SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.18 número2Violencia simbólica en los medios de comunicación: los casos de violencia intra familiar y la cobertura de la prensa escrita costarricenseValoración de la región anal en el delito sexual en la medicina forense clínica índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay articulos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Medicina Legal de Costa Rica

versión On-line ISSN 2215-5287versión impresa ISSN 1409-0015

Med. leg. Costa Rica vol.18 no.2 Heredia sep. 2001

 

Delitos sexuales valorados en el Consejo Médico Forense y su seguimiento en el proceso judicial
 
 
Dra. Sisy María Castillo Ramírez *
 
 

Resumen

En el Departamento de Medicina Legal, los delitos sexuales, son atendidos para valoración médica clínica y psiquiátrica psicológica, con la finalidad de determinar la presencia de lesiones físicas, emocionales y la credibilidad de la víctima.Este estudio fue realizado con casos de Delitos Sexuales, atendidos en el Consejo Médico Forense en el período 1997-1998, se registraron un total de treinta y nueve casos, un 74% correspondió a víctimas femeninas, en el 69.22% de los casos el rango de edad para ambos sexos fue entre 6 y 14 años. Los delitos sexuales que se apelaron en un 87.15 correspondieron a violación y abusos deshonestos, que incluiría, "el incesto"(no la definición legal tradicional). En el 24.13% fue el padrastro el imputado, en 14% un tío y 10.34% el padre. La duración del abuso denunciado fue clasificado como "crónico" en el 66.08% de los ofendidos. La sintomatología que predomina es la emocional y la conductual, presente en el 69% de los casos y la física en un 28% de los casos. El 42% de las apelaciones se dirigieron a cuestionar la credibilidad de la victima. 

Palabras clave

Abuso sexual, víctimas, valoración, secuelas, parentesco ofensor, apelación, proceso judicial
 
Summary

Sexual crimes are attended by the Departamento de Medicina Legal for a medical clinic and psychiatric psychological evaluation with the purpose to determine the presence of physical and emotional injuries and credibility of the victim. This study of sexual crimes took place using the cases attended by the Consejo Médico Forense in the 1997-1998 period. A total of 39 cases were registered and 74% correspond to female victims. The predominant age range of both sexes is 6-14 years, this is in 69.22% of the cases, 87.15% of the summoned sexual crimes dealt with rape and dishonest abuses, and it is important to point out that incest is included in qualified rape and qualified dishonest abuses. In 24.13% of the cases, the stepfather was the offender, 14% an uncle, and 10.34% the father. The length of the abuse, in 66.08% of the cases, was chronic. The predominant symptoms is the emotional and conductual, present in 69% of the cases, and the physic in 28% of the cases. 42% of the summons corresponded to question the victims credibility.
 
Key words

Sexual abuse, victim, evaluation, sequels, relative offender, judicial process.

 
 
Introducción

Los delitos sexuales protegen algunos bienes de manera primordial y otros de forma subordinada o accesoria. La mayoría de estos delitos sancionan conductas que afectan de manera principal el bien de la libertad de autodeterminación sexual, incluyen: la violación, estupro y abusos deshonestos; el rapto; corrupción , proxenetismo y rufianería.

En este tipo de delitos son de mucha importancia los peritajes médico legales (clínico forenses, psiquiátricos y psicológicos clínico forenses) para el establecimiento de lesiones físicas, secuelas emocionales de las víctimas o en la valoración de la credibilidad de las mismas. En estos casos es importante tomar en cuenta el contexto en que se da la denuncia, (en casos de divorcios o custodia , se habla del Síndrome del alegato sexual en divorcio: "SAID" como causa de denuncias falsas de abuso sexual infantil así como otras causas de denuncias falsas), se debe tomar en cuenta también la cantidad de evaluaciones a las que ha sido sometida la posible víctima por la probabilidad de contaminación del relato, o la manipulación de la historia por parte de uno de los progenitores influenciando al/la menor contra el otro progenitor .

Con relación a las estadísticas sobre delitos sexuales en general e incesto, Florence Rush en su libro El secreto mejor guardado: el abuso sexual de los niños, anota que el incesto y otras formas de abuso sexual contra los niños está rodeado de mitos, contradicciones y confusiones, sin embargo, hay consenso con respecto a las siguientes características que presentan; el que lo lleva a cabo es un varón (de 80 a 90%), que el 80% de las veces es un miembro o amigo de la víctima y de su familia, que estos incidentes no se reportan en la mayoría de los casos y que puede pertenecer a cualquier clase social, económica o grupo racial. De acuerdo a esa autora, el que abusa de los niños no es producto de una familia disfuncional o patológica, puede ser tan normal o anormal como el resto de la población masculina. la razón por la cual busca al niño a diferencia de la mujer, es que éstos tienen menos experiencia, menos fuerza física y es más confiado y dependiente de los adultos y por lo tanto se puede coaccionar, seducir, convencer o forzar con más facilidad. El hecho de que el abusador sea amigo o miembro de la familia dificulta el que se denuncien estos casos. En Costa Rica se publicaron algunos trabajos iniciados desde 1988, tanto a nivel de consulta de niños en la Caja del Seguro Social, como a nivel Forense y Psiquiátrico privado, evidenciándose en este tipo de delito principalmente contra víctimas de sexo femenino , alertando sobre el parentesco de los ofensores, la corta edad de las víctimas, el contexto en que se comete la agresión y las graves secuelas emocionales que causan. En un estudio de 12 casos atendidos en Trabajo Social del Hospital de Niños por agresión de índole sexual (1988-1989) , el 76% de las víctimas fueron niñas, cuyas edades oscilaban entre los 6 y 8 años (7 menores) , y entre los 10 y 12 años (4 menores), la restante contaba con 15 años, procedían de los diferentes lugares del país, en la mayoría de los casos el agresor tenía relación estrecha con la víctima (compañero de la madre, familiares cercanos.) (Monge,1989). En un estudio realizado en el Departamento de Medicina Legal en 1988 sobre incesto (84 casos), el 94% correspondió a víctimas femeninas y 6% víctimas masculinas, con edades más frecuentes entre los 6 a 11 años y de 12 a14 años, tanto en uno como en otro sexo, el padre y el padrastro fueron los imputados (32,56% y 31,40 % respectivamente) , en tercer lugar el tío (17,44%), la agresión ocurrió en la casa de la víctima en un 66,67%. (Roldán,1990). En 1992, en un reporte de una investigación iniciada en 1988 con cinco víctimas femeninas de incesto, con edades entre los 13 y 21 años, la Dra. Batres anota que la menor edad de abuso reportada fue de cuatro años y la mayor edad fue de 18 años, el período promedio de silencio hasta que lo comentaron a sus madre fue de siete años, todas ellas denunciaron el incesto a sus madres en su adolescencia, pertenecen a todas las clases sociales. (Batres, 1992), menciona que en la documentación histórica de Costa Rica (Archivos Nacionales) reportan casos de incesto desde antes de 1817, por ejemplo, el caso del Teniente Matías H. quien fue acusado de sospechas de incesto con María Gertrudis, su hija de diez años. En este proceso el padre advierte que fue provocado por su hija quien "tiene inclinación de ser mala", el abogado acusa a la víctima de haber atentado contra la tranquilidad conyugal y familiar y finalmente, el juez lo absuelve de toda culpa. En el libro Del Ultraje a la Esperanza. Tratamiento de las Secuelas de Incesto, define Incesto como toda agresión de índole sexual, indirecta o directa entre una niña o niño y un adulto o adulta, que mantenga con la niña o el niño lazos caracterizados por la amistad, confianza, afecto, parentesco o autoridad. Si estos lazos tienen que ver con el cuidado, protección y guía de la niña y niño los considera de características similares a los consanguíneos. Esto incluye profesionales, amigas (os) de la familia, personas relacionadas con la educación y orientación de niñas (os) y con sus cuidados físicos y afectivos, y que por su rango representan para la niña o niño una autoridad y considera que por ser el incesto un delito definido legalmente solo para relaciones entre miembros unidos por consanguinidad, el número reportado es mucho menor que si se hubiese tomado otra definición más amplia. Esa misma autora encontró que el 25% de las víctimas sufren esa condición de 1 a 3 años como mínimo y que en la mayoría de los casos de abuso sexual contra mujeres éste se inició antes de los 12 años (Batres 1997)

El objetivo de este trabajo de investigación es conocer algunas características de las víctimas, (sexo, edad, síntomas o signos más frecuentemente consignados, parentesco del ofensor), el fundamento de la apelación ante el Consejo Médico y un seguimiento con relación al nivel en el que se encuentra el proceso judicial (en los casos con sentencia revisar los fundamentos de ésta y la importancia dada a los peritajes)

 
 
Metodología

Se realizó un estudio descriptivo. Los sujetos corresponden a los casos de delitos sexuales apelados ante el Consejo Médico Forense durante los años 1997 y 1998, obtenidos de las agendas de esos años, se incluyó información contenida en los dictámenes de los casos procedentes de cualquier provincia del país, pero para el seguimiento del nivel en el proceso judicial en que se encontraban, se redujo la muestra a los casos procedentes del Valle Central. Las variables fueron: sexo, edad, procedencia, escolaridad; tipificación del hecho, tipo de agresión sufrida, duración de la agresión sexual, síntomas consignados en los dictámenes, parentesco, clase de defensa, fundamento de la apelación, seguimiento del proceso judicial (años de sentencia, presencia de otras alternativas, nivel en el que se encuentra el proceso), sexo de los miembros del Tribunal, importancia del peritaje en el proceso judicial. Se elaboró un instrumento de recolección de información de las variables anotadas, que se aplicó a los dictámenes de las víctimas valoradas por el Consejo Médico, en los casos que no asistieron a la cita se obtuvo la información de los dictámenes de la primera instancia y documentación archivada de esos casos en el Consejo Médico y en la documentación obtenida en los Despachos Judiciales (expedientes judiciales y sentencias). Se solicitó a la Jefatura del Departamento de Medicina Legal el permiso y trámite correspondiente a la Instancia Superior para hacer uso de la documentación respectiva para este estudio y se realizó un manejo confidencial de la información sobre las víctimas, ofensores y despachos judiciales a los que se aplicó el instrumento. Se obtuvo un total de casos citados de 39, de los cuales 32 asistieron a la cita entre 1997 y 1998, de éstos, 7 casos no se presentaron a la valoración por el Consejo Médico durante 1998, a pesar que esa cita había sido solicitada en varias ocasiones por la Autoridad Judicial, de estos 7 casos que no se presentaron (NSP) también se obtuvo información del dictamen apelado. A los casos que procedían del Valle Central se les dio el seguimiento con relación al nivel en el que se encontraba el proceso judicial.(a marzo de 1999) Con la información recolectada, se creó una base de datos a la cual se le aplicó un programa de consultas para obtener reportes estadísticos para su ordenamiento en cuadros y análisis posterior. Las edades fueron ordenadas tomando en cuenta si eran preescolares o escolares antes de los 12 años, y posterior a los 12 años se ordenó el grupo etario según las edades en la tipificación de los delitos sexuales.
 

 
Descripción e interpretación de los resultados

 
De los 39 casos, en el 74% las víctimas fueron de sexo femenino, como ha sido reportado en otras estadísticas tanto nacionales como extranjeras, en las que la mayoría de las víctimas en este tipo de delito son niñas. La agresión contra ellas fue dos o tres veces más frecuente que en varones, constituyéndose este delito, en una forma más de agresión contra las mujeres por razón de su género.El abuso sexual y el incesto ocurre en todas las edades, el cuadro N. 1 muestra un porcentaje más alto en víctimas femeninas con edades entre los 6 y 11 años (28.20%), y entre la edad de 12 y 14 años (20.51%).En las víctimas de sexo masculino el porcentaje más elevado está entre los 12 y 14 años (12.82%).Para ambos sexos el 69.22% fue para el rango de edad entre los 6 y los 14 años. Las víctimas femeninas reportaron agresión sexual a partir de edades más tempranas con relación a los varones, el 33.32% fueron menores a los 11 años. Se debe tomar en cuenta que en este estudio la edad reportada de las víctimas es la que tenían en el momento de la valoración por el Consejo Médico y no la edad en que ocurrió el hecho denunciado, incluso fueron evaluadas un año o varios años después de iniciado el proceso judicial.

CUADRO #1

Edad de las víctimas cuando fueron citadas para valoración por delitos
sexuales en el Consejo Médico Forense, 1997 - 1998, según sexo
 
 
Edad
Sexo
Total
%
%
ambos
sexos
Femenino
Masculino
Femenino
Masculino
         
0-5
2
0
2
5.12
0
5.12
6-11
11
3
14
28.20
7.69
35.89
12-14
8
5
13
20.51
12.82
33.33
15-17
3
1
4
7.69
2.56
10.25
> 18
5
1
6
12.82
2.56
15.38
             
TOTAL
29
10
39
74.34
25.63
99.97
Fuente: Instrumento Recolector de Información, delitos sexuales, Consejo Médico Forense 1997 1998.

En la literatura se reportan casos de víctimas de edades muy cortas, como tres años. En una de las niñas evaluadas (4 años), según la historia obtenida de la madre y otras hermanas víctimas del mismo ofensor (padre y padrastro respectivamente) , el imputado inició la fase de atracción prácticamente desde que la menor era una recién nacida, haciéndose cargo exclusivamente de los cuidados higiénicos y necesidades básicas de la menor y excluyendo a la madre de tener acceso a estas actividades.

El 33.32% fueron escolares entre primer y segundo grado, tornándose muy importante la capacitación y sensibilización de las maestras(os) para reconocer algunos indicadores de abuso sexual que pueden repercutir en el rendimiento escolar y en la conducta de estas víctimas, además que para las (os) menores sus maestras (os) se podrían constituir en el único medio de ayuda y apoyo fuera de su medio familiar, que les permitiría comunicar la situación de incesto o abuso.

 

 CUADRO #2
Tipificación del delito en la solicitud de valoración por el Consejo Médico Forense
de víctimas de Delitos Sexuales según sexo y año 1997 - 1998.
 
Delito
Sexo
Total
%
Femenino
Masculino
1997
1998
1997
1998
             
Violación
4
7
4
3
18
46.15
Abusos Deshonestos
6
7
2
1
16
41.00
Corrupción
1
3
0
0
4
10.25
Estupro
0
1
0
0
1
2.56
             
Total
11
18
6
4
39
100
 
Fuente:  Instrumento Recolector de Información, Delitos sexuales.  Consejo Médico Forense 1997-1998.
 

El 87.15% de las apelaciones fue por delitos de violación y abusos deshonestos. Esta fue la tipificación inicial del delito, conforme se recaba la prueba en el proceso judicial puede darse una recalificación del hecho .

Para la fecha de este estudio (marzo 1999), aún regía la Ley Nª 4573 ( de mayo de 1970), pero a partir del 17 de agosto de 1999 se publicó en el diario oficial La Gaceta la Ley Nª 7899 Contra la Explotación Sexual de Personas Menores de Edad, que en su artículo único reforma los artículos 156,159,160,161,162,167,168,169,170, 171,172, 173 y 174 del Código Penal (En resumen el 156 amplía la definición de violación con relación al objeto utilizado para acceder a la víctima y las vías usadas para este fin, el 159 antes Estupro, ahora "relaciones sexuales con personas menores de edad", el 160 antes estupro agravado, ahora "relaciones sexuales remuneradas con personas menores de edad", el 161 abusos deshonestos, ahora "Abusos sexuales con personas menores de edad e incapaces", el 162 "Abusos Sexuales contra personas mayores de edad", incluiría "el incesto" (definición legal) que ya no existe con ese nombre ni en el artículo 174 como antes, el 167 "Corrupción" , ahora define los actos de corrupción y quita el término de persona menor corrupta)
     

En el cuadro N, 3 apreciamos el tipo de hechos denunciados, la mayoría de los cuales no deja huella física (incluida la penetración de dedo en la vagina), sino que afectan principalmente y en forma importante la salud emocional o psicológica de la víctima.
 

Cuadro #3

Tipo de Agresión Sexual según sexo de las víctimas citadas en el Consejo Médico
Forense para valoración por delitos sexuales 1997-1998.
 
Tipo de Agresión Sexual
Sexo
Total
%
Femenino
Masculino
         
Tocar o masturbar a la víctima
18
7
25
64.00
Penetrar vagina o ano con dedo, pene u otro objeto
11
7
18
46.00
Rozar pene en cuerpo de la víctima 
11
1
12
30.00
Amenaza psicológica
9
1
10
25.00
Mostrarle genitales a la víctima
8
1
9
23.00
Con presencia de otra (o) menor
4
3
7
18.00
Besos en la boca
6
0
6
15.00
Amenaza física
3
2
5
13.00
Hacer que la víctima acaricie el cuerpo del agresor
2
2
4
10.00
Eyacular en el cuerpo de la víctima
3
0
3
8.00
Golpes
2
1
3
8.00
Hacer que la víctima le practique sexo oral.
1
2
3
8.00
Uso de fuerza física
2
0
2
5.00
Conversaciones de cariz sexual
2
0
2
5.00
Apretar senos
1
0
1
2.50
Hacer que la víctima lo masturbe
0
1
1
2.50
Miradas insistentes a los genitales de la víctima
1
0
1
2.50

 

Cuadro #4
Parentesco del Ofensor con las Víctimas de sexo femenino en casos de Delitos Sexuales
citados para valoración por el Consejo Médico Forense, 1997-1998
 
Relación
Parentesco 
Total
%
 
Lazos Consanguíneo o Familiar
Padrastro
7
24.13
Tio
4
14.00
Padre
3
10.34
Abuelo
1
3.44
Primo
1
3.44
 
Lazos de Amistad
Amigo de Familia
2
6.89
 
Lazos de Autoridad
Maestro
1
3.44
 
Lazos de Vecindad
Vecino
9
31.00
 
Ninguna
Extraño
1
3.44
 
Total
 
29
100
 

En el 24.13%, de las víctimas femeninas el imputado fue el padrastro , en el 14% fue el tío y con 10.34% el padre.

En otros estudios , se reporta al padre, seguido por el padrastro y el tío en un tercer lugar(Roldán,1990, Batres,1997)

Se puede considerar, que el 65.68% de los casos estudiados, corresponden a "incesto", aunque legalmente no se clasifique así. El 100% de las personas imputadas como ofensores/as sexuales eran de sexo masculino.

Con relación a las víctimas masculinas, el 60% de los casos reportaron haber sido agredidos sexualmente por un amigo de la familia En estos casos el imputado tenía una condición socioeconómica importante, contaba con la confianza y el aprecio por parte de la madre de los menores, lo cual le permitía tener acceso a los niños, a los cuales llevaba de paseo (la agresión se dio en seis miembros de una misma familia, entre ellos hermanos y primos durante esos paseos). El 40% reportó como ofensor a un vecino.

Al organizar los datos según la duración de la agresión sexual (una vez, más de una vez, meses, años) y el vínculo o relación con el ofensor, se observó que conforme aumentaba la duración de la agresión, se hace más frecuente la presencia del imputado que tiene lazos consanguíneos, familiares o de amistad con las víctimas, situación que hace más difícil la revelación del secreto y retarda la denuncia, por el control ejercido por el ofensor/a, el vínculo estrecho que mantiene con la víctima, la facilidad de acceso que tiene hacia las (os) menores, la estructura de poder favorable a él/ellal, además del miedo de la víctima de no ser creído/a, la vergüenza y las consecuencias familiares que conlleva la revelación del hecho. En el 35.89% de los casos estudiados la duración de la agresión sexual denunciada fue de años (desde uno hasta 10 años), con un promedio de 4.5 años, de éstos, el 65% correspondió a niñas que denunciaron a un miembro de su familia y el 35.71% a niños reportó como ofensor a un amigo de la familia.

En el 19.94% de los casos la duración fue de meses, con un promedio de 3.6 meses en víctimas femeninas y 1.3 meses en caso de los niños. Los ofensores denunciados eran miembros de la familia y un maestro en el caso de las niñas, en las víctimas masculinas, el denunciado fue un vecino.

En el 10.25% se reportó la duración del abuso como "más de una vez "( una, dos, tres veces), todas fueron víctimas femeninas.

De los casos reportados como "sólo una vez" (35.89%), el 25.64% fueron menores de edad y el 10.25% mayores de 18 años, con relación al ofensor, en el 64.28% se reportó a "un vecino" y en el 28.57% a un familiar o amigo de la familia.

Si se reordenan los datos a solo dos grupos: sólo una vez y en muchas veces(incluidos los meses, los años junto y "más de una vez"), el 66.08% corresponde a éste último grupo, lo que se correlaciona con la literatura sobre la ocurrencia del incesto en forma repetitiva, gradual, en donde se desarrollan las 5 fases del incesto: fase de atracción, interacción sexual, secreto, revelación y supresión posterior a la revelación.

En el cuadro N" 5, se observan los síntomas referidos por las víctimas, que repercuten en las distintas áreas de sus vida, tanto a nivel emocional, conductual y físico .

CUADRO #5

Tipo de síntomas consignados según reporta la víctima o familiar en los dictámenes por delitos
sexuales del Consejo Médico Forense en ambos sexos 1997 - 1998
 
 
Tipo
%
Síntomas
Total
%
         
Emocionales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
33
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Nerviosa (o)
19
48.71
Irritabilidad
15
38.46
Tristeza
14
35.89
Miedo
8
20.51
Falta de concentración
6
15.38
Pensamientos persistentes sobre los hechos
4
10.25
Sentimiento de haber sido traicionada – utilizada (o)
4
10.25
Inseguridad
3
7.69
Falla para recordar (fechas o hechos)
2
5.12
Dificultad en el desarrollo del lenguaje
1
2.56
Sensación de ser vulgar
1
2.56
Vergüenza
1
2.56
         
Conductuales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
36
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Alteración en el sueño (insomnio o pesadillas)
16
41.02
Renuencia a estar con el agresor
14
35.89
Más callada (o)
7
17.94
Menos sociable
6
15.38
Disminución del rendimiento escolar
6
15.38
Disminución del apetito
4
10.25
Repetición del evento a través del juego
3
7.69
Renuencia a hablar sobre los hechos
2
5.12
Onicofagia
1
2.56
Soez
1
2.56
Paralizada por miedo
1
2.56
Levantar enaguas a compañeras en escuela
1
2.56
Retractación (con ofensor en casa)
1
2.56
         
Físicos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
28
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Asco o ganas de vomitar o vómitos
3
7.69
Dolor en áreas tocadas
2
5.12
Embarazo
2
5.12
Dolor de estómago
2
5.12
Aumento de crisis asmáticas
1
2.56
Encopresis
1
2.56
Enuresis
1
2.56
Orina de rutina con semen
1
2.56
Pálida y ojerosa
1
2.56
Secreciones vaginales
1
2.56
         
No se consignó
3
--
10
25.64
 

En los casos de víctimas femeninas, el 35.29% de los síntomas fueron predominantemente emocionales, en el 32.35% síntomas conductuales y sintomatología física en un 29.41%

Mientras que en las víctimas masculinas, existe un predominio de síntomas conductuales (46.66%), en segundo lugar están los síntomas emocionales(40%) y con 6.66% los síntomas físicos.

Esta diferencia en el predominio de síntomas emocionales y conductuales está relacionado con la socialización por sexo.  

De las 29 víctimas femeninas, solamente dos presentaron lesiones en área genital, lo que corresponde al 6.89% de los casos (himen anular con ruptura , rupturas post -parto, ).

Otras dos niñas no presentaron lesiones genitales, pero tienen características himeneales que permitirían la entrada de un pene sin producir lesiones (himen anular complaciente sin ruptura, himen semilunar dilatable sin ruptura).

Este porcentaje tan bajo, se correlaciona con la literatura sobre las escasas o nulas evidencias o indicios físicos en la valoración del abuso sexual. Las lesiones encontradas y las características himeneales anotadas tienen su valor en los casos específicos de violación

De las 10 víctimas masculinas, el 50% presentó lesiones anales sugestivas de coito anal habitual. Ano infundibuliforme, con cicatrices antiguas, con borramiento de pliegues, hipotonía de esfínter anal. Todos fueron casos tipificados como violación, cuya ocurrencia no fue aislada sino repetitiva y prolongada en el tiempo antes de ser denunciadas

Con relación al tipo de defensa, en los casos estudiados, el 67% de los ofensores contaban con defensa privada, el 33% con defensa pública. El 57% de los defensores privados corresponden al sexo masculino y el 10% al femenino. El 28% de los defensores públicos fueron varones y el 5% mujeres. Esta posibilidad de escoger el tipo de defensa, permite mostrar otro aspecto del poder que tienen los ofensores sobre sus víctimas, en este caso el poder económico que les permite pagar una defensa privada, haciendo uso de todos los medios a su alcance para librarse de delitos tan graves como éstos.

Con relación a los fundamentos utilizados por la defensa en sus apelaciones, tenemos que el 42% de las apelaciones van dirigidas contra la víctima ,principalmente con relación a la credibilidad, ("son mentiras, que hay inconsistencia en las versiones, que a la madre le dijo una cosa y a los médicos otra, que varió la versión inicial, que no precisa bien las fechas"), la veracidad de la denuncia ("es una venganza de la madre, por infidelidad de ésta o por celos porque él tiene otra pareja, venganza por deudas"), insisten en la presencia de ideas fantasiosas en la víctima ("cosas de la niña, solo estaba siendo cariñoso y quien sabe que se imaginó, es muy cariñosa conmigo y se me tira encima, tal vez pensó que algo que no era"),como vemos persiste el mito freudiano con relación a las fantasías sexuales en niños/as, también aducen que la sintomatología (por las secuelas de abuso sexual e incesto) que presenta la víctima se debe a otras causas y no al abuso sexual (conflictiva conyugal, falta de estabilidad familiar , siempre ha sido difícil").

En forma resumida todos los aspectos de la apelación dirigida contra la víctima cuestiona su credibilidad, sobre todo la inconsistencia de las versiones, de ahí la importancia de conocer las dinámicas traumagénicas del incesto y el abuso sexual infantil por las repercusiones en el psiquismo de las (os) menores, principalmente sus concepciones del tiempo, los bloqueos o fallas de memoria producidos por el trauma, el miedo, la vergüenza, la estigmatización, las repercusiones familiares, la presencia del ofensor en la misma casa, el vínculo afectivo y el poder que el victimario ejerce sobre la víctima y resto de la familia, además de lo traumático del proceso judicial, todo esto como causa de esa "inconsistencia".Por supuesto que es indispensable descartar otras causas de inconsistencias como se reporta en casos de custodia o de divorcios, en los que se menciona el síndrome de la denuncia falsa por abuso sexual infantil.

En otro 42% las apelaciones van dirigidas contra los peritajes, ya sea con relación al resultado del examen físico si éste fue positivo o apelan basándose en la ausencia de hallazgos físicos positivos para fundamentar la inocencia de su defendido. Los dictámenes psiquiátricos y psicológicos que detectaron secuelas de incesto o abuso sexual son apelados por los defensores por considerarlos "subjetivos por creer solo en el dicho de la víctima sin usar otros medios científicos."El 16% de las apelaciones se relacionan con la credibilidad del ofensor.

Con relación a las resoluciones que ponen fin al proceso judicial, de los 39 casos estudiados, se excluyeron 13 que están ubicados fuera del valle central, de los restantes 26, a la fecha del estudio (marzo 1999), el 41.02% aún se encontraba en fase de recolección de pruebas, en 5 casos (12.79%) el proceso judicial concluyó favorable al imputado, en 4 casos (10.25%) hay sentencia contra el ofensor y en un caso, el imputado se dio a la fuga durante el tiempo señalado para el debate.

En muchos de estos casos, el proceso judicial lleva más de 1 ó 2 años en trámite.

De los casos estudiados, en los que el juicio ya se había realizado, las sentencias fueron en casos de violación, donde hubo signos físicos que corroboraron la historia de la víctima, en uno de los casos el sentenciado fue el padrastro (víctima femenina,) y en el otro caso, por violación y corrupción, la víctima fue un niño y el ofensor un vecino. En estos casos se le dio mucha importancia al peritaje médico legal, principalmente al de valoración de lesiones físicas, también se le dio importancia a los dictámenes que valoraron las secuelas emocionales, en la medida que concordaron con el resto de las pruebas para corroborar la versión de las víctimas. Hubo absolutoria en dos casos ,uno por abusos deshonestos agravados, el imputado fue el padrastro y en otro por corrupción agravada ,el denunciado fue un tío materno. Los fundamentos de estas absolutorias fueron la presencia de duda ante la inconsistencia de las versiones iniciales de las víctimas, la decisión de las víctimas de no declarar en el juicio, "la sana crítica y el indubio pro reo". Se desprende de la lectura de estas absolutorias, que las niñas mienten y que son influenciadas por la madre por intereses propios, la importancia dada a los dictámenes que valoraron el daño emocional, fue poca o ninguna importancia o fueron considerados subjetivos.

En los casos que hubo sobreseimiento, uno por violación y otro por estupro, las víctimas fueron adolescentes con secuelas de embarazo, una de las víctimas prefirió no continuar con el proceso judicial ( "revocó la instancia"), el fundamento de la redacción del sobreseimiento fue el derecho que le otorga la Ley a las víctimas y a los (as) menores de edad de decidir por ellos(as) mismos(as) , se anota que por los cuestionamientos hechos por la defensa sobre la "honestidad" previa a la violación, es el deseo y el derecho de la víctima que su vida privada no sea conocida por terceros, por lo que se aceptó la revocatoria de la instancia. Se menciona el Principio de Igualdad, Pro Libertate y el Código de la Niñez y Adolescencia como fundamentos. En el otro caso, iniciado antes del Nuevo Código Procesal Penal (en vigencia a partir del 01-01-1998) y con resolución de 1999, la víctima y su madre estuvieron de acuerdo con la solicitud de conciliación hecha por la defensa, en donde el imputado se comprometía a reconocer a la recién nacida, dar pensión mensual (menos de 50 mil colones) y pagar el Seguro Social tanto para la menor como para la hija de ambos. Se extingue de esa forma la acción penal.

Son pocas las resoluciones de los casos revisados, como para encontrar alguna diferencia con relación al sexo de los miembros del Tribunal y las resoluciones dictadas, sin embargo parece que pesa más los principios del Indubio pro reo, la sana crítica y la prueba física positiva que la conformación de los Tribunales, según el sexo de sus integrantes.
 

Conclusiones

El incesto y otras formas de abuso sexual contra los niños y niñas está rodeado de mitos, contradicciones y confusiones.

En la mayoría de los casos, los ofensores fueron de sexo masculino, sanos mentalmente, generalmente miembros de la familia o amigo de ésta, ubicándose en una situación de autoridad o de poder con relación a la víctima

La víctima de incesto y abuso sexual, en la mayoría de los casos es de sexo femenino, la agresión sexual se inicia desde edades tempranas (antes de los 12 años).

El incesto y abuso sexual, es una actividad repetitiva y gradual, que va de meses a años antes de la revelación del secreto, ocurre en todas las clases sociales y raciales.

Son pocos o ninguno los signos físicos en los casos de abuso sexual, son las secuelas emocionales los principales indicadores de la presencia del abuso más que el indicio físicos)

La conceptualización del abuso sexual desde la perspectiva de las cuatro dinámicas traumagénicas (sexualización traumática, traición, impotencia, estigmatización) permite conocer las principales fuentes del trauma en el abuso sexual infantil y sistematizar y reconocer a partir de ahí, las consecuencias en la vida de las víctimas, sobre todo las repercusiones en sus testimonios ante el proceso judicial. Estas cuatro dinámicas traumagénicas, no son necesariamente características del abuso sexual, también ocurren en otras clases de trauma. Pero la conjunción de estas cuatro dinámicas en un conjunto de circunstancias es lo que convierte al trauma del abuso sexual en algo único, diferente de los traumas de la niñez tales como el divorcio, aún de ser la víctima, víctima de abuso físico infantil.

La inconsistencia en las declaraciones de las víctimas puede tener su explicación bien fundamentada en el impacto traumático del incesto y abuso sexual sobre la memoria de éstas y sobre su estado emocional, además de la indefensión en que se encuentran y la desventaja de poder que tienen ante el ofensor.

El proceso de socialización es el responsable de mitos y de la frecuencia de agresiones contra las mujeres y sus hijas(os).

La tendencia judicial, en acato de las leyes, es a proveer de todas las garantías al imputado, sobre todo en la valoración de la prueba, con lo cual, la presencia de algún tipo de duda, favorece al imputado.

Las pericias psiquiátricas y psicológicas forenses, aunque reporten el daño emocional en las víctimas, en ausencia de otros indicios, no representan la única prueba que evalúa el Juzgador.
 

Bibliografía

Batres Méndez, G. El Incesto padre/hija: un estudio de casos en Costa Rica. Manual Incesto y Abuso Sexual Extrafamiliar de la Fundación Ser y Crecer.1992.         [ Links ]

Batres Méndez, G. Del Ultraje a la Esperanza. Tratamiento de las secuelas del Incesto. San José, Costa Rica. ILANUD. Programa Regional de Capacitación contra la Violencia Doméstica. 1997.         [ Links ]

Boettcher, B. Feminism and Forensic Psychiatry (Psychiatry on line) http://feminisn.htm. January, 1997.         [ Links ]

Bursztajn, H. M.D. Forensic Psychiatry and Medicine. http://www.forensic-psych.com/May/ Mayo, 1998.         [ Links ]

Myths and Realities of Sexual Abuse Evaluation and Diagnosis. Criminal Defense Newsletter. Volumen 20, Number 4. January, 1997.         [ Links ]

Finkelhor,D, Browne,A.El Impacto Traumático del Abuso Sexual Infantil: Una conceptualización. En VS 34 Amer.J. Orthopsychiat 55(4).Octubre 1985.Págs 530-541         [ Links ]

Llobet, J. y Riviero, J. Comentarios al Código Penal (Análisis de la tutela de los valores de la personalidad). Costa Rica. Editorial Juricentro. 1989.         [ Links ]

Machado Schiaffino, Carlos. El Perito y la Prueba. Buenos Aires. Ediciones La Rocca. 1988.         [ Links ]
 
Reid, W. MD, MPH Psychiatric Consultation in Civil and Criminal Matters. http://psybasic.htm. 1998.         [ Links ]

Roldán,J.M. Incesto., Medicina Legal de Costa Rica, vol 7 (1), mayo de 1990,pp 32-35.         [ Links ]

Roldán J.M. Violación en el sexo masculino, Medicina Legal de Costa Rica, vol 3 (3), julio de 1986,pp 7-9         [ Links ]

Rush, F. The Best Kept Secret Sexual Abuse of Children. New York.Mac Graw-Hill Book Company Cap. 1, pág. 1-15.1980. Traducido por Angela Radan. Tomado del Manual Incesto y Abuso Sexual Extrafamiliar de la Fundación Ser y Crecer.         [ Links ]

Serpa Flórez, R. Psiquiatría Médica y Jurídica. Santa Fe de Bogotá, Colombia. Editorial Temis S. A. 1994.         [ Links ]

Sgroi,S, Sarnacki,F,Canfield,L. Confirmación del Abuso Sexual en el Menor. Capítulo 2. Traducción por Jorge Murillo G. Obtenido en el Programa de Capacitación contra la Violencia Doméstica.ILANUD.         [ Links ]

Vargas Zumbado, Freddy. Código Procesal Penal: Concordado y Anotado con Índice Alfabético. Costa Rica. Editorial Jurídica Continental. 1997         [ Links ]

Velez, A; Toro, G y Yepes R. Fundamentos de Medicina. Psiquiatría. Medellín, Colombia. CIB. 1985.         [ Links ]


* Psiquiatra
Consejo Médico Forense, Sección A.

Creative Commons License Todo el contenido de esta revista, excepto dónde está identificado, está bajo una Licencia Creative Commons