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Medicina Legal de Costa Rica

versão On-line ISSN 2215-5287versão impressa ISSN 1409-0015

Med. leg. Costa Rica vol.23 no.1 Heredia Mar. 2006

 

A propósito de la etica en opiniones expertas y dictamenes psicologicos y psiquiatricos en casos sospecha de abuso sexual infantil: ¿al mejor postor?

(About ethics in expert opinions and psychological and psychiatric reports in cases of suspicion of sexual abuse of a minor: to the highest bid?)

Licda. Ana Lorena Rojas Breedy

Psicóloga

Clínica Santa Ana

alrojasb@racsa.co.cr

Recibido para publicación 23-01-2006

Aceptado para publicación 31-01-2006

Summary

This essay brings to attention the role of the expert witness and the private technical consultant in the fields of Psychological and Psychiatric Expertise, in which the expert witness can be a useful educator to the Tribune, giving a background of the existing body of knowledge of the nature of sexual abuse of a minor, common reactions of victims, patterns of revelation, the child’s memory and suggestibility, and they can help to objectively evaluate the credibility in particular cases. Nevertheless, very easily can the expert witness make his or her points of view match those of the part who has hired him or her. Therefore, the status of the expert becomes that of a witness whose purpose is victory of one of the parts, even at the expense of the consideration of all the scientific and professional data existent that could turn out into the process of revictimizing through the judicial system, which is why an ethical and social commitment is needed towards children and adolescents.

Key words

Expert witness, technical consultant, Psychological and Psychiatric Expertise, educator, Tribune, body of knowledge, sexual abuse of a minor, patterns of revelation, suggestibility, credibility, revictimizing, childhood.

Resumen

Este ensayo hace una serie de reflexiones importantes acerca del papel del testigo experto y del consultor técnico privado en el campo de la Psicología y Psiquiatría Pericial, donde el testigo experto puede ser un útil educador del Tribunal, dando un marco del cuerpo de conocimientos existente acerca de la naturaleza del abuso sexual infantil, reacciones comunes de las víctimas, patrones de revelación, memoria y sugestibilidad de los niños, y pueden ayudar a evaluar objetivamente la credibilidad de casos particulares. Sin embargo, con mucha facilidad el testigo experto puede hacer que sus puntos de vista correspondan a los intereses de la parte que los contrata. Entonces el estatus del experto se convierte en el de un testigo cuyo fin es lograr la victoria de una de las partes, aún al costo de la consideración de todos los datos científicos y profesionales existentes lo que puede devenir en el proceso de revictimización a través del sistema judicial por lo que debe insistirse en la necesidad de un compromiso ético y social con la infancia y adolescencia:

Palabras clave

Testigo experto, consultor técnico, Psicología y Psiquiatría Pericial, educador, Tribunal, cuerpo de conocimientos, abuso sexual infantil, patrones de revelación, sugestibilidad, credibilidad, revictimización, niñez.

"Cuando entra en escena el Otro, nace la ética"

Humberto Eco

1. Introducción

El incremento en la conciencia social de la necesidad de denuncia en casos de sospecha de abuso infantil, amén de que el Código de la Niñez y la Adolescencia así lo demandan de cualquier adulto que ostente tal sospecha, han provocado un aumento en las denuncias y concomitantemente se ponen al descubierto fallas en todos los participantes institucionales (v.gr. sistema judicial, medicatura forense) como en los participantes no institucionales (v.gr. parte ofendida –querellante-, parte acusada y los profesionales que intervienen por ambas partes).

El costo económico, el temor a la exposición social, las posibles repercusiones a nivel familiar, la revictimización producida por las demandas del sistema judicial de múltiples interrogatorios y por el tipo de sistema pensado para adultos y no para personas menores de edad, el desgarro emocional, la reexperimentación de experiencias traumáticas, todos configuran un drama en la parte ofendida que evita la toma de acciones y empoderamiento para interponer la respectiva denuncia. Cuando una persona se decide a poner una denuncia y seguir adelante, lo hará a un precio carísimo para su vida emocional, familiar, social y económica.

Cuando ésta se lleva a cabo, se vive la realidad de todos los temores antes expuestos. Se materializan en carne propia la indiferencia social, la revictimización, la lucha de intereses adultos, etc.

En nuestro medio social tan pequeño, el poner una denuncia conlleva tal cantidad de costos a todo nivel, que se necesita una gran dosis de valentía el interponerla, y en el caso de las denuncias falsas, una gran dosis de masoquismo ó de desorden mental grave para proceder en este sentido. Es decir, que la pequeña ola de denuncias falsas en los Estados Unidos (que es otro contexto económico cultural y social) no debe torcer nuestro camino, labrado de manera autóctona, en la búsqueda de la justicia para los menores de edad. Pero muchas veces este y otros modelos se importan de manera acrítica con tal de acumular ganancias económicas de parte de psiquiatras y psicólogos, tergiversando nuestra realidad cultural y psicosocial y poniendo en grave riesgo la vida y la integridad emocional y física de personas menores de edad.

La parte institucional, entiéndase sistema judicial y forense la mayoría de las veces hacen lo posible por llevar a cabo su mejor trabajo con los limitados recursos materiales y de tiempo con que cuentan.

Sin embargo, nos encontramos actualmente enfrentados a un fenómeno nuevo: la compra-venta de dictámenes profesionales privados a favor de partes.

Como preludio a la discusión de lo anterior, vale la pena aclarar que los fines de la justicia no deben ser incompatibles con la búsqueda incesante del interés superior de la persona menor de edad. El derecho de defensa, el evitar llevar a la cárcel una persona inocente, el análisis individualizado y pormenorizado del caso y de todos sus factores contextuales, la responsabilidad sobre el porvenir de una persona menor de edad, el evitarle reexponerse a traumas, la toma de decisiones a favor de sus mejores intereses presentes y futuros, la imparcialidad, y el asumir las responsabilidades sobre las decisiones que se vierten judicialmente, todas son compatibles con la búsqueda de la justicia y la posición ética a favor del Interés Superior de las personas menores de edad.

En Costa Rica no existen aún Códigos ó Estándares de Práctica Profesional y Ética para los profesionales de Psiquiatría y Psicología en lo que concierne a dictámenes u opiniones expertas privadas en casos de sospecha de abuso sexual, los cuales tienen tiene una historia relativamente reciente en nuestro país.

Así las cosas, se vierten dictámenes sin un control de calidad mínimo. En ocasiones éstos son muy buenos, imparciales, basados en el análisis racional y científico de toda la evidencia disponible, pero muchas otras veces se trata de dictámenes comprados por la parte imputada, carentes de análisis, insostenibles por la lógica y la racionalidad, y peor aún, que distorsionan textos, estadísticas e investigaciones científicas, haciendo tanto daño a las partes involucradas, que merecen una llamada de atención por su falta de ética profesional. Su única lógica parece ser "distorsiona y vencerás".

Esto ha ocasionado una gran confusión en los procesos judiciales en que se ventilan sospechas de abuso sexual contra menores de edad y en no pocas ocasiones un desmedro en la consideración del Interés Superior de la persona menor de edad tanto en el proceso como en el razonamiento jurídico final.

Esta confusión adopta varias formas: desconocimiento de los abogados y jueces de la jerga técnica que se discute y por tanto incapacidad para analizar mesuradamente cada una de las intervenciones, intentos burdos de los peritos de parte o consultores expertos de parte de desacreditar todo trabajo profesional hecho que no calce con los fines de la parte que los contrata, insultos en las salas de juicio e irrespeto de todas formas hacia los otros profesionales intervinientes, desacreditación de los informes de los peritos forenses, torpes invalidaciones de los relatos hechos a viva voz por las víctimas, hasta remontarse en el vuelo de las engañosas alas de la grandiosidad, de la omnipotencia y de la sabiduría absoluta y llegar a afirmaciones tajantes de que un abuso no existió sin mediar ni una sola valoración a las supuestas víctimas involucradas.

Los especialistas en abuso sexual, cuando están evaluando un caso particular, no deben buscar respuestas simples, seudo-unanimidad, seudo consenso ó generalizaciones abstractas en el campo. Más bien deben utilizar el pensamiento crítico, mantener apertura a diferentes posibilidades y no transformar las posibilidades en certezas acerca de realidades en las cuales nunca estuvo presente. Debe mantenerse además actualizado con respecto a resultados de investigación relevantes al caso, y conciente de sus responsabilidades éticas (Pope y Brown, 1998).

No hay respuestas simples ni reglas universales, y cada caso debe ser estudiado en profundidad y de manera individual. Ninguna acusación puede ser asumida como válida ó inválida sin antes hacer una revisión completa, informada y libre de prejuicios y presiones, acerca de los datos que rodean la acusación. Inclusive ningún concepto puede generalizarse de manera segura a todos los casos. La realidad siempre nos sorprende con lo increíble, con lo inaudito, con lo insólito, y no debemos tapar los oídos a lo atípico. El experto debe considerar los pros y contras en cada situación particular de manera imparcial.

Inclusive cuando se presentan datos de resultados de investigaciones, debe considerarse que no hay consenso en este campo en cosas tan importantes como la solidez de la memoria y la sugestibilidad, por lo que no debe negarse que representa una gran tentación para clínicos y forenses el acomodar selectivamente los datos de investigaciones haciéndolos que calcen con sus fines (Pope y Brown, 1998). Las investigaciones pueden tener diferentes énfasis y diferentes modos de interpretar sus resultados, por lo que es oportuno mencionar la sentencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso de Daubert Vs. Merrell Dow: "Las conclusiones científicas siempre están sujetas a revisión perpetua".

El testigo experto puede ser un útil educador del tribunal, dando un marco del cuerpo de conocimientos existente acerca de la naturaleza del abuso sexual infantil, reacciones comunes de las víctimas, patrones de revelación, memoria y sugestibilidad de los niños, y pueden ayudar a evaluar objetivamente la credibilidad de casos particulares.

Sin embargo, con mucha facilidad el testigo experto puede hacer que sus puntos de vista correspondan a los intereses de la parte que los contrata.

Entonces el estatus del experto se convierte en el de un testigo cuyo fin es lograr la victoria de una de las partes, aún al costo de la consideración de todos los datos científicos y profesionales existentes (Ceci y Hembroke, 2001). En otros casos también desafortunados, en lugar de emitir una opinión basada en los datos disponibles del caso y de la investigación científica, el testigo experto se convierte en un elaborador de conjeturas sin base sólida y por tanto en fuente de confusión para el Tribunal (Ceci y Hembroke, 2001).

2. Acerca de la investigación en el campo de memorias traumáticas

Desde la década de los 90 en adelante, ha habido un "boom" de investigaciones en el campo específico del abuso sexual infantil, incluyendo áreas sensibles como son la memoria y la sugestibilidad, así como investigaciones desde el ámbito clínico, las ciencias cognitivas y la neurobiología, acerca de las memorias traumáticas.

Paralela a la investigación científica, se ha creado una conciencia social mucho más amplia acerca de los efectos nocivos del abuso infantil y ha aumentado la conciencia de la necesidad de denunciar tales casos.

A nivel científico y social, preponderantemente en los Estados Unidos han nacido movimientos que van de un extremo a otro: en un extremo, los que apoyan ciegamente la credibilidad de los reportes de abuso infantil, seguido por los que apuntan a la existencia de la recuperación de memorias en la vida adulta y a la existencia de personas que en efecto han experimentado abuso en su infancia y aún así la han olvidado, los que son menos polarizados que buscan en cada caso individual los factores que inclinan a favor y en contra de que el abuso haya existido, hasta los que apelan a la implantación de memorias, la sugestibilidad y falibilidad de la memoria en los niños, y el síndrome de memoria falsa en adultos.

De hecho, el grupo de profesionales menos polarizados, son los que generalmente son menos contratados por abogados, porque no están dispuestos a dar respuestas tajantes a realidades complejas (Briere, 1996, en Reviere, 1996). Tal y como menciona Briere, la realidad de su experiencia clínica con centenares de casos muestra "que es posible olvidar eventos desagradables como una defensa contra el malestar emocional, tanto como es posible recordar de manera imprecisa, o mentir al servicio de algún otro fin. Esto significa que cualquier reporte de memoria de abuso puede ser muy preciso, preponderantemente preciso, parcialmente preciso, algo distorsionado, ó deliberadamente falso. Lo que la ciencia y la práctica clínica nos tienen que decir es cuáles probabilidades asignar a cada una de estas opciones en una dada instancia, así como cuáles condiciones determinan cómo estas probabilidades se enfilan" (Briere, en Reviere, 1996, p. 9).

Menciono a continuación algunos conceptos y resultados de investigación recientes que me parecen relevantes al caso.

Actualmente se considera que la memoria no es un proceso pasivo, sino más bien es un proceso activo que implica la atención, percepción, codificación, almacenamiento, recuperación y reconstrucción de la información, en el que intervienen variables internas y externas.

La Dra. Leonore Terr, experta traumatóloga estadounidense que ha conducido múltiples estudios con niños traumatizados a edades muy tempranas, y ha realizado seguimiento de éstos varios años después, ha encontrado que "sin importar la edad, la mayoría de los niños exhibían alguna forma de memoria del trauma. La representación del trauma en la memoria podía ser codificada en diferentes modalidades: de manera verbal, conductual, motora (juegos, gestos), posicional-postural, espacial, sensorial (olores, sonidos), afectiva (miedos), fisiológica, y-o en modalidades interpersonales" (Reviere, p. 48). Otra investigación hecha en 19 niños cuyo promedio de edad era de 2 años y medio en el momento de la revelación, encontró que 11 tenían completa memoria verbal, 5 tenían fragmentos de memoria, y 3 no tenían ninguna memoria, estudio hecho entre 5 y 10 años después del abuso sexual comprobado. Los resultados de estos investigadores sugieren que la memoria de los niños es de cuatro dimensiones: verbal, somática, conductual, y visual (Burgess, Hartman y Baker, 1995, en Pope y Brown, 1998, p. 58).

Se han hecho investigaciones también acerca de lo que se llama memoria autobiográfica, es decir, acerca de cuándo empezamos a recordar nuestra propia historia?. A pesar de existir desacuerdos entre investigadores, las variaciones la sitúan alrededor de los 2 años, cuando la persona tiene algunas habilidades verbales y sentido del sí mismo. Howe, Courage y Peterson (1994), en una revisión acerca de esto, anotaban que los niños son capaces de recordar (verbalmente) experiencias cercanas al inicio del lenguaje verbal expresivo, alrededor de los dos años, pero no aquellos eventos significativamente anteriores en la vida (Pope y Brown, 1998).

Es decir, que no siempre en un niño pequeño se puede esperar una "narrativa verbal coherente" acerca de eventos que le hayan sucedido, sean éstos traumáticos ó no, sin embargo pueden presentarse reactuaciones de lo vivido, que expresan de manera bastante explícita la memoria somática ó conductual.

A través del estudio detallado de la conducta del niño, patrones de expresión verbal y no verbal, estado emocional, patrones de sueño, alimentación y juego, los profesionales en salud mental pueden llegar a tener una idea acerca de la experiencia vital de éste, y acerca de la presencia ó no de experiencias inapropiadas ó traumatizantes. Además, cada persona tendrá una diferente capacidad para guardar la memoria, así como específicas habilidades para olvidarla ó recordarla.

En niños pequeños las habilidades expresivas generalmente son limitadas, pero aún así logran darse a entender (ej. cualquier madre puede entenderse perfectamente bien con un hijo de dos años a pesar de que su lenguaje no sea perfecto, puede conocer sus estados de ánimo, reacciones a situaciones, experiencias desagradables para él, etc.). Esto hace que la edad entre los dos y los tres años, etapa de transición generalmente desde el punto de vista de la expresión verbal, presente problemas idiosincrásicos para la valoración del abuso sexual (Hewitt, 1999), pero que un evaluador con amplio conocimiento del desarrollo del niño y del campo del abuso sexual, puede externar un criterio acerca del relativo margen de credibilidad del reporte, ó acerca de la sospecha del nivel relativo de riesgo en que se puede encontrar la persona menor de edad.

Otro aspecto interesante en niños pequeños, es que dadas sus limitaciones cognoscitivas, de desarrollo moral y de experiencia en el mundo, no le dan o no entienden las connotaciones de ciertas experiencias inapropiadas para ellos ( por ejemplo, experiencias sexuales ó experiencias de peligro o daño corporal), a menos de que se asocien específicamente con dolor o circunstancias atemorizantes, aunque a veces niños con mucha inteligencia pueden inferir cierta "atipicidad" en el trato que le dan diferentes personas en su ambiente. De hecho, que experiencias novedosas y atípicas son muy fácilmente recordadas.

Otra línea de investigación interesante es acerca de la sugestibilidad de niños pequeños. En este caso, al igual que en el de la memoria de traumas, por razones éticas obvias, no se pueden producir experimentos provocando traumas en niños y luego midiendo sus índices de memoria y sugestibilidad, por lo que las conclusiones de estos estudios de laboratorio no son directamente aplicables a los traumas reales, pero aún así se pueden extraer interesantes hipótesis. Por ejemplo, se ha encontrado que memorias asociadas a afecto intenso son más fácilmente recordadas y menos vulnerables a la sugestión, en contraste con memoria de eventos neutrales.

Aún las famosas investigaciones de Loftus y sus colegas acerca de la sugestibilidad de memorias, muestran que los detalles centrales parecen permanecer intactos (Pope y Brown, p. 41). En términos generales, la investigación acerca de la sugestibilidad de memorias en niños (ej. Ceci, 2000), ha dado resultados muchas veces contradictorios. Por ejemplo, en una investigación de Ceci (2000), los niños de 3 y 4 años aparecen como más resistentes a aceptar seudomemorias a través del tiempo comparados con niños de 5 y 6 años (Ibíd.). Parece también que hay muchos factores que afectan la memoria y la sugestibilidad, y que es aparentemente más fácil implantar memorias sobre eventos comunes que sobre eventos no comunes. También es más fácil implantar memorias sobre detalles circundantes que sobre acciones principales. Un ejemplo de lo anterior, es el de que es más fácil implantar en un niño una memoria de que vio a su abuelito esta semana (cuando en realidad no lo vio, pero eso es un evento común en su vida), que implantarle una memoria de que esta semana fue a viajar con Santa Claus al Polo Norte.

3. El proceso de revictimizacion a traves del sistema judicial es realmente traumatogenico

Es preocupante la gran cantidad de niños que a corta edad ya ha tenido que pasar por una gran cantidad de evaluaciones y ha tenido que participar en procesos judiciales que obviamente para cualquier niño, haya tenido o no abuso previo, son victimizantes. Deberían merecer un reconocimiento a su heroísmo y valentía por participar en tal cantidad de procedimientos, y debería esto ayudar a la reflexión de todas las instancias y personas que involucradas, para evitar que se repitan estos casos.

4. En cuanto a los testigos expertos y consultores tecnicos contratados privadamente

Coincido con Ceci y Hembroke (2001), en el sentido de que todos los profesionales que realizan informes acerca de la posible ocurrencia ó no de un abuso sexual, deberían incluir una explicitación de los alcances y limitaciones de sus apreciaciones. Esto incluye el que lo que constituyen hipótesis a comprobar, ó impresiones clínicas, queden estipuladas como tales, y que queden explicitados los otros procedimientos, metodologías ó técnicas que no pudieron llevar a cabo y que les permitiría contar con elementos de juicio para emitir una opinión más certera.

Por ejemplo, una típica omisión crucial es que al no haber evaluado directamente a la persona menor de edad supuestamente ofendida, elemento fundamental para el diagnóstico de abuso sexual, y generalmente tampoco a sus padres, se emiten criterios basados en fuentes indirectas, y esto en el campo de la evaluación clínica, constituye una omisión crucial. Preocupa pues que dichos informes parecen llegar a conclusiones tajantes sin mediar la entrevista.

La dignidad humana y la búsqueda de la integridad física y emocional de la persona menor de edad debería ser principio ético rector de todos los procedimientos e informes, y esto implicaría a mi juicio la inclusión en los anteriores informes de al menos tres análisis fundamentales:

a. El análisis de los factores, signos y síntomas conductuales, expresiones verbales, lúdicas y emocionales que la persona supuestamente ofendida ha desplegado ante los diversos profesionales que sí la han entrevistado y evaluado, y qué hipótesis explicativas estas conductas les sugieren.

b. El análisis sistemático de los pros y contras en relación con la credibilidad de la acusación particular que se ventila, y

c. Su criterio, basado en los más altos estándares éticos, acerca de la necesidad de protección de la persona menor de edad dada su natural vulnerabilidad por su corta edad. Por ejemplo, analizar y descartar la hipótesis de la presencia de riesgo de abuso sexual y sugerir eventualmente medidas preventivas tales como visitas supervisadas.

Los profesionales contratados por la parte imputada en muchas ocasiones construyen opiniones sobre los dictámenes y exponen hipótesis sobre el caso, poniendo énfasis en desacreditar la posibilidad de abuso sexual en contra del menor argumentando la impericia de los profesionales que hicieron los dictámenes, así como transformando el fondo del asunto, cual es la investigación de la posibilidad de que se hubieran dado abusos deshonestos en contra de la niña ( y por tanto implementar las medidas a favor de su interés superior), en una desacreditación técnica de los dictámenes hechos por los profesionales de las instituciones involucradas y en una defensa de la hipótesis de denuncia falsa.

La hipótesis de denuncia falsa es en efecto una probabilidad en cualquier denuncia, sin embargo carecen los informes de recomendaciones acerca de cómo comprobarla ó descartarla, ya que ellos mismos no la han comprobado.

IV. La necesidad de un compromiso etico y social con la infancia y adolescencia:

En casos de personas menores de edad de muy corta edad es precisamente cuando se está más vulnerable desde el punto de vista del abuso, y asimismo más desprotegida desde el punto de vista legal, ya que son "pobres informantes", no son capaces de expresar tan claramente como quisiéramos todas sus experiencias, y sin embargo es cuando socialmente deberíamos comprometernos a implementar las mayores medidas de protección.

A propósito de este último punto, me gustaría transcribir una nota de una experta estadounidense en entrevistas de evaluación de abuso sexual a niños preescolares, cuando rendía un informe acerca de una niña pequeña:

"El abuso sexual de esta niña no puede ser "comprobado" porque está muy pequeña para contar su historia, y nosotros oficialmente documentamos el abuso sexual por la manera que los niños nos pueden decir lo que les ha sucedido. No obstante, niños muy pequeños son abusados sexualmente, de hecho son más vulnerables al abuso debido a su inmadurez y a sus necesidades regulares de ser bañados y limpiados. Irónicamente, los más vulnerables de nuestros niños son aquellos que son menos aptos para ser protegidos por la vía de la documentación oficial. Es mi opinión profesional que esta niña tiene una historia que produce una preocupación significativa en relación a abuso sexual y que ella está en necesidad de protección. La corte debería ayudar a garantizar su seguridad ahora y a "ganar tiempo" hasta que en el futuro ella sea más capaz de tener un papel más activo en su propia protección" (Hewitt, 1999, p. 139).

Como sociedad como un todo y como individuos con derechos y deberes particulares, todos los que de alguna manera tenemos que ver con situaciones de este tipo no debemos dejar de tomar en cuenta siempre que el precio altísimo que ha tenido que pagar una víctima y sus representantes al hacer una denuncia, debe ser contrarrestado por la responsabilidad del sistema social en protegerlos y sobre todo en garantizar los mejores intereses para el corto mediano y largo plazo del niño y adolescente. No debe fragmentarse al niño ni a su familia en partes (campos civil, penal, de familia, etc.). El niño o adolescente es uno solo, y merece todo nuestra protección.

Muchos casos nos recuerdan la vieja fábula "El traje nuevo del emperador": la voz del niño es la que dice la verdad, mientras que los cortesanos sumisos ante el poder de un soberano ciego por su vanidad sucumben. Lamentablemente, todavía es válida esta fábula.

Siguen existiendo casos en que el sistema institucional se rinden ante el traje de ciertos profesionales inescrupulosos, traje hecho de codicia y adornado con los hilos de la vanidad y la prepotencia, ó se rinde ante la admiración del poder económico ó de cualquier tipo de los implicados ó sus defensores, y lejos de evaluar con ojo crítico todos los datos disponibles, se ciegan y dejan de escuchar la voz del niño.

Esperamos que comience la lucha por la ética de los profesionales contratados privadamente. Esta lucha tiene como bandera y escudo a los niños y adolescentes. Si se falla en la ética, las víctimas de los dardos de los profesionales inescrupulosos son precisamente éstos. Es hora de iniciar la lucha.

Referencias

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