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Actualidades Investigativas en Educación

On-line version ISSN 1409-4703Print version ISSN 1409-4703

Rev. Actual. Investig. Educ vol.13 n.3 San José Sep./Dec. 2013

 

Educación musical, discapacidad y necesidad e intereses de la niñez y la adolescencia: un análisis a partir del enfoque  de derechos humanos

Musical education, disability and needs interests of childhood and adolescence: an analysis based on the human rights approach


Consuelo Arguedas Quesada1*

*Dirección para correspondencia:

Resumen

Este artículo surge de la investigación que realiza la autora en la Maestría en Derechos Humanos de la Niñez y la Adolescencia, la cual pertenece al Programa de Estudios de Posgrado en Trabajo Social de la Universidad de Costa Rica. En él se plantea la educación musical como un Derecho de la Niñez y la Adolescencia y, en igual forma, como un instrumento para el logro de otros Derechos Humanos, a partir del análisis de las necesidades e intereses de estas poblaciones. Además, se presenta en este documento la parte de la metodología correspondiente a la indagación de documentos físicos y electrónicos que enriquecieran la temática en estudio y que, al mismo tiempo, reafirmaran la importancia de una educación musical vivencial, en la cual se implementen estrategias lúdicas que favorezcan la creatividad y la participación de las personas sin ningún distingo. Asimismo, se proponen las categorías en las que se fundamenta el tema: Educación Musical y Paz, enfoque de Derechos Humanos y discapacidad y necesidades e intereses de la Niñez y la Adolescencia. Tanto en el nivel de la investigación como de este artículo, se pretende compartir esta información con docentes de Educación Musical, padres y madres de familia de niñas, niños y adolescentes en condiciones asociadas o no con discapacidad, así como con cualquier otra persona interesada. Esto lo convierte en un insumo importante para los intereses que persiguen la Política Nacional para la Niñez y la Adolescencia Costa Rica 2009-2021, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Palabras clave: Derechos humanos, educación musical, discapacidad, necesidades de niñez y adolescencia, Costa Rica.

Abstract

 This publication emerges from the investigation performed by the author during her Master degree studies in Human Rights of Children and Adolescents, for the Graduate Program Studies in Social Work at the University of Costa Rica. It proposes musical education as a right of children and adolescents, and, at the same time, as a tool to obtain other Human Rights, based on needs and interests of those populations. Besides, it presents the corresponding methodology to obtain the physical and electronic documents that enriched the topic under study and, at the same time, reasserted the importance of a vivid musical education, in which playful strategies are implemented in order to reinforce people’s creativity and participation without any distinction. Likewise, this investigation describes the categories that give support to this topic, such as Musical Education and Peace, Human Rights Approach, disabilities and needs and interests of Childhood and Adolescence. It pretends to share this information with musical education teachers, parents of children and adolescents with or without disabling conditions, or other people interested in this topic. This makes it an important tool for the guidelines of the Costa Rican Childhood and Adolescence National Policy 2009-2011, the Convention on the Rights of the Child, and the Code of Childhood and Adolescence.

Key Words: Human rights, musical education, disability, needs of childhood and adolescence, Costa Rica.

1. Introducción

La elaboración del artículo se fundamenta en los datos obtenidos en la investigación de maestría denominada Análisis del modelo pedagógico musical que utilizan los Programas Especiales del Sistema Nacional de Educación Musical del Ministerio de Cultura y Juventud, en relación con las necesidades e intereses de sus estudiantes desde el enfoque de Derechos Humanos, los cuales permiten plantear que la educación musical es un derecho de la población infantil y adolescente.

Dicha afirmación se basa en que la primera estimula el desarrollo de habilidades mentales y destrezas motoras que inciden directamente en el crecimiento intelectual de la segunda, además, promueve la adquisición de valores y virtudes que la capacitan para desarrollar una sólida personalidad y entablar relaciones interpersonales positivas como parte de la sociedad. Asimismo, la vivencia musical brinda gozo y placer, suscitando el disfrute y la comunicación de emociones y estados de ánimo, lo cual eleva el espíritu de las personas, mediante la estimulación de la sensibilidad estética, la creatividad y el desarrollo humano.

Al mismo tiempo, la vivencia de la música forma parte del derecho a la recreación, el tener acceso a ella implica hacer valer lo establecido en los distintos instrumentos de Derechos Humanos en relación con el esparcimiento, como parte de su desarrollo integral. Las personas la necesitan aún antes de su nacimiento, debido a que la estimulación sonora es imprescindible no solo desde el componente auditivo y rítmico sino emocional, cognitivo y psicomotor. De igual manera, es inherente al ser humano al acompañarlo siempre como reflejo de su historia, de la expresión de sus sentimientos, deseos, logros, inquietudes, desacuerdos, certezas, actitudes y emociones.

Por tales razones, el artículo intenta ofrecer información actualizada sobre la Educación Musical como promotora de espacios de cumplimiento de los Derechos Humanos a partir de una educación holística.

2. Referente teórico

En este apartado, se considera necesario hacer referencia a los siguientes planteamientos, que se relacionan entre sí para dar paso a la creación de este artículo. Estos corresponden a Educación Musical, Enfoque de Derechos Humanos, discapacidad y necesidades e intereses de la Niñez y la Adolescencia.

Educación Musical y Paz. Teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la legislación de Derechos Humanos, la Educación para la Paz no puede quedar desligada en este artículo, pues a partir del planteamiento de los Cuatro pilares de la Educación de Delors (1997) se puede constituir una relación entre estos y las experiencias musicales, a saber:

Aprender a conocer a partir de la música. Desde esta perspectiva, se rescatan los planteamientos de Delors (1997), que se relacionan con la importancia de estimular el sentido crítico y favorecer la curiosidad intelectual, mediante el ejercicio de estrategias deductivas e inductivas. Por lo tanto, es importante decodificar el concepto de educación, propiciando aprendizajes que establezcan cambios y que permitan aprendizajes novedosos, significativos y que estimulen la creatividad de las personas.

En este sentido, llevar a la práctica experiencias musicales ayuda a comprender el entorno, facilitando la adquisición de aprendizajes desde el ámbito cognitivo, psicomotor y socio-afectivo; se incluyen por ejemplo, aspectos teóricos y rítmicos que, al mismo tiempo, estimulan la motora gruesa y fina; asimismo se incorporan nociones de historia, cultura y apreciación musical como incentivos para el desarrollo afectivo; entre otras muchas posibilidades. Al respecto, Hemsy (2002) manifiesta que la música es energía que moviliza integralmente al ser humano desde la etapa prenatal, la cual tiende a circular libremente en su interior para proyectarse luego, a través de las diversas vías de expresión. De esta manera, facilita la integración con otras áreas del currículo preescolar, escolar o de Educación Secundaria, al igual que permite la vivencia de estrategias pedagógicas para poblaciones con condiciones asociadas o no a discapacidad; en otras palabras, se propicia un conocimiento sistémico.

Aprender a hacer con la música. Desde el plano musical, este pilar educativo se debe entender como un proceso multidireccional no jerárquico, pues participar en acciones musicales corresponde a hacer música, vivirla e interiorizarla individual o colectivamente. Por lo tanto, la educación musical memorística y repetitiva debe trascender hacia espacios lúdicos, interactivos y de creatividad, en los que participen hombres y mujeres sin ninguna discriminación. Al respecto, Pascual (2006) comenta que “la educación musical es un derecho del ser humano y su enseñanza no debe estar reservada a una minoría privilegiada, en función de sus recursos o sus talentos excepcionales, sino que debe recibir un tratamiento serio desde la Educación Infantil” (p. 12).

Aprender a vivir juntos mediante la música. Se necesita ver la diferencia para llegar a la esencia humana, ya que de esta manera se favorece su descubrimiento y el respeto mutuo, por ende, el conocimiento de la persona misma y la eliminación de prejuicios hacia las demás. Tal y como comenta Delors (1997), es importante “enseñar la diversidad de la especie humana y contribuir a una toma de conciencia de las semejanzas y la interdependencia entre todos los seres humanos” (p. 99). Conviene, por lo tanto, crear objetivos comunes y proyectos cooperativos en los cuales la participación se mire entre iguales y el intercambio de argumentos esté siempre presente.

Por estas razones, al formar parte de un coro, una banda rítmica, un grupo de baile típico o una actividad de expresión corporal, se implementa la convivencia, el respeto a la diversidad en la toma de decisiones, a las formas de actuar de las personas y a la unicidad de seres irrepetibles. Según menciona Vargas (2010), la actividad musical facilita la integración de la persona al grupo en forma casi imperceptible, ya que en ella comparte juegos musicales, cantos, audiciones, o ejecuta instrumentos; actividades que le permiten mostrar sus habilidades y al mismo tiempo respetar la participación de los demás. Como consecuencia, desde la pluralidad se genera la iniciativa, la creatividad y la innovación como garantes de procesos de paz. De esta manera, surgen personas con libertad, con capacidad para decidir y con consciencia de que su identidad se construye desde sí y con los otros (Rubio, 1993).

Aprender a ser por medio de la música. Este principio implica saber quiénes somos y hacia dónde vamos. En este sentido, Delors (1997) opina que “la educación debe contribuir al desarrollo global de cada persona: cuerpo, mente, inteligencia, sensibilidad, sentido estético, responsabilidad individual y espiritualidad” (p. 100). En este proceso, es conveniente dar oportunidad a la exploración y a la libertad de pensamiento para actuar en diferentes circunstancias de la vida, empezando con el conocimiento de la persona misma, luego de manera interactiva con la familia y la sociedad.

Es así que la vivencia musical propone e instaura situaciones propias, al ofrecer experiencias que benefician la integralidad y propicia espacios de creación desde lo particular; la persona experimenta y desarrolla la imaginación. Dichas situaciones las puede realizar con objetos e instrumentos musicales, o materiales de expresión corporal, los cuales le posibilitan manifestar su subjetividad mediante efectos sonoros, ritmos o movimientos, inventar melodías o estimular la sensibilidad artística por medio de la apreciación de obras musicales. Todas estas acciones identifican a cada quien y colaboran con su aprendizaje. Por esta razón, Pascual (2006) menciona, que las actividades musicales favorecen experiencias que producen placer, en las cuales se valora la libertad, la creatividad y el componente lúdico a partir de los parámetros del sonido (timbre, altura, intensidad y duración), con la finalidad de que la persona disfrute su percepción y se exprese jugando con su cuerpo, con su voz o con diversos implementos sonoros.

La música: una alternativa en la restitución de derechos. Según Urrutia (1996), la paz representa un proceso de armonía social que se logra mediante la resolución pacífica de conflictos y la relación fraterna con la naturaleza. De esta manera, se hace semejante a un derecho humano, al considerarse inherente y multifacética en relación con las libertades humanas, ya que se obtiene si los derechos se ejercen y se respetan.

Es decir, hoy en día es importante poseer herramientas que permitan comunicarse con las y los demás, la música es una de ellas, ya que como manifiestan Panero y Aimeri (2001) “cuando hablamos de sentir, expresar y comunicar estamos hablando de lenguaje. La música es sonido, por lo tanto es un lenguaje sonoro” (p. 19); de ahí que desde la música se puede acceder al implemento de valores, creencias, actitudes y estrategias para promover soluciones no violentas a nivel individual o grupal. Es así que la expresión musical tiene afinidad con la Cultura de Paz, ya que se transmite en todas las relaciones sociales: familiares, escolares, étnicas, de género, de credo, políticas a nivel nacional o internacional, o como mecanismo preventivo en la violación de derechos.

También, representa una posibilidad para promover pactos y compromisos frente a las injusticias, guerras y enfrentamientos entre los pueblos, o la protección y cuidado hacia el planeta. Además, la expresión musical ofrece posibilidades para rescatar y proclamar los valores de la Paz que idealmente presenta Urrutia (1996): el respeto a la vida como valor fundamental y su negativa a segarla; la justicia ante los méritos y el esfuerzo; la tolerancia que posibilita la coexistencia con las diferencias étnicas, sexuales, culturales o ideológicas; la libertad colectiva o social; la solidaridad que accede el vínculo con otras personas y la ayuda mutua; la igualdad entre hombres y mujeres a partir de la educación, la política, el trabajo, la profesión y otras.

De esta manera, en situaciones de conflicto, la música es una alternativa para interceder ante la violencia, y facilitar espacios para su tratamiento en los diferentes momentos que plantea Galtung y que citan Domínguez, Sanseviero y Vázquez (2000): la rehabilitación o acercamiento al trauma, la reconstrucción, el tratamiento de las estructuras de paz, y la reculturación o acercamiento a la cultura de paz. Esto, en razón de que la música por sí misma es un lenguaje, una forma de comunicación, por lo tanto, permite expresar vivencias, hábitos, denuncias, creencias, actitudes, subjetividades y principios; incluso puede incidir en estrategias de mediación desde la toma de conciencia de la dignidad del ser humano, la aceptación de sí mismo y de las demás personas.

Al mismo tiempo, en diversas situaciones las y los individuos se sienten violentados ante la imposibilidad de realizarse en los distintos planos de su desarrollo, a causa de la violencia estructural. Entendida esta como el poder desigual que obstaculiza la obtención de calidad de vida que propicia en las personas situaciones de aislamiento, desconfianza e individualismo (Domínguez y otros, 2000). En este sentido, es importante considerar las cinco clases de violencia establecidas por la CIIP que mencionan estos autores, las cuales son motivo de conflictos sociales:

Colectiva o societal: grupos significativos de la sociedad participan de manera activa de la violencia directa.
Institucional: imposibilita la realización de potencialidades desde una institución o el Estado.
Estructural: las oportunidades de vida no son equitativas, porque los recursos están distribuidos de manera desigual.
Cultural: la diferencia se utiliza para desconocer la identidad e inferiorizar a la persona; se incluye la discriminación de género y de etnia.
Individual: se origina en la sociedad y se manifiesta de manera interpersonal. Incluye la violencia doméstica, la que se dirige hacia la población infantil, así como también se relaciona con fenómenos asociados al narcotráfico.
Pobreza: propicia la violencia directa o personal, que se origina desde un proceso complejo de integración social.

Teniendo como plataforma estos planteamientos, la intervención de estrategias musicales representa una alternativa para participar en procesos de paz positiva, mediante espacios de crecimiento cognitivo, personal y afectivo desde lo individual y lo colectivo, favoreciendo la participación, el entretenimiento, la autonomía, la educación y la libertad de expresión, como parte de las necesidades fundamentales de bienestar de las personas.

El Enfoque en Derechos. Se fundamenta en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), la Convención de los Derechos del Niño (CDN), el Código de Niñez y Adolescencia (CNA), la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, la Política Nacional en Discapacidad (PONADIS) y la Ley Amiga de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad.

Es así que desde el pensamiento de Alayón (1997) se rescata que “la perspectiva de construcción de derechos es la esencia de la edificación de la ciudadanía. Sin ejercicio pleno de derechos no hay ciudadanos, sino solo habitantes dóciles, disciplinados y resignados a que otros le edifiquen o destruyan su futuro” (p.21). De ahí que el tema de Derechos Humanos se cimienta socialmente, ya que responde a una obra histórica de las personas implicando avances y retrocesos, pues aunque hay leyes y Convenciones a nivel nacional e internacional, día con día se violentan en todo el mundo. Es decir, en la actualidad lo que debe acontecer es el cumplimiento de la legislación existente, en beneficio de todas las personas.

Al respecto, Alayón (1997) expresa: “los instrumentos jurídicos no siempre resultan suficientes para la efectiva concretización de los derechos. Por ello se torna imprescindible, el fortalecimiento de la conciencia de la ciudadanía para lograr el cabal ejercicio de dichos derechos, muchas veces solo consagrados en el papel” (p.27). Aunado a esto y haciendo un recuento de la Convención sobre los Derechos del Niño, vale la pena recordar el énfasis de algunos de sus artículos: no discriminación; interés superior del niño y la niña; aplicación de derechos; supervivencia y desarrollo; nombre y nacionalidad; reunión de la familia, libertad de expresión, retenciones y traslados, de pensamiento y religión; protección de la intimidad, contra el maltrato, y de la niñez sin familia, con discapacidad y refugiada; salud y nivel de vida; educación, ocio y cultura; protección al trabajo, al uso de drogas, a la explotación sexual, a los conflictos armados, a la tortura, recuperación y la reinserción social (UNICEF-Comité Español, 2008).

Al mismo tiempo, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos IIDH (2002) indica que los Derechos Humanos son:

condiciones que tiene toda persona, sin distinción de edad, sexo, raza, nacionalidad, clase social o forma de pensar, las cuales son necesarias para que se desarrolle plenamente en todos los campos de su vida, sin interferencias de las autoridades de gobierno, ni de otros ciudadanos, permitiendo vivir en igualdad, libertad y dignidad con otras personas. Por ello todas y todos pueden exigirlas, pues se adquieren desde el nacimiento. (p.11)

Además, conviene recordar que los Derechos Humanos se clasifican en derechos individuales y sociales. Los primeros responden a intereses particulares y cada quien los ejerce en su favor, por ejemplo, el derecho a la vida, a la libertad de opinión, de tránsito y de pensamiento. Por su parte los sociales, hacen referencia a intereses colectivos o de grupos sociales, como el derecho a la educación, la salud, la vivienda, la libertad de reunión y a un ambiente sano (IIDH, 2002).

En igual forma el IIDH (2002) establece que, atendiendo a su naturaleza, los Derechos Humanos se dividen también en civiles y políticos, económicos, sociales y culturales y derechos de los pueblos o de la solidaridad. De esta manera, los civiles y políticos protegen la integridad y libertad de las personas y la participación en asuntos políticos; lo que incluye la seguridad personal, el debido proceso en materia civil o criminal, la no detención arbitraria, derecho a la privacidad y a la propiedad, a la expresión religiosa de asociación o movimiento, a tener una nacionalidad y gozar de asilo en otros países, a ejercer el sufragio, y a prohibir la esclavitud, la tortura y los tratamientos degradantes.

Por otra parte, los derechos económicos, sociales y culturales se conocen como los Derechos de Segunda Generación, por ser los segundos en protegerse por las constituciones políticas (aunque algunos ya habían sido reconocidos por convenios internacionales). Implican el disfrute de condiciones de vida dignas relacionadas con la educación, la salud, salarios justos, descanso y jornadas de trabajo razonables, medidas de protección y seguridad social, protección a la familia y el derecho a participar en la vida cultural comunal y del país (IIDH, 2002).

El grupo de derechos de solidaridad o derechos de los pueblos, se les llama también Derechos de la Tercera Generación, por ser reconocidos posterior a los derechos económicos, sociales y culturales. Son aquellos que se identifican con la protección de las naciones como unidades culturales que habitan un territorio determinado, por ejemplo el derecho a la paz, a la autodeterminación, a ambientes sanos, sin contaminación y en desarrollo sostenible (IIDH, 2002).

Además, los Derechos Humanos “son universales, irrenunciables y jurídicamente exigibles. Conforman un cuerpo único, integral e indivisible” (IIDH, 2002, p.13), es decir, aunque se clasifiquen de distintas maneras, todos los derechos tienen la misma importancia. Por este motivo, para exigir que sean cumplidos se necesita que estén establecidos en la Constitución y en las leyes de los países, así, el Estado, a través del gobierno, se convierte en el principal responsable de garantizar su cumplimiento, para que las personas vivan y se desarrollen con dignidad. De ahí que Solís (2003) considera que el enfoque de derechos debe ser congruente con las transformaciones de la sociedad, donde el Estado garantice su atención, promoción, protección y vigilancia, mediante políticas públicas establecidas, dando paso a la participación activa y al desarrollo humano.

Al mismo tiempo, tener derechos significa también tener deberes; en otras palabras, estamos obligados a respetar los derechos humanos de las demás personas, ya que se expresan y se construyen en la vida diaria y en la relación con los y las demás. Por lo tanto, es necesario que el Estado, mediante las políticas públicas que implemente, lleve a cabo acciones afirmativas, entendidas como aquellas gestiones que permiten la aplicación en igualdad de oportunidades de los diversos instrumentos de DDHH, en poblaciones a las que se les han violentado sus derechos por situaciones discriminantes, pudiendo persistir en el futuro y como consecuencia coloca a estas personas en situación de desventaja frente a la sociedad (León y Holguín, 2004).

Por tales razones, León y Holguín (2004) consideran que dichas acciones se fundamentan en la justicia compensatoria (para subsanar la situación pasada), la justicia distributiva (forma justa en la distribución de recursos sociales y políticos en relación con los derechos y necesidades), y la utilidad social (maximizan el bienestar de la sociedad en conjunto); pretenden remediar en la parte formal al buscar la igualdad ante la ley, pero también a partir de los resultados que se generen en la práctica, en las situaciones de exclusión y discriminación concebidas en el mismo sistema.

Derechos Humanos e inclusividad. El componente inclusividad se considera necesario tratarlo en este artículo, debido a que la educación debe ser un proceso donde se elimine el concepto de grupos homogéneos a partir de la edad cronológica de las personas, y más bien facilite la flexibilidad para llevar a cabo las adaptaciones curriculares necesarias. De esta manera, se dirige a la formación de cada individuo, atendiendo las características y necesidades particulares y colectivas (físicas, aptitudinales, sociales y cognitivas).

Entre ellas, están las necesidades educativas especiales, en las cuales se atiende a estudiantes con discapacidades como Síndrome de Down, deficiencia visual, deficiencia auditiva, problemas emocionales, problemas psicomotores, entre otros; así como también ofrece atención a estudiantes sobredotados. De igual manera, se contempla la diversidad cultural, que es una característica importante en la actualidad de los centros educativos de nuestro país, de ahí que las propuestas metodológicas deben ser multidisciplinarias, teniendo en cuenta la selección de actividades, materiales y recursos que respondan a los intereses de las personas.

Además, uno de los aspectos importantes del enfoque lo constituye el interés superior del niño y la niña, el cual debe orientar las decisiones y acciones para preservar y promover su desarrollo físico, psicológico, educativo, cultural, moral, espiritual y social, sin discriminación de ningún tipo, tomando en consideración la prioridad absoluta a sus necesidades, y valorándose sus particularidades en condiciones de desarrollo. Como consecuencia, ser sujeto de derechos implica entre otras cosas, ser reconocido como ciudadano y ciudadana que puede opinar, que posee el derecho a la libertad de expresión, a la libertad de pensamiento, al derecho de reunión, a que se respete su vida privada, a preservar la identidad y una educación especial y de calidad, teniendo en cuenta el desarrollo de potencialidades, el derecho a la información, la prohibición de prácticas discriminatorias, el derecho a la cultura y la recreación (Vega, 2010a).

Por lo tanto, al respetarse los principios de la educación inclusiva se acoge la diversidad y el respeto a las diferencias, mediante un currículo amplio que permite la interacción, el trabajo cooperativo, la resolución de problemas y el pensamiento crítico; cada persona comparte de manera libre sus especialidades, para propiciar espacios de igualdad de oportunidades, fomentado la participación y la interdependencia sin ninguna discriminación. Es así que partiendo de la Declaración de Salamanca, se plantea la necesidad de que todas las niñas y niños aprendan juntos, reconociendo las diferencias y aprendiendo de ellas para adaptarse a los distintos estilos de aprendizaje que garanticen experiencias significativas. En Costa Rica a partir de la Ley 7600 sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, la sociedad tiene la obligación de velar por su cumplimiento amparándose a la Constitución.

De ahí que es imprescindible tener presentes las condiciones de infraestructura, la cantidad de estudiantes y su atención oportuna; la preparación profesional de quien guía los procesos educativos, la accesibilidad y calidad de materiales y equipo; la comunicación familiar, la accesibilidad a la comunidad y los programas que sean de interés y estimulen a las niñas, niños y adolescentes.

Derechos Humanos y no discriminación. De igual manera, desde la diversidad también es importante comentar la posición de las niñas y adolescentes femeninas en condiciones asociadas o no a la discapacidad y el disfrute de oportunidades. Por este motivo, se considera pertinente mencionar aspectos relevantes de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación en contra de la Mujer, que menciona el Instituto Interamericano de Derechos Humanos IIDH (2000), la cual rescata la igualdad de derechos de hombres y mujeres, enfatizando en la importancia de incluirse en las constituciones de los Estados y en otras legislaciones, para establecer la práctica, garantizar la protección efectiva y aplicar las sanciones correspondientes por el incumplimiento. Dicha ley hace referencia a los derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales; además, expresa la necesidad de cambiar los patrones culturales para la eliminación de prejuicios y prácticas frecuentes que pretendan la superioridad o inferioridad de las personas.

Por su parte la Ley 7600 (Costa Rica, 2004), esboza también la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y las obligaciones del Estado para su cumplimiento: ofrecer opciones para el acceso a la educación, al trabajo, a servicios de salud, espacios físicos y medios de transporte adecuados; a la información y comunicación accesible; al disfrute del deporte, la cultura y actividades recreativas. Se implementan además procedimientos y sanciones por su incumplimiento y reformas acordes con la temática que se desarrolla, por ejemplo, las relacionadas con el Código de Comercio, el Código Penal, la Ley Fundamental de Educación, la Ley General de Salud y el Código Civil.

Discapacidad. Para iniciar este apartado conviene recordar que, a partir de la Resolución 37/52 de 1982 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se aprueba el Programa de Acción Mundial para los Impedidos, cuya finalidad es promover medidas eficaces para la rehabilitación y la participación plena y equitativa para poblaciones en condiciones asociadas o no a la discapacidad, con oportunidades iguales a las de toda la población y teniendo en cuenta el mejoramiento en sus condiciones de vida.

Este documento hace hincapié en que muchas veces estas personas viven en contextos de desigualdad debido a barreras sociales, por tal motivo, los gobiernos deben velar por incluirlas en todas las esferas políticas, sociales y económicas y facilitarles la rehabilitación y la equiparación de oportunidades. Al mismo tiempo, la Asamblea General de las Naciones Unidas (1982) menciona que es importante tomar medidas que prevengan la discapacidad de las personas, relacionadas con aspectos de salud, higiene, la guerra, la pobreza, el hambre, reforzar la paz y la seguridad internacional, eliminar el racismo y la discriminación, entre otros.

Además, como parte de la rehabilitación de estas personas, en dicha resolución se propone el tratamiento pertinente con personal especializado, partiendo de las aptitudes de la persona, de su integridad y dignidad. Pero también considera necesaria para la participación igualitaria, no negar las oportunidades de la comunidad, las cuales son necesarias para los elementos fundamentales de la cotidianidad. Asimismo, la Resolución 37/52 expresa que las personas con discapacidad tienen deberes, por lo que se deben ofrecer oportunidades de formación profesional y no jubilaciones tempranas. De igual manera, indica que las personas con discapacidad se deben unificar en organizaciones para defender sus propios derechos, expresando sus necesidades y evaluando los servicios para propiciar cambios y concientizar la sociedad.

Teniendo en cuenta estos acontecimientos, también se integran en esta labor los distintos organismos especializados de la ONU, entre ellos: la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) por sus siglas en inglés, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization, UNESCO), la Organización de la Salud (OMS), la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Unión Postal Universal (UPU).

Al mismo tiempo, la Resolución 37/52 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1982), dice que, a pesar de los lineamientos que se establecen en la Declaración Universal de Derechos Humanos, a las personas con discapacidad se les niega la oportunidad de participar plenamente en las actividades del sistema sociocultural en que viven, mediante barreras físicas y sociales que provienen de la ignorancia, la indiferencia y el temor. Por tal razón, se crea el Programa de Acción Mundial, cuya finalidad consiste en promover medidas eficaces en la prevención de discapacidades, la rehabilitación y el logro de la participación efectiva e igualitaria en todas las oportunidades de la vida social de las personas. Motivo por el cual se considera necesario que dicho programa forme parte de la política general de cada nación y, además, que dentro de sus integrantes debe haber personas en condiciones asociadas o no a la discapacidad, para que participen en la toma de decisiones.

Este programa igualmente necesita del esfuerzo internacional, de la asistencia interregional, regional y bilateral de los Países Partes, para llevar a cabo sus proyectos de manera efectiva, establecer procesos evaluativos de las labores que realiza, y garantizar el cumplimiento de derechos; entre ellos, la accesibilidad al medio físico, la seguridad social, la recreación, el empleo, la cultura (incluye la danza, la música, la literatura, el teatro y las artes plásticas), la religión, los deportes y la educación.

Al mismo tiempo, la Asociación Americana sobre Retraso Mental AAMR (2002) propone un perfil de necesidades de apoyo que se fundamenta en el desarrollo humano, la enseñanza y la educación, la vida en el hogar y la comunidad, el empleo, la salud y la seguridad, lo social, lo conductual, la protección y defensa, y el ocio y la recreación. Por su parte el Instituto Latinoamericano de Derechos Humanos (2007) promueve el modelo de la Autonomía personal o Biosicosocial.

Este panorama permite evidenciar que se han realizado acciones importantes en el tema de discapacidad; no obstante, hoy en día, aún se crean estereotipos y se violan derechos. Al respecto, Jiménez (2001) expresa que “una persona con discapacidad es aquella que es diferente y que posee una deficiencia física, mental o sensorial, la cual la limita sustancialmente en una o más de las actividades de su vida” (p.13). Todo esto implica las funciones fisiológicas y psicológicas, la participación e involucramiento en diversas actividades, los factores externos positivos o negativos y los factores personales. Por tal motivo, la discapacidad ha sido sinónimo de rechazo social mediante la negación de oportunidades. Es así que Ballesteros y Vega (2001), consideran que la discapacidad se debe atender a partir de los siguientes planteamientos:

La no discriminación, entendida como la no exclusión o impedimento en el ejercicio de los Derechos Humanos y libertades fundamentales.
Participación: toma de decisiones, ejecución y control en las actividades en que involucran.

Autonomía personal: personas responsables de sus acciones para obtener una vida independiente.

Igualdad de oportunidades: garantiza el acceso y participación de las personas en idénticas circunstancias.

Equiparación de oportunidades: elaboración de condiciones adecuadas para acceder en forma real a los derechos.

Accesibilidad: ajustes físicos, informativos, documentales, actitudinales, de servicios, acordes con las necesidades de todas las personas.

Diferencia: reconoce que todos somos diferentes y por lo tanto, no existe un modelo ideal que pudiera considerarse normal.


Por su parte el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial CNREE (2011) considera que la discapacidad hace alusión además al entorno físico y al posicionamiento de actitudes sociales, ya que ellas impiden la interacción de las personas (en relación con sus posibilidades) con el medio y minimizan la participación plena, efectiva y en igualdad de condiciones. Se limita la accesibilidad a partir de las limitantes en los servicios y recursos que garanticen la seguridad, movilidad y comunicación (Jiménez, 2005).

Al mismo tiempo, la PONADIS hace énfasis en el término diseño universal, entendido como aquel que es aplicable a objetos, ambientes, servicios, actividades o tecnologías que permitan la inclusión de todas las personas, reconociendo la diversidad en capacidades, habilidades y limitaciones (CNREE, 2011); como consecuencia, la observancia de la accesibilidad y el diseño universal son vitales para disminuir los niveles de discapacidad.

De igual manera, en los nuevos planteamientos sobre discapacidad, la independencia personal se considera trascendental, ya que permite alcanzar los objetivos de igualdad de oportunidades, la plena participación social y la libertad individual; esta se facilita mediante la accesibilidad, las ayudas técnicas y las oportunidades que se ofrezcan. Al respecto Ramírez, (2010), considera que uno de los paradigmas de la discapacidad corresponde a la Autonomía personal, Derechos Humanos o vida independiente, la cual se fundamenta en las potencialidades y determinación de las personas buscando la igualdad de oportunidades, la equidad y autoayuda.

Las necesidades e intereses de la población infantil y adolescente, y el desarrollo humano. En relación con este tema, el Sistema de Atención Integral e Interinstitucional del Desarrollo de Niñas y Niños en Costa Rica SAIID (2010), considera que:

el desarrollo humano se refiere al proceso de expansión de las libertades reales de que disfrutan las personas y que se traduce en la libertad general que deberían tener ellos y ellas para vivir como les gustaría […], incluye la participación, la equidad de género, la seguridad, la sostenibilidad, las garantías de los derechos humanos y los necesarios para ser personas creativas y vivir en paz. (p.30)

De esta manera, se centra en el progreso de la vida y el bienestar humano, así como también en el fortalecimiento de capacidades culturales, económicas y políticas. Además atiende necesidades corporales, la educación, un lugar para vivir, la participación en la vida comunitaria y en las decisiones políticas, es decir, se relaciona con las libertades civiles. Todo esto aunado a la posibilidad de que todas las personas sean sujetas y beneficiarias del desarrollo (SAIID, 2010).

Ahora bien, desde el componente evolutivo, el SAIID (2010) cree que el desarrollo humano necesita la interacción con el entorno y la interconexión de los elementos desde la perspectiva integral, lo que implica el desarrollo físico (evolución en la función de los tejidos u órganos), psicosexual (construcción de la identidad sexual), psicosocial (interrelaciones sociales en relación con el contexto sociocultural de pertenencia), moral (capacidad de juzgar los actos propios y ajenos en relación con el marco cultural ético donde se desarrolla la persona), del pensamiento (memoria, comparación, interrogación, selección y análisis) y espiritual (concepción de relaciones con un ser superior de acuerdo al marco cultural en que se desenvuelve).

Conviene recordar, además, que todas las personas requieren satisfacer las necesidades para vivir plenamente y, como seres sociales, compartir, construir y reconstruir, buscando soluciones para darle sentido y significado a las cosas mediante el lenguaje de los sentimientos. Por tal razón, Max-Neef (1991) considera que la satisfacción de las necesidades conlleva a la calidad de vida; es decir, los intereses de las personas se relacionan con asuntos que se desean, que tienen una importancia particular, que son de la incumbencia o que traen un beneficio. De ahí que Max Neef (1991) opina que son múltiples e interdependientes y se clasifican en categorías existenciales como ser, tener, hacer y estar; y axiológicas o de subsistencia, entre las que se encuentran protección, afecto, entendimiento, participación, ocio, creación, identidad y libertad.
Al respecto, Romero (s.f.) comenta que el disfrute de las necesidades en el individuo conlleva al bienestar consigo mismo y con el grupo, teniendo en cuenta los imaginarios personales y sociales que posea cada persona sobre bienestar, dignidad, felicidad y calidad de vida.

Por otra parte, Maslow (1970) comenta que las necesidades humanas están organizadas a manera de una pirámide y en una jerarquía de importancia, en la cual una necesidad superior sólo se manifiesta cuando la necesidad inferior está satisfecha. En su base están las necesidades fisiológicas, seguidas por las de seguridad; en la parte superior, se ubican las sociales, de estima y autorrealización.

Las necesidades fisiológicas son las inherentes para la vida misma y se relacionan con la supervivencia, siendo las principales la alimentación y la regulación de la temperatura corporal; pero involucra también otras como el deseo sexual, el sueño y la conducta maternal. Si estas son satisfechas, Maslow (1970) considera que emergen las necesidades de seguridad, las cuales involucran la estabilidad, la dependencia, la protección, la superación del miedo, de la ansiedad y del caos, y por ende la necesidad de una estructuración u orden con leyes y límites. Al cumplir estas necesidades surgen entonces la necesidad de amor, afecto y pertenencia, que constituyen el tercer nivel de la pirámide. Mediante ellas, se establecen relaciones interpersonales ante una necesidad de pertenecer a un grupo de amigos o de una familia.

Como cuarto estadío, Maslow (1970) ubica las necesidades para la autoestima, ya que todas las personas en la sociedad tienen un deseo de una imagen propia de alto valor y de autorrealizarse. Entre estas, se encuentran el deseo de ser fuertes, capaces de adaptarse, de aprender y competir para enfrentarse al mundo y lograr independencia y libertad. Además, la reputación, prestigio, fama, dominancia, reconocimiento, dignidad y aprecio.

En quinto lugar, Maslow (1970) expone la necesidad de la autosuperación, ya que aún si todas las necesidades anteriores son satisfechas, se puede esperar que un nuevo descontento o inquietud se desarrolle en el individuo.

Al mismo tiempo, las posiciones de los autores anteriores, involucran las necesidades que se relacionan con el desarrollo cognitivo, psicomotor y socioafectivo de las personas, tal y como se comenta seguidamente.

Necesidades e intereses cognitivos infantiles. Al respecto, Hernández (2006) opina que las principales características del desarrollo cognitivo se relacionan con la función simbólica o capacidad para representar mentalmente imágenes visuales, auditivas o cinestésicas que tienen semejanza con el objeto representativo. De igual forma, Furth y Wachs (1978) opinan que la etapa preoperatoria de acuerdo con la teoría de Piaget, se divide en preconceptual (es egocéntrica pues la persona piensa y expresa lo que desea sin importar lo que piensen los demás) y de pensamiento intuitivo (se expresa una idea a la vez y no es capaz de considerar todas las partes que conforman el todo).

En este periodo es de suma importancia el juego simbólico, en el cual el lenguaje representa el medio de expresión de la niñez, que se construye y modifica según sus necesidades afectivas y cognoscitivas, las cuales muchas veces hacen referencia a conflictos inconscientes. No obstante, estas características se modifican a partir de los cinco años al iniciarse la construcción de ciertas habilidades mentales base del proceso lógico operatorio, como la conservación, la correspondencia término a término, la seriación y la clasificación (Piaget e Indhelder, 2007).

Además, según Hernández (2006), es conveniente mencionar algunos aspectos cognitivos específicos que los niños y las niñas necesitan desarrollar:

La discriminación, concebida como el mecanismo sensorial en el que el receptor distingue entre varios estímulos de una clase o diferente, seleccionando uno y eliminando los demás. La atención o función mental por la que nos concentramos en un objeto. Aunque es un proceso cognitivo también es un proceso afectivo ya que depende, en alguna medida, de la experiencia que haya tenido la persona con lo observado. La memoria o capacidad para evocar información previamente aprendida, la cual depende de la adquisición de la información mediante los sentidos, del proceso de almacenamiento de la misma, y del uso de la información en el momento necesario. La imitación o capacidad para aprender y reproducir las conductas realizadas por un modelo, en la cual forman parte procesos cognitivos, afectivos y conductuales. En este caso el juego le permite a la niña y al niño, representar las actividades de las personas que los rodean.
La imaginación, la cual es ilimitada y se manifiesta en casi todas sus actividades cotidianas, mediante manifestaciones lúdicas.

La conceptualización o proceso por el cual el niño y la niña identifica y selecciona características relevantes de un conjunto de objetos, con el fin de buscar sus principales propiedades esenciales que le permiten identificarlo y diferenciarlo de otros objetos.

La disciplina para enfrentar nuevos retos manteniendo límites claros, que conllevan a la resolución de problemas a partir del desarrollo del razonamiento y la toma de decisiones, la acción y exploración del mundo circundante.


Necesidades e intereses psicomotores infantiles. Según Rigal (2006), el niño y la niña necesitan que se le estimulen las siguientes acciones:

Básicas locomotoras (desplazamientos como correr, saltar, deslizar, trepar).
Estabilizadoras (equilibrio, mantenerse sobre un pie, inclinarse, dar vueltas sobre uno mismo, vela, trípode).

Manipuladoras (agarrar, agitar, empujar, lanzar).

De anticipación, coincidencia (lanzar o recibir objetos desplazándose).

Nociones de espacio para determinar la posición que ocupa en relación a puntos de referencia, de tiempo y de orientación derecha izquierda.

Percepción y discriminación visual, auditiva y táctil (diferencias y semejanzas a partir de estímulos de forma, color, talla , sonido, textura, temperatura, viscosidad)

Coordinación motriz fina y global

Desarrollo de la motricidad fina asociada a la coordinación visomanual que le permite entre otras cosas la acción de la escritura.


Es así como la acción motriz mediante la manipulación y al aportar percepciones cinestésicas se convierte en el soporte para adquirir la mayoría de estos conceptos, ya que le permiten a la persona asociar las rutinas a otras experiencias cotidianas. De esta manera, el desarrollo psicomotor se perfecciona en la etapa escolar, mejorando la precisión, ejecución y coordinación.

Necesidades e intereses socio-afectivos. Se ha comprobado que la autoconfianza, la seguridad, la capacidad de compartir y amar, e incluso las habilidades intelectuales y sociales, tienen sus raíces en las experiencias vividas durante la primera infancia en el seno familiar. En ambientes de cariño, respeto, confianza y estabilidad, los niños, las niñas y adolescentes se desarrollan psíquicamente más sanos y seguros, y se relacionan con una actitud positiva y constructiva hacia la vida; por este motivo, el reconocimiento y la recompensa son de gran importancia para estimular la autoestima.

Es así como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, 2004) considera que es necesario establecer relaciones afectivas recíprocas entre las personas adultas y la población infantil, ya que ellas le brindan seguridad, permiten la expresión de sus sentimientos y les ayuda a conocerse, se experimenta la tolerancia y solidaridad, se desarrolla la capacidad de cooperar, compartir y establecer nuevas relaciones sociales que les permiten establecer experiencias positivas. Al mismo tiempo, al interactuar con el entorno son independientes y se sienten competentes para enfrentar otros retos mediante la resolución de problemas, estimulando la autonomía y el desarrollo psicosocial.

Necesidades e intereses auditivos. Como parte de este rubro es importante la discriminación de alturas (sonidos agudos, graves, centrales y secuencias de sonidos o giros melódicos), timbres sonoros (producidos por objetos, acciones, voces humanas, instrumentos musicales, sonidos honomatopéyicos, sonidos de la naturaleza), duraciones de sonidos y ritmos, melodías, intensidades y velocidades.

Necesidades e intereses de la población adolescente. Es importante indicar que no existe una edad determinada para revelar el inicio y la finalización de la adolescencia. Por esta razón el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU, 2007), señala que el comienzo se identifica por las características biológicas, mientras que la conclusión se delimita por factores sociales asociados a la independencia económica y al asumir funciones de las personas adultas De igual manera, en este periodo, se ponen en práctica los procedimientos lógicos de análisis y síntesis a partir del desarrollo cognitivo, y algunas veces se vive la fantasía, pero se tiene una proyección de sí en el porvenir aunque, en algunos momentos, elude la realidad.

En cuanto al desarrollo afectivo, vive con gran intensidad las emociones y los sentimientos, pasando fácilmente de la agresividad a la timidez mediante manifestaciones externas poco controladas. Desde el desarrollo social, tiene necesidad de seguridad pero a la vez de independencia del padre y la madre, por lo tanto, busca la libertad y para ello recurre a la desobediencia como una necesidad, originando una falta de comprensión mutua. Además, necesita valorarse, sentirse una persona aceptada y reconocida por las y los otros individuos, especialmente por adolescentes, de ahí que dentro de sus actividades preferidas están las fiestas, los paseos, las reuniones de amigos y amigas, la música y el deporte.

Las personas adolescentes experimentan un proceso de maduración intelectual en cuanto a la manera de comprender el mundo, aunado a un aumento en las interacciones sociales, una mayor capacidad cognitiva y un resurgimiento de impulsos sexuales que propician nuevas relaciones interpersonales y aprendizajes fuera del núcleo familiar (INAMU, 2007). Es así como la búsqueda de identidad y la construcción de un proyecto de vida, se constituyen en dos aspectos de gran importancia en esta etapa anterior a la adultez. La identidad se relaciona con la nacionalidad, la clase social, la religión, la edad, el color y el género; este último desde la identidad sexual y los sentimientos hacia su sexo biológico y la elección de pareja sexual (INAMU, 2007). Por esta razón, el acompañamiento familiar es importante para fijar metas y objetivos propios, organizar su actividad y el tiempo libre eficientemente, en conformidad con sus proyectos.

También, como parte de las necesidades e intereses de la población adolescente, intervienen la historia de vida y las condiciones presentes y futuras en que se desenvuelve, por este motivo para algunas personas representa un tiempo prolongado y una época de posibilidades, mientras que para otras de zonas rurales o urbano marginales, implica la incursión en el ambiente laboral en forma precipitada, debido a la situación económica limitada en que viven.

Además, muchas veces se cree que los y las adolescentes no están posibilitadas para enfrentar diversas situaciones de la vida, no saben lo que quieren, son perezosas, irresponsables y vagabundas, al mismo tiempo se les exige que dejen de ser infantiles y se comporten como personas adultas, pero no se les ofrecen los espacios ni las condiciones necesarias para ello. Tal y como se comenta en el documento del INAMU (2007) Sexualidad en la adolescencia: mirándolas y mirándolos desde otro lugar, “la adolescencia es entendida como una etapa para llegar a ser, no para ser, lo que genera un sentimiento de transición, de que todavía no soy, que voy a llegar a ser y por lo tanto se es incompleto” (p.6).

Ellos y ellas desean resolver sus situaciones de la mejor manera, porque tienen mucho que aportar. Por este motivo, es importante establecer relaciones de respeto, comprensión y de saber escuchar, para buscar soluciones a sus realidades particulares en forma conjunta y de la mejor manera. Según el INAMU (2007), representa una etapa de cambios para replantear los valores, conocimientos y la visión de mundo que se tienen hasta ese momento, además, se propician sentimientos de seguridad y autocontrol, así como la construcción de una autoestima basada en una autoimagen, desde la propia experiencia y el contexto sociocultural.

También, se deben tener en cuenta las normas culturales, ya que estas le enseñan a las personas a comportarse y ser mujeres u hombres, mediante valores y creencias religiosas, familiares y escolares, transmitidas en gran medida por los medios de comunicación; es decir, el comportamiento masculino y femenino no se desarrolla en forma natural, sino a partir de lo que demanda la sociedad. Es así como la sexualidad adolescente representa uno de los aspectos que de mejor forma se manifiesta la posición adultocéntrica, autoritaria y controladora.

Por el contrario, la población adolescente necesita espacios reflexivos y de acompañamiento, que conlleven a condiciones afectivas y comprensivas, que les permita ampliar sus conocimientos, manifestar sus opiniones y experiencias; en este caso, la expresión musical se convierte en una herramienta valiosa con la cual ellos y ellas se pueden identificar para expresar sus sentimientos.

Necesidades en atención a la diversidad2. Sobre este tema, el IIDH (2007), considera que no constituye discriminación, la distinción o preferencia adoptada por un Estado Parte a fin de promover la integración social o el desarrollo de las personas con discapacidad, siempre que dicha distinción no limite el derecho a la igualdad de estas personas, y que ellas no se vean obligadas a aceptar la preferencia. En este caso, la discriminación se basa desde dos concepciones: tratar diferente a lo que es igual, y tratar igual a lo que es diferente.

Otra necesidad que se debe respetar es el principio de la diversidad, pues todas las personas son diferentes desde los componentes físicos, emocionales, intelectuales, en relación a intereses, deseos, tipo de discapacidad y otros. También, es necesaria la igualdad de oportunidades, la prevención, detección, sanción y erradicación de la violencia que permita el desarrollo individual y social, pues de lo contrario se invisibilizan y descalifican las necesidades de las personas con discapacidad, reforzándose por el contrario los estereotipos y prejuicios.

Asimismo, el facilitar la independencia de esta población, la participación activa en la toma de decisiones y la divulgación de sus derechos desde su perspectiva, conllevan la equidad y a la concientización de la sociedad de su existencia. Por este motivo se deben adoptar medidas en diversos campos como la recreación, la accesibilidad a espacios urbanos, la educación, la justicia, el deporte, la vivienda, el transporte, el tratamiento y la rehabilitación entre otros; es decir, es necesario el compromiso de adoptar medidas legislativas, sociales, educativas y laborales (IIDH, 2007).

Es así que, considerando el respeto personal y las diferencias individuales, la atención a la diversidad de las personas con Discapacidad Intelectual DI, debe partir siempre de la evaluación de las capacidades y competencias individuales. Por lo tanto, para valorar las necesidades educativas, es necesario delimitar la etiología de la discapacidad, el estímulo a nivel escolar y familiar, el tipo y grado de déficit, el desenvolvimiento social, la autonomía y los recursos que se van a necesitar para su atención. Teniendo en cuenta estos aspectos, Antequera y otros (2008), opinan que surgen las necesidades derivadas del funcionamiento intelectual, las emanadas de las habilidades adaptativas, las provenientes de la participación, interacción y roles sociales, y las procedentes de la salud y del contexto.

En este sentido, Antequera y otros (2008) manifiestan que las necesidades derivadas del funcionamiento intelectual son aquellas que se relacionan con la inteligencia conceptual, como la atención y memoria, el control conductual, aprender a aprender y procesar la información. Las adaptativas se identifican con la comunicación, autocuidado, habilidades de vida en el hogar, habilidades sociales, uso adecuado de recursos de la comunidad, autodeterminación, salud, seguridad, académicas funcionales, necesidades relacionadas con el ocio y el tiempo libre y las que se refieren al trabajo. Por su parte, las necesidades provenientes de la participación, interacción y roles sociales, están influidas por las oportunidades que logren las personas.

Además, Antequera y otros (2008) mencionan que las necesidades derivadas de la salud no son diferentes a las que tienen otros niños, niñas o adolescentes que no poseen DI; no obstante las consecuencias pueden ser distintas para ellas y ellos, teniendo en cuenta los ambientes en que se desenvuelven y sus habilidades limitadas para enfrentarlas. Por último, Antequera y otros (2008) expresan que las necesidades provenientes del contexto propician el bienestar físico, social y material, estimulan el desarrollo cognitivo, el ocio y el tiempo libre de manera adecuada, así como el desarrollo de habilidades que le permiten desenvolverse en un trabajo atrayente y retribuido. Por lo anterior, expresan que la misión consiste en organizar entornos saludables, que ofrezcan aprendizajes útiles y pertinentes para satisfacer las necesidades de la vida diaria de las personas con Discapacidad Intelectual.

Desarrollo de facultades y discapacidad. El desarrollo de las facultades, según Lansdown (2005), se explicita a partir del criterio de los conceptos de desarrollo (alude a lo social, moral, físico, cognitivo y emocional), emancipación (derechos a la expresión, religión, privacidad, asociación e información) y protección (situaciones que implican una posición de tutela ante situaciones que causan daño a las niñas y los niños).

No obstante, considera que a pesar de que existe la obligación de respetarlos por parte de los Estados, el derecho emancipatorio es muy relativo en relación con los contextos culturales, económicos y sociales en que se desenvuelven las personas. Asimismo, Lansdown (2005) manifiesta que se debe tener en cuenta el equilibrio adecuado en relación con la responsabilidad de los niños y niñas en el ejercicio de sus derechos, a medida que adquieren la facultad de hacerlo; y por otro, la necesidad de protección, de acuerdo con su madurez. Es decir, implica respetar sus derechos en relación con el desarrollo de sus capacidades, sin exponerlos de manera anticipada a compromisos de la adultez, o que se les someta a castigos y amenazas para que logren ciertas exigencias.

Además, Vega (2007) declara que los planteamientos que se basan en el asistencialismo deben cambiarse por acciones en las que se resalte la identificación y la plena participación de las personas en condiciones asociadas con discapacidad, pues así se eliminan los obstáculos que impiden la igualdad de oportunidades y, por el contrario, se favorece la integración y autodeterminación. Igualmente, teniendo en cuenta que la autonomía es sinónimo de disposición de recursos necesarios para hacerse cargo de la vida propia, Vega (2007) dice que mediante la educación en contextos accesibles, se desarrolla la independencia de las personas a pesar de sus limitaciones.

Asimismo, Vega (2007) comenta que las personas con condiciones asociadas o no a discapacidad piden no ser excluídos, frente a la dependencia de buena voluntad de los demás, y aunque se les rehabilite van a seguir siendo diferentes, motivo por el cual desean que se les reconozca de esta manera. Al mismo tiempo, piden que formen parte como protagonistas en la toma de decisiones de su calidad de vida, a partir de la prevención (evitar la dependencia), la intervención (disminuir la severidad situacional) e intervención paliativa (responde a las necesidades causadas por la dependencia).

3. Metodología

El proceso metodológico que se emplea para la elaboración de este artículo, se lleva a cabo mediante indagaciones de documentos físicos y electrónicos a nivel nacional e internacional, de los cuales se seleccionan los tópicos de interés para la elaboración del trabajo. Para tal efecto, se tiene presente que para realizar una revisión bibliográfica es importante saber lo que se busca y el lugar adecuado para llevarla a cabo; dichos aspectos son los que favorecen la recopilación del material que se incluye en este documento. Posteriormente, se lleva a cabo la síntesis y el análisis.

4. Resultados y análisis

Los documentos consultados permiten evidenciar que la música es un elemento de gran importancia para el desarrollo de la niñez y la adolescencia, al integrar diversos componentes que involucran sus necesidades e intereses particulares. Es así que al establecerse una relación intrínseca entre la música y el ser humano desde antes de nacer, se puede instaurar esta como un derecho de toda persona ya que estimula el desarrollo psicomotor; lo intelectual, mediante el fomento de la atención, la memoria, el análisis, la concentración, el pensamiento lógico y la elaboración de conceptos; lo recreativo, por su carácter lúdico; lo socio-afectivo, al mejorar la autoestima, las relaciones interpersonales, la desinhibición y la práctica de valores; además, lo artístico y creativo que conlleva a la sensibilidad, la estética, la imaginación y la expresividad; es decir, forma parte del desarrollo pleno de las personas (Arguedas, 2004).

De esta manera, la vivencia musical es una opción para llevar a cabo lo que establece el Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia, CNNA (2009), al tomar en cuenta la condición de sujetos de derecho de los niños, niñas y adolescentes, en todas sus dimensiones, sean físicas, intelectuales, culturales, afectivas y en su dinámica de crecimiento; lo que conlleva el desarrollo de su autonomía progresiva.

En igual forma, la educación musical y el respeto de los Derechos Humanos constituyen una posibilidad de generar prácticas que apunten a la formación de valores y a una cultura de paz de la niñez y la adolescencia, al valorar a cada persona como una expresión única, y al aceptar que todos los seres humanos en general tienen derechos y libertades fundamentales e inalienables, poseen las mismas necesidades básicas y las aspiraciones por realizar y, en particular, que son beneficiarios del derecho al desarrollo, que busca promover el potencial de cada quien (Urrutia, 1996).

5. Conclusiones

Desde el VI Informe del Estado de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia en Costa Rica, a diez años del Código de la Niñez y la Adolescencia (EDNA, 2008), se incluye el tema de salud integral, en el cual se modifica la perspectiva histórica de prevención y atención unicausal (que no contempla las causas sociales de las enfermedades, o enfoque de riesgo), por un enfoque de promoción de la salud. Desde esta posición, el VI informe EDNA considera que “la salud se entiende como un proceso dinámico, resultante de la interacción entre factores correspondientes a múltiples dimensiones (biológicas, sociales, económicas, culturales, otras), y en el que las personas (individual, grupal y comunalmente) son protagonistas” (UNICEF, UCR, PRIDENA, 2008, p.132). Además, se tiene presente la necesidad de reducir las brechas socioeconómicas y el compromiso de los diferentes sectores, para aumentar los esfuerzos en el desarrollo de condiciones de vida saludables.

Como parte de este concepto de salud multidimensional, se considera necesario implementar centros educativos con carácter inclusivo, que permitan transformaciones en la sociedad, mediante cambios de actitudes y de acciones, abriendo espacios a poblaciones con discapacidades que tradicionalmente han sido alejadas de diversas oportunidades dentro del desarrollo humano. Tal y como menciona Valenciano (2009, p. 13): “Tanto la educación como derecho, como los planteamientos de la Educación para todos, constituyen asideros para hablar de calidad educativa, calidad de vida y construcción de sociedades justas y solidarias”.

Igualmente, se cree pertinente implementar una educación que respete la diferencia, eliminando todo tipo de discriminación y, al mismo tiempo, que permita la formación de personas para que participen en una sociedad libre, donde se favorezca la comprensión, la amistad, la tolerancia y la oportunidad para crecer integralmente. Desde esta visión, la música se convierte en un complemento ideal para propiciar una educación de calidad para todos los niños, las niñas y adolescentes, ya que recurre a una formación en valores y actitudes, destrezas intelectuales, sociales y afectivas que le permiten a la población estudiantil ubicarse en una sociedad multicultural, rescatando lo positivo de cada persona y fortaleciendo su autoestima, en vez de etiquetarla por sus limitaciones.

Además, el VI Informe del Estado de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia en Costa Rica (2008) expone las características de los Derechos Humanos como universales (que pertenecen a todas las personas), irrenunciables (cada quien tiene la facultad de exigir y disfrutar de sus derechos sin renunciar a ellos), integrales, únicos e indivisibles (conforman un todo que tiene como base el respeto a la persona, es decir, se necesita de todos los derechos para realizarse plenamente y vivir con dignidad) y jurídicamente exigibles (reconocidos en las constituciones, leyes y tratados de un país).

Al mismo tiempo, tal y como manifiesta Vega (2010b), desde el concepto de participación social, es necesario propiciar escenarios afines con la dimensión política de los derechos y deberes de las personas, ya que estos van a permitir formar parte en las decisiones sobre aspectos relacionados con la condición de personas de acuerdo con sus necesidades, satisfactores, medios y formas de vida. De esta manera, se incluyen principios que se relacionan, al mismo tiempo, con los procesos de enseñanza y aprendizaje musical, los cuales también están ligados a los Derechos Humanos, como la responsabilidad, el respeto a la diversidad, la integración, el discernimiento, la transparencia y la comunicación.

Por lo tanto, la educación musical mediante estrategias novedosas, creativas, lúdicas y participativas se convierte en un insumo para lograr otros Derechos Humanos que se incluyen en la Política Nacional para la Niñez y la Adolescencia Costa Rica 2009-2021, en la Convención sobre los Derechos del Niño, y en el Código de la Niñez y la Adolescencia. Entre estos derechos están la equidad, la no discriminación, la discriminación positiva, la autonomía progresiva, la educación de calidad, la educación artística y estética, la recreación y el juego, la igualdad de oportunidades y la participación.

Esto por cuanto el Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia CNNA (2009) establece que la equidad pretende eliminar la exclusión de algún sector poblacional y, por el contrario, busca la atención y protección prioritaria del mismo sobre otros grupos; de igual forma, desde la igualdad y no discriminación se busca la paridad entre las personas evitando la segregación social, sin discriminación alguna por razones de etnia, cultura, género, idioma, religión, ideología, nacionalidad, condición socioeconómica, zona donde residen o cualquier otra condición. Asimismo la discriminación positiva instaura que la atención de las necesidades y la garantía de sus derechos son de interés de primer orden, teniendo en cuenta que los niños, niñas y adolescentes están en proceso de desarrollo como personas y ciudadanos.

De igual forma, bajo el pensamiento de Romero (s.f.), la educación musical estimula la calidad de vida de las niñas, los niños y adolescentes en una permanente construcción, a partir del bienestar y la satisfacción de necesidades, permite la interacción social, e implica formación en valores, recreación, buen trato, expresión de emociones y sentimientos, trabajo en equipo, entre otros.

También, Pascual (2002) considera que la educación musical posee particularidades que conllevan a una educación holística, pues opina que se debe hacer música de una manera integral, a partir de las áreas sociológica, psicológica, psicomotora e intelectual; es una disciplina para todos y todas; implica libertad, actividad, variedad; impregna en la vida cotidiana al propagarse a la familia y a la comunidad; y posee características progresivas al acompañar al niño, la niña y la persona adolescente en todo el proceso evolutivo, adaptándose a sus intereses y capacidades según su edad.

Por lo tanto, la educación musical constituye un recurso que facilita la autonomía de las personas desde su desarrollo integral, pues tiene una implicación que va más allá de las limitaciones de cada individuo, ayudándoles a vivir mejor individual y colectivamente, a partir de sus necesidades.

6. Citas y notas

2 La diversidad se concibe en contextos de vulnerabilidad étnica, por la afinidad de sexo, por la situación de migrantes u otras. Pero para efectos de este trabajo, se plantea a partir de las niñas, los niños y adolescentes en condiciones asociadas o no con discapacidad, pues esta población está presente en la investigación que da origen a este artículo.  

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*Correspondencia:
Consuelo Arguedas Quesada. Profesora de la Escuela de Formación Docente; Investigadora del Instituto de Investigación en Educación (INIE) de la Universidad de Costa Rica. Licenciada en Música con énfasis en Educación Musical de la Universidad Nacional, Costa Rica. Máster en Derechos Humanos de Niñez y Adolescencia, Programa de Estudios de Posgrado en Trabajo Social de la Universidad de Costa Rica. Dirección electrónica: consuelo.arguedas@ucr.ac.cr.
1 Profesora de la Escuela de Formación Docente; Investigadora del Instituto de Investigación en Educación (INIE) de la Universidad de Costa Rica. Licenciada en Música con énfasis en Educación Musical de la Universidad Nacional, Costa Rica. Máster en Derechos Humanos de Niñez y Adolescencia, Programa de Estudios de Posgrado en Trabajo Social de la Universidad de Costa Rica. Dirección electrónica: consuelo.arguedas@ucr.ac.cr 
Artículo recibido: 27 de junio, 2013, Aprobado: 12 de setiembre, 2013

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