco Torres Gómez: Profesional en Comunicación y Relaciones Corporativas, Universidad de Medellín, Colombia. Máster en Estudios Latinoamericanos por la Universidad Nacional de San Martín, Argentina. Correo electrónico:ftorres24@gmail.com

 


[bbibcom][hist]Fecha de recepción: [received dateiso="20090526"]26 de mayo 2009[/received] - Fecha de aceptación: [accepted dateiso="20090918"]18 de setiembre 2009[/accepted][/hist][/bbibcom]


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