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Medicina Legal de Costa Rica

versión On-line ISSN 2215-5287versión impresa ISSN 1409-0015

Med. leg. Costa Rica vol.17 no.1 Heredia jul. 2000

 

El síndrome judicial 1
 
 
M. Ps.  Francisco Ciofalo Zúñiga *
 
 
El síndrome ocupacional judicial hace referencia a cierta dolencia, por agotamiento, que se presenta en el servidor judicial: ya sea juez, escribiente o conserje.  En los años que llevo de trabajar dentro del Departamento de Medicina Legal, Sección de Psiquiatría Forense, Servicio de Psicología me han tocado funciones de tipo laboral administrativo: seleccionar personal y atender casos de personal: funcionarios con conducta (alcohólicos, "faltistas", rebeldes) o desajustes laborales que postran al trabajador judicial, intelectual o manual, y lo llevan a constantes incapacidades médicas y al retiro de servicio judicial.

Los antiguos empleados quienes han ascendido por méritos de antigüedad y no académicos y personales; digamos que empezaron por la base, como conserjes, ascendieron a actuarios, secretarios de juzgado, alcaldes, jefaturas técnicas o administrativas y, a esas alturas, les da vértigo, el de la incompetencia judicial (algo así como el principio de Peters).  Les es difícil sostenerse en dicha posición y van generando una sintomatología harto genética, común en el empleado y funcionario judicial.

Lo mismo sucede al profesional adocenado, ya esclerosado académicamente, cuando se le enfrenta, al egresado novel o el recién especializado, los que ostentan flamante postgrados.  Hay una serie de celotipia profesional, administrativa o técnica y la víctima termina por sucumbir y empieza a generar su correspondiente síndrome ocupacional judicial.

Cuando el caso cae en manos de un perito poco ducho en ajetreos administrativos y de relaciones interpersonales en las oficinas o que ignora la psicofisiología ocupacional y las técnicas adecuadas para detectarlo entonces formula diagnósticos disparatados que alarman injustificadamente a los oficiales de personal y se procede a la eliminación del empleado o funcionario, recurriéndose a muchos procedimientos que siempre afectan al servidor judicial, pero que terminan por devolverle la salud ocupacional física y emocional, por ausencia de la espina irritativa.  Pasa a otra actividad dentro del sistema judicial o se le otorga la incapacidad.  Ya fuera del sector judicial, se lo encuentra uno en la calle radiante: lozano, sonriente, liberado de una carga pesada y hasta progresando económicamente.

El síndrome ocupacional judicial es una neurosis ocupacional que se caracteriza por los siguientes síntomas: fatiga mental y física, ansiedad, miedo a la situación laboral, aburrimiento, tensión, trastornos atentivos y de la memoria reciente que se traducen en bajo rendimiento, la capacidad mental es alta o demasiado baja, ambas impropias para adaptarse al puesto de trabajo: el primero porque se siente postergado y el segundo porque no puede con la faena judicial; hay sofocación, sensación de ahogo, palpitación, sudoración excesiva, desvanecimientos (a manera de lipotimias); irritabilidad que irrumpe en la relaciones interpersonales que se vuelven problemáticas.  Algunos generan úlceras gastroduodenales que se cuidan como si se tratara de un pequeño necesitado de régimen lácteo.  Todo este cuadro conflictual recuerda al síndrome general de adaptación de Selye y, desde luego, responde a factores perturbadores de la personalidad, estresantes: se va urdiendo una actitud paranoide, pues se vuelve a paciente muy sensitivo (a la manera de Kretschmer), suspicaz, cree que todos y todo se refieren a sus achaques o malestar; está convencido de que la causa de su aflicción está en el trabajo que se vuelva fastidioso, pesado e inaguantable; también perturba la cercanía de colaboradores, subordinados y del público (el que más incide es el abogado litigante y también el inspector judicial, sobre todo cuando es denunciado ante sus superiores).  Se considera postergado, tiene quejas de sus superiores y subordinados quienes no lo comprenden: ha dado su vida a la institución y se le premia con la inspección judicial.  El amontonamiento de caso judiciales o expedientes se debe al desorden propio de sistema administrativo (es su opinión y también la mía).  La paga no le alcanza para sus necesidades y no quiere retirarse del servicio porque necesita su sueldo completo para atender sus compromisos familiares: un hijo va a la universidad, el otro está en el extranjero haciendo una especialidad, etc.
 

 
 
Generalmente, el hogar es el refugio, atalaya que le proporciona protección y seguridad.  Niega problemática conyugal o familiar; el problema, la espina irritativa está en la oficina o en el taller judiciales.  Alguno pide la separación, del puesto, con la condición de que, se le otorgue una pensión satisfactoria.

Hay una tendencia, diría errónea, en el psiquiatra forense cuando analiza estos casos de agotamiento del empleado o funcionario judicial y termina endilgándole el rótulo (para escándalo de un Szasz o un Eysenck) de estructura esquizofrénica paranoide.  En realidad el caso no es tan complicado porque se trata de reacciones de inadaptación a un situación específica el trabajo judicial y que es muy traumatizante.  Este funcionario o empleado se caracteriza por su actitud perfeccionista: todo debe hacerlo hasta la perfección y nunca debe dejar labor incompleta, por eso se trabaja lentamente, en verdadera bradipsiquia, y se expone a la censura de la inspección judicial.  Este puntillismo, este afán perfeccionista e intento de finiquitar todo lo mejor posible, está haciendo referencia a una personalidad neurótico obsesiva que, al traumatizarse, va generando todo un cuadro depresivo, melancólico (véase Tellenbach).  También hay brotes maníacos, en otros caso administrativos judiciales.  Su actitud es de fracaso, de desaliento y el resentimiento tiñe todo el cuadro mental.  Esta conducta frustrada produce agresividad, aparece la introyección de la misma (que puede conducir al suicidio), la regresión y fijación compulsiva y termina en la depresión agravada que requiere hospitalización.

En fin, existe una variada y abigarrada sintomatología psicopatológica que va de lo neurótico obsesivo hasta el cuadro francamente melancólico o maníaco, en pocos casos.  Pero no se está tratando de condición psicótica o de personalidad premórbida (recuérdese el tipo melancólico de la escuela psiquiátrica alemana).  La prueba en contra de la condición psicótica consiste en que, separado momentánea o definitivamente del puesto traumatizador, deviene persona aparentemente sana o normal psíquicamente: bastante integrada, lejos de la infelicidad y miseria anteriores, libre de miedos y escrúpulos de conciencia y bien asentada en su posterior medio (nuevo trabajo satisfactorio o descanso por incapacidad permanente o jubilación).
 
 
 

 
 
El funcionario o empleado judicial impactado de esta manera que vengo relatando, se retira, o lo retiran de su trabajo, disfrutando de pensión por incapacidad permanente o jubilación; en otros casos, renuncia o se mantiene en su posición incómoda hasta hace crisis (casos de brotes melancólicos y maníacos citados).  Regresa al medio judicial o se pasa a la situación reseñada anteriormente: se aguanta y parecen la apatía y la resignación ante la situación dada.  El aguante también se debe extender la institución y a sus compañeros de trabajo, ya que la persona que sufre esta entidad psicopatológica, el síndrome ocupacional judicial, es perniciosa para sí misma y para los demás: es víctima de las circunstancias y provoca dificultades en su medio laboral (por incompetencia, inhabilidad, desánimo y mala voluntad para la actividad judicial que se proyecta a todo el sistema).
 
 
 
 
 

La causa podría estar en una organización administrativa indebida o ausente del todo, en que toda responsabilidad pende sobre las espaldas del empleado o funcionario a quien nunca se le impartió un curso para normar su trabajo (hablo de alcaldes, jueces y directores generales) ni se le dieron indicaciones periódicas para la buena marcha del mismo (recuérdese que estas autoridades judiciales también son jefes de oficina y que, a veces, ellos fungen de espina irritativa que desencadena la sintomatología que trato de describir.

Exculpo a la víctima del sistema rechazo toda explicación psicopatológica que se base en el concepto de personalidad premórbide o francamente de tipo patológico (melancólico, en este caso).  Pienso que todo funcionario o empleado judicial queda expuesto a esta situación de desajuste ocupacional, así se explican ciertos mecanismos compensadores, que son defensivos y que se desvían de la norma estadística, pero que son tolerados por nuestro medio: rachas de dipsomanía y erotomanía, misticismo exacerbado de grupos religiosos que hacen intensa campaña proselitista dentro del ámbito judicial, absentismo disimulado mediante frecuentes permisos, otros se refugian en el nirvana de no hacer nada y en simuación de actividad laboral que los conduce al parloteo interminable en pasillos y oficinas; de todas  maneras, hay  regresión psico-sexual y fijación, en forma compulsivo, en etapas pregenitales de tipo oral (revísese cualquier tratado psicoanalítico).  Solamente sucumben las víctimas del síndrome ocupacional judicial o síndrome general de inadaptación al trabajo judicial que me ha esforzado en someter a la ilustrada consideración de mis compañeros médicos, psiquiatras y psicólogos forenses y quedo a la espera de sus intervenciones que pienso me ayudarán a la elucidación de este espinoso problema administrativo con repercusiones médico-psicológicas.
 

Obras consultadas

BROWN: La psicología social en la industria, Ed. Fondo de Cultura Económica, México, 1963.         [ Links ]

EYSENCK: Handbook of anormal psychology, Pitman, London, 1960.         [ Links ]

PETER: The Peter pinciple, Batan N.Y., 1969.         [ Links ]

SZASZ: The myth of mental illness, Hoeber, N.Y., 1961.         [ Links ]

SCHARFETTER: Psicopatología general.      Ed. Morata, Madrid, 1979.         [ Links ]

TANNER:  Stress, Time-Life Books, Alexandria, Virginia, 1976.         [ Links ]

TELLENBACH: Melancolía, Ed, Morata, Madrid, 1976.         [ Links ]
 
 
1 Nota del Director: Este artículo fue publicado en nuestro volumen 2 número 4, de octubre de 1985, con el título: UN TÓPICO LABORAL: ACERCA DEL SINDROME OCUPACIONAL JUDICIAL. (Síndrome por agotamiento laboral propio del empleado y funcionario judicial).  Se autorizó su reimpresión en virtud de la cantidad de servidores judiciales que hacen uso de esta información durante las valoraciones médicas ante el Departamento de Medicina Legal, esperando que nuestros lectores y suscriptores nos hagan llegar sus comentarios y a la vez esperamos motivar a nuestros redactores y escritores colaboradores para que hagan sus valiosos aportes.
 

* Psicólogo Clínico Forense(jubilado)
Sección de Psiquiatría Forense
Poder Judicial de Costa Rica

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